La ley de
propiedad intelectual establece en su art.1: La propiedad intelectual de una
obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho
de su creación. Y en su art. 2: La propiedad intelectual está integrada por
derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena
disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra, sin más
limitaciones que las establecidas en la Ley.
Interpretado
el texto al pie de la letra las reclamaciones judiciales están excluidas de la
protección por la ley de Propiedad Intelectual con lo cual si el PSOE, según
parece, por las noticias que leemos en la prensa, va a tomar el texto de la
reclamación jurídica elaborada por la PAH para su presentación como cuestión de
inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, aunque sea con modificaciones
elaboradas o adicionadas por sus propios servicios jurídicos no incumpliría la
Ley de Propiedad Intelectual.
Pero sería una
actuaciones moralmente reprobable al privar de su autoría a la PAH si, simultáneamente
no apoya con parte sus efectivos políticos tal la propuesta original de la PAH a todos los Diputados y Senadores según
estable el art. 162,CE78: “1. Están legitimados: a) Para interponer
el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del
Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las
Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.
El argumento de que: “lo
importante es que se presente la cuestión de inconstitucionalidad y no quien la
presente”, es una disculpa para negar el protagonismo a una iniciativa que
desde el principio se planteó públicamente y recibió todo el apoyo popular,
carente como está de medios procedentes de los Presupuestos Generales del Estado,
con lo cual el mérito es nuestro, de los 1.400.000 ciudadanos y suyo el derecho
a litigar ante el Tribunal Constitucional. Privarle de ese reconocimiento, es
evidente que en mayor o menor medida el Tribunal Constitucional modificará esa
ley, es, simplemente, un acto de ruindad.
Es cierto, no todo lo inmoral, es
ilegal. El PSOE puede hacer lo que le convenga más. Pero lo correcto, lo
respetuosos con una iniciativa popular que apoyan 1.400.000 ciudadanos, la mayoría
de los cuales no están afectados directamente por el problema que defienden, es
darle esos 50 apoyos de Diputados que la Constitución exige, en un acto de
secuestro de la soberanía popular a la que no se le permite actuar directamente,
sino a través de sus representantes que, “si
no nos representan”, secuestran la representación que les dimos.
Si conceder ese apoyo a sus representados
es una obligación ética y moral elemental para todos los Diputados, incluidos
los que votaron a favor de la ley - ¡se trata sólo de permitir el acceso a la
tutela judicial efectiva del TC - en el caso del PSOE, IU y demás partidos que
se opusieron a ella, sobre todo si van a presentar un recurso en el mismo
sentido, constituiría una actitud tal que habría que crear una nueva palabra en
el diccionario, porque ninguna de las que hay describiría con propiedad semejante
falta de calidad ética de este comportamiento.
SI las estrategias políticas
exigen (¿) el atropello de la ética, mal vamos. Y eso es lo que vemos,
exactamente, día a día; y no sólo por los casos insoportables de corrupción en (casi)
todos los partidos. Argumentos y declaraciones de políticos, revelan que la
ética está tirada bajo los pies de los diputados.
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