¿Son letrados los letrados?
A.J.Vázquez,
Abogado, ICAM
Resumen: Se demuestra el increíble doble “error” de la
sentencia en el juico contra el juez, Dr. Garzón: admitir una querella que
debería haberse rechazad, y la propia sentencia condenatoria. Los magistrados se
empecinaron en negar un hecho objetivo que exige la gramática: la “y” es una
conjunción copulativa morfológicamente que, puede ser sintácticamente
disyuntiva. Su segundo “error” gramatical - uno bastaba para la sentencia absolutoria
- fue convertir al juez en sujeto del texto legal, porque su sujeto es -
gramática y legalmente - el Director del establecimiento penitenciario. La
unánime coincidencia de los sus autores es imposible estadísticamente hablando.
Atribuirlo a su ignorancia de la gramática, a ninguno se le enseñó gramática en
la Facultad de Derecho donde estudiaron, explicaría la unanimidad en lo que es “estadísticamente
imposible”, pero no exoneraría la responsabilidad de sus autores, por ser
vencible su ignorancia. La alternativa, consciencia del error, resulta insoportable; por eso no hay que
descartar una tercera explicación.
“Estas son mis ideas”, dijo Groucho Marx,
“si no le gustan las puedo cambiar por otras”.
1.- INTRODUCCIÓN
1.1.- Consideraciones ideológicas
La primera
vez que cruce el umbral del Tribunal Supremo no era abogado. Uno de los agentes
que la custodiaba me preguntó: “es Vd. letrado”. Durante una fracción de
segundos consideré la oportunidad de contestar inquiriendo a mi vez ¿por qué me
lo pregunta? Ésta es una reacción que la gente, en general, considera una
impertinencia y a todos se nos enseñó de pequeños que contestar con otra
pregunta es una falta de educación. Sin embargo en el caso de los gallegos es
una muestra de cortesía porque sabiendo la intención de la pregunta la
contestación será la más correcta.
Dado que el
antónimo de letrado es iletrado, mi respuesta tendría que haber sido
afirmativa. Supuse que el objetivo de la pregunta era otra y le contesté: “no,
no soy abogado”. Entonces me señaló la puerta por la que tenía que entrar.
Recordé
esta anécdota leyendo en un artículo publicado en la revista del Colegio[1] la siguiente afirmación
“Un famoso ex juez español, D. Baltasar Garzón, se hallaba instruyendo un caso
de corrupción política. Es lamentable, quizá sea importante y necesario indicarlo
para comprender lo que seguirá, que los procesados se hallaban vinculados a un
partido político contrario a la manifiesta filiación ideológica del juez”. Sin
duda es lo que se llama todo un juicio de intenciones que va más allá que lo
que la sentencia, que luego demostraremos por qué la consideramos injusta.
Siguiendo
el peculiar razonamiento del autor, al menos como hipótesis, ese texto revela que
él tiene un planteamiento ideológico
adverso a la manifiesta filiación
ideológica que le atribuye al juez, asunto que hay que destacar porque quizá sea importante y necesario indicarlo
para comprender el desarrollo del artículo.
El
argumento recuerda el de los terroristas. En todos los países donde se les
enjuicia, se empeñan en declararse presos políticos. Dicen que son procesados porque se hallaban vinculados a
un partido político contrario a la manifiesta filiación ideológica del juez
que los enjuicia, extremo que . siguiendo la lógica del autor - quizá sea importante y necesario indicarlo
para comprender lo que seguirá: la frecuente condena de los terroristas.
Dado este
comienzo, me anticipo a señalar que mi
manifiesta filiación ideológica está más próxima a la del juez encargado de
hacer justicia que a la manifiesta
filiación ideológica de los justiciables que estaban en prisión preventiva por
la comisión de los presuntos delitos de corrupción que se les imputaban
[1]
R. Gil Alburquerque, Otrosí, 12, 2012, 4-8, Responsabilidad de la abogacía
respecto de la imparcialidad judicial
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