Otro fraude de comparecencia.
En eso constituyó el conjunto de 21 medidas presentadas por la ministra de
Fomento. No hubo la menor asunción de ninguna responsabilidad ni política ni de
los responsables de ADIF y RENFE por la
falta de medidas de seguridad que provocaron el accidente de Santiago. Se presentaron con una redacción que disimula
esa responsabilidad, como si no hubiera detrás 79 muertos y un sinnúmero de
heridos más o menos graves.
A continuación se redactan
como debió haberlo hecho la Srª Ministra si su intención hubiera sido informar
de la realidad y no ocultarla. Lo verdaderamente importante están en las 6
primeras medida, la 12, la 14, que fueron las que produjeron o agravaron el
accidente. Todas las demás que son la mayoría, 13, aunque bien ven idas, sólo
pretenden distraer la atención de estas 8 medidas que son las que revelan los
fallos existentes. Veamos el resumen:
PRIMERO.- Las seis primeras
medida revelan que el sistema de seguridad, o no existían o era inadecuado.
SEGUNDO: Las seis medidas sobre los profesionales, siempre adecuadas, no
tuvieron nada que ver con el accidente. De modo sibilino inducen la falta de
profesionalidad de los maquinistas en la misma irresponsable línea de los
portavoces de ADIF y RENFE acusadores del maquinista.
TERCERO.- Las medidas sobre el material móvil revelan otro fallo que agravó
las consecuencias del accidente: la no sujeción de los equipajes, que se
propone corregir. No dice como, aunque es bien sencillo: redes y/o compartimentos cerrados como en los aviones.
CUARTO.- Las medidas sobre la falta de seguridad de los viajeros, ni
siquiera se plantean la instalación de un cinturón de seguridad en los
asientos. ¿Cómo se exige en un coche que no puede circular a más de 120 km/h y
no se exigen en un tren que circula a 300 km/h?
QUINTA.- De la medida 21 se olvidó la Ministra. Subsanamos su error u
omisión premeditado.
A continuación puede Vd. leer las medidas, pero bien redactadas. La
conclusión es evidente:
1.- la causa del accidente fue la
inexistencia de sistemas de seguridad o su inadecuación.
2.- además, hubo una desgraciada
distracción del maquinista por una llamada inoportuna.
I.- Medidas sobre los Fallos de los Sistemas de Seguridad:
1.- Inadecuada velocidad máxima en
el acceso a Santiago. Por tanto se
revisará los cuadros de velocidades máximas y se analizará el escalonamiento de
velocidades de todas las líneas como las
de Santiago, mejorando los criterios
de variación de las velocidades máximas.
2.- Ausencia de señalización adecuada
en Santiago. Por tanto las líneas identificadas como deficientes en el
análisis anterior, que no ´dispongan de otro tipo de señales, se mejorarán
con cartelones de anuncio, de cambio de velocidad y de anuncio de inicio de esa
velocidad.
3.- Ausencia de protección de
reducción de velocidad en Santiago mediante una secuencia de balizas ASFA. Por tanto, se instalará en todos los demás tramos donde haya una reducción apreciable de la
velocidad máxima como en Santiago, de modo análogo a como se protegen en
vía las limitaciones temporales de velocidad.
4.- Ausencia de señales de voz en
todas las líneas, sólo existen acústicas, en el sistema ASFA actual. Por tanto, se incorporarán estas señales y se
instalará el ASFA digital que aumente la capacidad de transmisión de
información entre vía y tren, y permita una mayor versatilidad.
5.- Inadecuada combinación en
Santiago de transición de los sistemas ERTMS a ASFA. Por tanto, se analizarán las reglas de ingeniería de
los procedimientos técnicos de transición de ERTMS a ASFA en todas las líneas con deficiencias como la de Santiago..
6.- Ausencia de sistema satelital
para trenes en todas las líneas. Por tanto, se analizará si se instalan para
trenes como refuerzo a los sistemas de señalización.
II.- Medidas sobre los maquinistas
7.- Se revisarán los requisitos de acceso a la profesión de maquinista y se
valorará la oportunidad de diseñar una formación académica ad hoc.
8.- Se revisará el protocolo de reconocimientos médicos psicofísicos,
analizando los plazos y los niveles de exigencia.
9.- Se reforzará el análisis de los aspectos psicológicos de la conducción
(control de estrés, actividad repetitiva, concentración,…) para orientar la
formación continua de estos profesionales.
10.- Se protocolizará el procedimiento de "toma de servicio"
diaria en el inicio de la actividad que el maquinista debe verificar con el
centro de gestión.
11.- Se valorará la posibilidad de mejorar la grabación de la actividad
profesional en los trenes.
12.- Defectuosa normativa del uso de
los elementos de comunicación (móviles) del personal a bordo de los trenes en
todas las líneas. Se implantará un sistema integrado y único de
comunicación, donde el maquinista active la comunicación mediante un sistema
manos libres.
III.- Medidas sobre el material móvil:
13.- Se incrementarán los controles de los registradores jurídicos (lo que
se conoce como "cajas negras"), realizando análisis sistemáticos de
la información contenida para promover medidas de mejora.
14.- Defectuosa ubicación y
protección de los equipajes en el interior de todos los vagones. No indica
si se instalarán contenedores similares a los que tienen los aviones. Tampoco indica si se instalarán cinturones de seguridad
IV.- Medidas sobre los viajeros:
15.- Se extenderá la informatización en los controles de acceso.
16.- Se asignará billete gratuito a los menores de cuatro años.
17.- Se promoverán sistemas que permitan la identificación de los
pasajeros.
IV.- Medidas sobre aspectos organizativos y
normativos:
18.- Se actualizará el Reglamento General de Circulación y demás normas de
desarrollo. 19.- Se aprobará un Real Decreto de asistencia integral a las
víctimas de accidentes ferroviarios que incorporará un Plan Nacional que
articule todas las actuaciones de atención a los afectados.
20.- Este Real Decreto contendrá la participación de esta Cámara en la
formación de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios,
fortaleciendo su composición y capacidades.
V.- Medida inexistente
21.- Se instruirá un expediente sobre los defectos de seguridad vial de
cara a derivar las responsabilidades a que hubiera lugar de los miembros del
Consejo de Administración de RENFE y ADIF.
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