Los
demócratas reconocemos y respetamos la libre voluntad del HOMBRE (mujer o
varón). De ese respeto nace el derecho a la justa compensación a los demás
si se les priva de los derechos que tenían sobre una finca pro indivisa. Esta
realidad nunca tiene que ser un problema; tiene una solución clara. Primero: se
establece el justiprecio del valor sobre cuya propiedad se litiga. Segundo: se
establece un procedimiento para la ejecución de la liquidación de la finca
pro-indivisa: Tercero: se compensa la diferencia.
La
Constitución, ¡incluso ésta!, haya o no plan de secesión de la herencia “pro-indiviso”,
aunque no reconoce de modo expreso el derecho a la secesión lo reconoce de
modo tácito. Si el pueblo es donde reside la soberanía, art. 1.2,CE78, ¿cómo se
le puede negar que la ejerza?. Adelantarse a los hechos reales es un acto
de buena política. Todos los países sufrieron secesiones. Por no estar
ordenadas se realizaron de modo violento. ¿No sería más inteligente ordenar el
procedimiento en lugar de dejar sólo la opción violenta?
La libertad es
un valor que debe presidir la negociación con quien se va. Una vez reconocido el derecho de secesión, la
irracionalidad de la violencia no podrá ser defendida ni por los tibios a los
que Cristo garantizó “vomitaré de mi boca”. Ése será el primer triunfo de hacer
“real politik”, la que respeta la realidad, guste o no, y no ese empeño empecinada
en negar la realidad. Sin libertad, hay violencia y atropello. No cabe
construir la libertad a partir de una situación de violencia y atropello
social.
Reconocida el
derecho de secesión, la constitución europea lo hace, queda por establecer la forma del referéndum contando
con que hay garantías para la libertad de expresión de los partidarios de esa
opción y de la contraria. Los violentos que ejerzan la violencia para evitar el
referéndum saben que perderán, aunque los apoyen los que no ejercen la
violencia pero la toleran, que el pecado de omisión y el de acción son iguales.
Sobra pedir
declaraciones de condena de la violencia. Las declaraciones a favor o en contra
de la violencia son una pamema para el violento. A quién está dispuesto a matar
¿le importa mucho decir mentiras condenando la violencia? Desde un punto de
vista político, que es lo que nos ocupa, lo único que cabe exigir es que
haya libertad de expresión y orden ciudadano suficientes para poder votar.
Existiendo estos requisitos,
una Comisión “ad hoc” resolvería cuestiones de tipo económico y político y
demás cuestiones de procedimiento. Debería tener poder arbitral vinculante. Su
constitución podría ser, por un número igual de miembros, elegidos por los
partidos: a) promotores de la secesión en cada provincia; b) con representación
provincial en el Parlamento nacional de cada provincia donde se proponga la
secesión; c) miembros elegidos en el Parlamento de la Unión Europea que no sean
miembros del país afectado, porque esos ciudadanos dejaría de ser, ipso facto, ciudadanos de la UE, ¡por ser ciudadanos del
país miembro! La secesión de dicho Estado, dice el art. I-10 de
la constitución Europea implica la pérdida de esa ciudadanía y la de la
Unión Europea que nace de ella.
Establecida la Comisión la
tarea que les espera es grande porque tienen que definir los mil y un detalles
del referéndum: si los votantes son todos los ciudadanos del país afectado o
sólo los de los municipios que solicitan la secesión; en cada caso quien paga y
qué consecuencias tiene; que porcentaje de votos favorables se exige para su aprobación
respecto al de votos válidos emitidos y al de votantes a nivel municipal,
provincial o autonómico; opción de conservación de nacionalidad si triunfara la
opción de secesión; condiciones de servidumbre de paso terrestre internacional con
la UE a través del nuevo país hasta que, si lo solicita y se le admite, vuelva
a ser parte de la UE; frecuencia máxima de repetición si fracasa; forma de celebración
y tiempo de ejecución; etc., etc., etc., un etc. inmensamente largo.
Se propone como procedimiento de
votación en la Comisión Tripartita el de 2/3, de sus miembros, salvo mejor
propuesta y también 2/3 del total de votos válidos siempre que esos votos
superen el 50 % de los ciudadanos con derecho a voto.
Todo puede ser sencillo, aunque
sea inmensamente laborioso, salvo que se quiera enfangar la convivencia, como
hacen los especialistas en pescar en aguas turbias.
La Comisión
Tripartita podrá suspender o no el proceso para el referéndum si se comete
un acto terrorista, según considere o no que no hay libertad suficiente para garantizar
la libertad de voto de los ciudadanos, etc.
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