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3 ago 2013

Credibilidad: (3) Confesar un error ¿es una eximente?

Credibilidad  (3) El error confesado ¿es una eximente?
El Sr. Rajoy dijo ayer “cometí el error de creer a un falso inocente, pero no el delito de encubrir a un presunto culpable”. ¿Lo cree Vd. o no?
Las impresiones a simple vista pueden cambiar tras un breve análisis, no digamos ya un profundo análisis. E le puede negar la credibilidad a alguien a la vista de lo que dice y luego confirmar lo increíble de su discurso o no. Y viceversa
Algunas afirmaciones del Sr. Rajoy han sido cómicas; otras políticas y otras jurídica, como  su declaración: “yo no me voy a declarar culpable, porque no lo soy”.
Veamos: su culpabilidad sería la de coautor de los delitos que presuntamente ha cometido el Sr. Bárcenas. Pero a lo mejor le pasa como al Sr. Naeiro y al Sr. Lapuerta y al final al Sr. Bárcenas tampoco se le condena por ningún delito. En tal caso por muy coautor que hubiera sido el SR. Rajoy de lo que hizo el Sr. Bárcenas, no seria culpable.
Ahora bien, si, en la peor de los casos posibles el Sr. Bárcenas fuera culpable,  ¿lo sería el Sr. Rajoy?
Dice el art. 27, CP:” Son responsables criminalmente de los delitos y faltas los autores y los cómplices” .y aclara en el art. 28: “Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento. También serán considerados autores: a) Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo. b) Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado”.
                Nadie cree que el Sr. Rajoy haya inducido al Sr. Bárcenas a cometer un delito. Cabe, no obstante,  la cooperación con un acto sin el cual no se habría efectuado. Su confesión: “cometí el error de creer a un falso inocente” es un dato objetivo. De no haber cometido “ese error” el Sr. Bárcenas no hubiera podido cometer los delitos que - en esta hipótesis extrema - suponemos que cometió. Una interpretación ad pedem litterae, permitiría imputar a Sr. Rajoy como coautor de los presuntos delitos cometidos por quien, según el Sr. Rajoy “le engaño”.
                Pero el Código Penal desgrana varias eximentes, incluso en caso de coautoría. Aunque la de ser menor de 18 años, art. 19,CP, no le es aplicable, el art. 20,CP añade siete más:
La primera se refiere a la concurrencia de anomalía o alteración psíquica, que el Sr. Rajoy no podría alegar; tampoco la segunda, hallarse en “estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos” pues la duración de la coautoría lo impide; la tercera “sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia, tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad”, tampoco viene al caso, ni la cuarta de obrar “en defensa de la persona o derechos propios o ajenos”
La eximente quinta “estado de necesidad para evitar un mal propio o ajeno” no podría justificar la “ocultación de estos hechos delictivos, una vez conocidos” alegando evitar un mal propio o ajeno, como la “lesión del buen nombre del PP, que ha quedado por los suelos después de lo que se está empezando a saber, sobre todo porque llueve sobre el mojado de anteriores tesoreros”, porque no concurren los tres requisitos que la ley exige:
Primero: “Que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar”, porque el mal que se ha causado es el descrédito del país - o como dice el Gobierno, de la “marca España”. Segundo: “que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto”, porque habiéndole nombrado él y mantenido en el cargo “por error” queda pendiente de demostración si esa situación fue provocada intencionalmente o fue azarosa,
Tercero. En cualquier caso existe una “obligación de sacrificarse, por su oficio o cargo”, que es el de Presidente del Gobierno - que el obliga más que ser Presidente del PP - , ya que él está al servicio de la soberanía que reside en el pueblo español del que emanan todos los poderes del estado (art. 1.2,CE78), en particular el suyo, aunque no el del Jefe del Estado que ese emana del dictador y genocida General Franco que fue el que se inventó el reino y el rey.
La sexta tampoco es alegable: “el valor se le supone”; aunque el Sr. Rajoy no hadado muestras de arrojo, no parece que se le pueda achacar ser víctima de “miedo insuperable”; sí, algunas veces ha dado muestras de desconcierto absoluto, pero eso no es lo que dice la ley.
La séptima eximente: “obrar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo”, no parece aplicable. De hecho el alega en su descargo que fue un “error” y el error no es ningún eximentes que contemple la ley. Por tanto no tiene ninguno.

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