Credibilidad (3) El error
confesado ¿es una eximente?
El Sr.
Rajoy dijo ayer “cometí el error de creer a un falso inocente, pero no el
delito de encubrir a un presunto culpable”. ¿Lo cree Vd. o no?
Las
impresiones a simple vista pueden cambiar tras un breve análisis, no digamos ya
un profundo análisis. E le puede negar la credibilidad a alguien a la vista de
lo que dice y luego confirmar lo increíble de su discurso o no. Y viceversa
Algunas
afirmaciones del Sr. Rajoy han sido cómicas; otras políticas y otras jurídica,
como su declaración: “yo no me voy a
declarar culpable, porque no lo soy”.
Veamos: su
culpabilidad sería la de coautor de los delitos que presuntamente ha cometido
el Sr. Bárcenas. Pero a lo mejor le pasa como al Sr. Naeiro y al Sr. Lapuerta y
al final al Sr. Bárcenas tampoco se le condena por ningún delito. En tal caso
por muy coautor que hubiera sido el SR. Rajoy de lo que hizo el Sr. Bárcenas, no
seria culpable.
Ahora bien,
si, en la peor de los casos posibles el Sr. Bárcenas fuera culpable, ¿lo sería el Sr. Rajoy?
Dice el
art. 27, CP:” Son responsables
criminalmente de los delitos y faltas los autores y los cómplices” .y aclara en
el art. 28: “Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente
o por medio de otro del que se sirven como instrumento. También serán
considerados autores: a) Los que inducen directamente a otro u otros a
ejecutarlo. b) Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual
no se habría efectuado”.
Nadie cree que el Sr. Rajoy
haya inducido al Sr. Bárcenas a cometer un delito. Cabe, no obstante, la cooperación con un acto sin el cual no se
habría efectuado. Su confesión: “cometí el error de creer a un falso inocente”
es un dato objetivo. De no haber cometido “ese error” el Sr. Bárcenas no
hubiera podido cometer los delitos que - en esta hipótesis extrema - suponemos
que cometió. Una interpretación ad pedem litterae, permitiría imputar a
Sr. Rajoy como coautor de los presuntos delitos cometidos por quien, según el
Sr. Rajoy “le engaño”.
Pero el Código Penal desgrana
varias eximentes, incluso en caso de coautoría. Aunque la de ser menor de 18
años, art. 19,CP, no le es aplicable, el art. 20,CP añade siete más:
La primera se refiere a la concurrencia de anomalía o
alteración psíquica, que el Sr. Rajoy no podría alegar; tampoco la segunda,
hallarse en “estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas
alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras
que produzcan efectos análogos” pues la duración de la coautoría lo impide; la
tercera “sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la
infancia, tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad”, tampoco viene
al caso, ni la cuarta de obrar “en defensa de la persona o derechos propios o
ajenos”
La eximente quinta “estado de necesidad para evitar un
mal propio o ajeno” no podría justificar la “ocultación de estos hechos
delictivos, una vez conocidos” alegando evitar un mal propio o ajeno, como la
“lesión del buen nombre del PP, que ha quedado por los suelos después de lo que
se está empezando a saber, sobre todo porque llueve sobre el mojado de
anteriores tesoreros”, porque no concurren los tres requisitos que la ley
exige:
Primero: “Que el mal
causado no sea mayor que el que se trate de evitar”, porque el mal que se ha
causado es el descrédito del país - o como dice el Gobierno, de la “marca
España”. Segundo: “que la situación
de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto”, porque
habiéndole nombrado él y mantenido en el cargo “por error” queda pendiente de
demostración si esa situación fue provocada intencionalmente o fue azarosa,
Tercero. En cualquier caso existe una “obligación de sacrificarse,
por su oficio o cargo”, que es el de Presidente del Gobierno - que el obliga
más que ser Presidente del PP - , ya que él está al servicio de la soberanía
que reside en el pueblo español del que emanan todos los poderes del estado
(art. 1.2,CE78), en particular el suyo, aunque no el del Jefe del Estado que
ese emana del dictador y genocida General Franco que fue el que se inventó el
reino y el rey.
La sexta tampoco es alegable: “el valor se le supone”;
aunque el Sr. Rajoy no hadado muestras de arrojo, no parece que se le pueda
achacar ser víctima de “miedo insuperable”; sí, algunas veces ha dado muestras
de desconcierto absoluto, pero eso no es lo que dice la ley.
La séptima eximente: “obrar en cumplimiento de un
deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo”, no parece
aplicable. De hecho el alega en su descargo que fue un “error” y el error no es
ningún eximentes que contemple la ley. Por tanto no tiene ninguno.
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