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27 jul 2013

Derecho a decidir(20): Ser español no es obligatorio ¡a Dios gracias!

La Constitución establece que  los ciudadanos que residen en las provincias, y en Ceuta y Melilla, a que se organicen en gobiernos autónomos y a que esa autonomía ¿pueda ser absoluta? La provincia es la unidad electoral dentro de la que el ciudadano elige a los administradores de su soberanía. Precisemos esto: los diputados, son administradores, y la soberanía que administran es nuestra ¡y nunca se la cedemos!, sólo se la dejamos administrar. Esta precisión es importante porque muchos - con lo que demuestran cuan mal administradores son  - se creen que se les cede las soberanía ¡cuando sólo se les cede la administración! Ellos, ¡por tanto, ¿No son propietarios de la soberanía - algo que hasta su Presidente parece no entender - son nuestros empleados que la administran. ¡No pasan de ese nivel.

El esquema organizado es de Administraciones delegadas independientes - ¡todas surgen de una votación directa! La nacional, la autonómica, la municipal - y derivada de ésta - la diputaciones. Pero todos solo son administradores, aunque algunos se hayan erigido en “reyes de taifas” en sus diferentes niveles con la cómplice corrupción que nos mantiene atónitos al descubrirla.
La CE reconoce otro derecho que antes no se reconocía: a ningún español se le puede privar de su nacionalidad. Al ser un derecho renunciable, a sensu contrario, implica que no cabe obligar a nadie a ser español. Quien quiere puede dejar a serlo.
Renunciar a las obligaciones indeseadas implica perder también de derechos que iban anejos. No vale decirlo sólo de boquilla, bravuconería típica de tantos “españoles”, mal que les pese a los que quieren dejar de serlo. Quien no quiera ser español puede decirlo por escrito ante un juez y que conste oficialmente. Puede dejar de ser español a quien le moleste serlo, pero entonces perderá los derechos de ser español.
Lo habitual es renunciar a una nacionalidad para adquirir otra. El problema del neo-nacionalista, el que quiere crear una nación, es que antes tiene que conseguir que se reconozca “internacionalmente” la nueva nación en el concierto internacional, lo cual lleva cierto tiempo. Cabría quizá, mientras tanto, tenga condición de ciudadano del nuevo país “en expectativa”, pero sería una novedad sin precedente jurídico. Sólo los ventajistas quieren todas las ventajas en el mismo saco: el suyo. La situación “en expectativa” permitiría tener un pasaporte que declarara que no es del país del que se secesionó y que dijera que eran gallegos, canarios, vascos, navarros, andaluces o catalanes en expectativa de nación, hasta que ésta sea un Estado, que es el objetivo, porque nación es un ente moral, no jurídico.
Planteada esta opción, cabría acordar, siempre sin violencia ni amenazas que es lo que caracteriza a la gente racional y bien educada, el procedimiento para llevar a cabo este proceso dentro de la legalidad vigente de España y, ¿por qué no? de Francia, Inglaterra, Canadá u otro país donde haya afán secesionista en algunos ciudadanos.
Los que no son tan respetuosos con los derechos individuales pretenden conseguir esto a la brava y como malos pescadores organizan un rio revuelto, no pocas veces sanguinolento pero siempre beligerante para que de pescar más en la confusión.
La legislación vigente permite arbitrar este sistema para la renuncia al derecho de ser español. Bastaría ponerse de acuerdo y arbitrar el procedimiento colectivo para hacer la renuncia que permita ejercer al derecho a participar en la vida pública en los municipios, que son las unidades naturales de convivencia, a través de votaciones que identificaran quienes son los constituyentes que participen en la aprobación del Convenio para el ejercicio de la Secesión, para votar la Secesión y para, si se aprobara, ipso facto, dejar de ser español de modo inmediato

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