La
Constitución establece que los ciudadanos que residen en las provincias,
y en Ceuta y Melilla, a que se organicen en gobiernos autónomos y a que esa
autonomía ¿pueda ser absoluta? La provincia es la unidad electoral dentro de
la que el ciudadano elige a los administradores de su soberanía. Precisemos
esto: los diputados, son administradores, y la soberanía que administran es
nuestra ¡y nunca se la cedemos!, sólo se la dejamos administrar. Esta precisión
es importante porque muchos - con lo que demuestran cuan mal administradores
son - se creen que se les cede las
soberanía ¡cuando sólo se les cede la administración! Ellos, ¡por tanto, ¿No
son propietarios de la soberanía - algo que hasta su Presidente parece no
entender - son nuestros empleados que la administran. ¡No pasan de ese nivel.
27 jul 2013
Derecho a decidir(20): Ser español no es obligatorio ¡a Dios gracias!
El esquema
organizado es de Administraciones delegadas independientes - ¡todas surgen de
una votación directa! La nacional, la autonómica, la municipal - y derivada de
ésta - la diputaciones. Pero todos solo son administradores, aunque algunos se
hayan erigido en “reyes de taifas” en sus diferentes niveles con la cómplice
corrupción que nos mantiene atónitos al descubrirla.
La CE reconoce
otro derecho que antes no se reconocía: a ningún español se le puede privar de su nacionalidad. Al ser un
derecho renunciable, a sensu contrario,
implica que no cabe obligar a nadie a ser español. Quien quiere puede dejar a serlo.
Renunciar a
las obligaciones indeseadas implica perder también de derechos que iban anejos.
No vale decirlo sólo de boquilla, bravuconería típica de tantos “españoles”,
mal que les pese a los que quieren dejar de serlo. Quien no quiera ser español
puede decirlo por escrito ante un juez y que conste oficialmente. Puede dejar
de ser español a quien le moleste serlo, pero entonces perderá los derechos de
ser español.
Lo habitual es
renunciar a una nacionalidad para adquirir otra. El problema del
neo-nacionalista, el que quiere crear una nación, es que antes tiene que
conseguir que se reconozca “internacionalmente” la nueva nación en el concierto
internacional, lo cual lleva cierto tiempo. Cabría quizá, mientras tanto, tenga
condición de ciudadano del nuevo país “en expectativa”, pero sería una novedad
sin precedente jurídico. Sólo los ventajistas quieren todas las ventajas en el
mismo saco: el suyo. La situación “en expectativa” permitiría tener un
pasaporte que declarara que no es del país del que se secesionó y que dijera
que eran gallegos, canarios, vascos,
navarros, andaluces o catalanes en expectativa de nación, hasta que ésta
sea un Estado, que es el objetivo, porque nación es un ente moral, no jurídico.
Planteada esta
opción, cabría acordar, siempre sin violencia ni amenazas que es lo que
caracteriza a la gente racional y bien educada, el procedimiento para llevar a
cabo este proceso dentro de la legalidad vigente de España y, ¿por qué no? de
Francia, Inglaterra, Canadá u otro país donde haya afán secesionista en algunos
ciudadanos.
Los que no son
tan respetuosos con los derechos individuales pretenden conseguir esto a la
brava y como malos pescadores organizan un rio revuelto, no pocas veces
sanguinolento pero siempre beligerante para que de pescar más en la confusión.
La legislación vigente permite arbitrar este
sistema para la renuncia al derecho de ser español. Bastaría ponerse de
acuerdo y arbitrar el procedimiento colectivo para hacer la renuncia que
permita ejercer al derecho a participar en la vida pública en los municipios,
que son las unidades naturales de convivencia, a través de votaciones que
identificaran quienes son los constituyentes que participen en la aprobación
del Convenio para el ejercicio de la Secesión, para votar la Secesión y para,
si se aprobara, ipso facto, dejar de ser español de modo inmediato
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