Interesante el artículo “¿Suspensión de la autonomía? No” de Dª Teresa Freixes, Catedrática
de Derecho Constitucional de la UAB (LA RAZÓN, 22.10.2017) con en el que estoy
en desacuerdo, como se suele decir de la
cruz a la fecha
Cita que “en resumen y simplificando”
el Acuerdo del Consejo de Ministros propone al Senado “ el cese del Presidente de la Generalitat y de todo su Gobierno, la
designación de responsables que les sustituyan a los efectos de que el poder
ejecutivo pueda desempeñar sus funciones en el marco de la legalidad
constitucional, la delimitación de las competencias del Parlament de Cataluña
para que cese su actividad en favor del secesionismo y, todo ello, con la
finalidad de, una vez restablecido el orden constitucional y recuperada la
normalidad institucional, convocar elecciones autonómicas que den paso a la
formación de un nuevo”
Tras preguntarse: ¿se trata de una “suspensión” de la
autonomía?, lo niega; “el
art. 155 CE no está concebido como un artículo que suspende la autonomía,
puesto que no ordena detener o paralizar la actividad de los órganos
autonómicos sino su intervención funcional, sin prohibir que, en determinados
casos, se pueda sustituir a quienes detentan la condición de autoridades autonómicas
por otras personas que garanticen que las instituciones de la Comunidad
Autónoma recuperen las funciones constitucionales obstruídas por la actividad
del secesionismo”. Es un
error. El art. 155 no permite nada de eso.
La policía de Franco y de sus herederos los
reyes hacían la misma trampa: no te “detenían”,
te “retenía”. Hoy ya está claro: toda retención es una detención. La coartada
de que otros países tienen artículos equivalentes no es válida. La cuestión es si los gobiernos lo
cumplen o lo falsean cuando lo aplican. El ejemplo
de los USA demuestra todo lo contrario “el
Presidente, obligó compulsivamente a las autoridades de Arkansas a hacer
efectiva una sentencia del Tribunal Supremo contra la segregación racial en la
universidad”. Eso sí cumpliría con el art. 155: obligó a las autoridades de Arkansas. Pero el Gobierno lo que va a hacer es substituir a las autoridades de Cataluña. Eso no lo permite el art.
155.
Es cómico
decir que “no queda en suspenso la
actividad o actuación del gobierno autonómico” cuando “quedan suplantados sus cargos electos”. Eso sólo lo pude hacer un
juez previa sentencia o dictando medidas cautelares. Si hace eso el gobierno llevaría su judicialización de
la política al límite: no manipula al poder judicial, usurpa sus funciones.
Decir que el Parlamento no se disuelve ni se suspende,
es incoherente si se añade “no puede realizar ningún acto que derive en la investidura de un nuevo
Presidente de la Generalitat”. Eso es suspender parte de sus
funciones constitucionales, máxime si a eso se añade “todo ello reforzado por la posibilidad de veto por parte del Gobierno
español”. Volvemos al jueguecito semántico de la policía. No le suspendo
porque no le suspendo “del todo”. Eso equivaldría
a decirle a una mujer: no abuso de Vd. porque no abuso “del todo”.´
El cese
del Presidente sería inconstitucional y un delito tipificado en el art. 405 CP.
Las elecciones que se convocaran, al ser “el fruto del árbol podrido”, serían
inconstitucionales. En vez de recuperar la legalidad, que es tarea de los tribunales de justicia, se aumentaría la
ilegalidad. No se actuaría “con finura
de cirujano” sino con torpeza de dictador.
Sólo falta el caballo de Pavía en el Parlament; se supone que irá a pie o en
coche oficial. Aunque se diga lo contrario no cabe aplicar el art. 155 “según el sentido propio de sus palabras”
(art. 3.1 CC)
Disolver
un Parlamento convocando elecciones por quien suplante las competencias del
Presidente, de modo ilegal, “atropellando
la voluntad de la mayoría parlamentaria” es un acto de prevaricación (art.
405 CP). Un golpe de Estado que se parece mucho al autogolpe, como el de Primo;
también lo apoyará el Rey y por las mismas razones inconstitucionales.
Decir “recuperar en Cataluña aquella autonomía que
la mayoría parlamentaria que no tienen la mayoría social y el Gobierno que no representa
a toda la ciudadanía es una farsa, un fraude de ley. Rajoy no tiene la mayoría social ni la parlamentaria. Aznar tampoco
tuvo la mayoría social, tuvo más el PSOE, ni la parlamentaria. ¿Hemos vuelto a los
tiempos franquistas donde no era lo
mismo un señorito alegre que un sucio borracho”, ni “un j... cojo que un caballero mutilado o seguimos en ellos bajo el
heredero del heredero del mayor dictador y genocida que vio la historia de
España? En resumen: nunca vi tanto
dislate junto.
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