Para abrir boca de las
consecuencias de la denominada “ley mordaza” anticipamos 15 puntos:
1.- Se reduce la libertad de los ciudadanos: Comportamientos que
hasta ahora eran meras faltas se convierten en delitos leves o en sanciones
administrativas que pueden incluir penas de prisión o antecedentes penales, que impidan, por
ejemplo, presentarse a una oposición. Vuelve a ser recomendable circular con
las manos levantadas y el DNI entre los dientes.
2.- Se facilita la comisión de delitos penales por las personas
jurídicas: Se crean numerosos elementos de exención de responsabilidad
penal de las personas jurídicas fomentando la delincuencia que ahora permite delinquir sin ser delincuentesas.
3.- Se facilita la financiación ilegal de los partidos políticos: Los
españoles ya pueden dar o aceptar donaciones superiores a los 500.000 euros, o 100.000 € si son extranjeros sin tener que sufrir pena de cárcel.
4.- Se facilita la comisión de robos que no superen los 500 €: Se
eleva de 400 a 500 € el límite para que el dinero que le quieten sea un robo. En su lugar será un hurto que tiene menos pena
5.- Se facilita a los corruptos, pederastas, violadores y a ciertos asesinos que sean profesores: se
discrimina de esta posibilidad docente a los etarras.
6.- Se facilita que se impida o limite el derecho de huelga: se
reducen a los dos años. Careciendo de antecedentes la sanción puede no incluir
el ingreso en prisión.
7.- Se reincorpora la cadena perpetua: Se atropella el derecho de
todo delincuente condenado en firme a conocer la sanción que sufrirá por la
comisión del delito del que se le ha declarado responsable (art. 15 y 25.1 CE 78). Esta sanción no
existe en la Unión Europea.
8.- Se podrá expulsar a un ciudadano de la Unión Europea: Por
razones de seguridad pública se podrá expulsar a un ciudadano de la UE, así deja de ser discriminatorio lo que se hacía en Melilla.
9.- El Gobierno se sigue autorizando a indultar a quien quiera cuando le de la gana y sin
justificación: Bastará que informe sobre los indultos dando los datos que ya constan en el BOE.
10.- Se sigue autorizando el maltrato animal de los toros: Se
prohíben, en cambio, el "arte de las peleas de gallos o perros", Se agrava la
sanción por el abandono de animales; se tipifica por primera vez la
explotación sexual de animales. No parece que se prohíba la actuación de sementales.
11.- Se eleva la edad de consentimiento sexual a los 1 años: Realizar
actos de carácter sexual con menores de 16 años será o no delito si hubo consentimiento con una persona próxima al menor dependiendo de la edad y del grado de desarrollo o madurez.
12.- Difundir en la red vídeos íntimos sin permiso de los intervinientes
será delito: No es necesario que conste la oposición; basta con que no
conste la autorización.
13.- Se agravan las penas por prostitución de menores o incapaces: Se castigará a quien contacte con menores de 16 años para que le
facilite imágenes pornográficas. Se regula el "hostigamiento" telefónico
o por seguimiento a personas.
14.- Delito de coacción matrimonial: Se sanciona al que coaccione a
otro para casarse. Se dice que es para luchar contra la trata de seres humanos.
15.- Se establece un procedimiento para eliminar los antecedentes
penales: Cumplida la pena podrán eliminarse los antecedentes transcurridos distintos plazos sin reincidir: 6 meses para las penas leves; 2 años para
las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes, 3 años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años; 5 años
para las penas iguales o superiores a 3 años; y 10 años para las graves.
El Ministro de la Gobernación promotor de la ley se
siente satisfecho. Dice que con ella aumenta la libertad de los españoles. No ha
aclarado si utiliza como referencia de nivel de libertad la que no existía bajo la
dictadura de Fernando VII o de su hija Isabel II, la que no existía con su nieto Alfonso XII
entronizado por un golpe militar, o del hijo de éste Alfonso XIII soportado por
un golpe de Estado militar; la que se logró bajo la segunda república
democrática, o la que no hubo tras la dictadura fascistas de la que es heredera
y jurado continuador el régimen actual que fue engendró en su seno.
En el ejercicio de la libertad de opinión que
reconoce la CE78 Vd. ya no se si puedo opinar lo que quiera y como quiera o
si al hacerlo no incurre en ninguno de los aspectos que prohíbe la nueva ley
orgánica 1/2015 que amplia mi libertad respecto al día 30.06.2015. De todos modos voy a procurar que el PP vuelva a perder las siguientes elecciones para perder la libertad que el ministro me ha ampliado porque, lo reconozco, soy un poco masoquista. De momento, ¡espero que Dios me coja confesado por lo que acabo de escribir!
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