Interesante el artículo:
Deutschland über alles! de S.
González-Varas, Catedrático de Derecho Administrativo (LA RAZÓN, 17.04.2018)
Empecemos por aclarar que la traducción al castellano
del título no es “Alemania sobre todos” como cree casi todo el mundo, en
parte por la desgraciada historia del III Reich, sino Alemania antes que todo.
Fue un slogan para lograr la unificación en un Estado de todos los principados centroeuropeos
del S XIX con el fin de crear una gran nación, como hiciera Italia.
El autor niega su competencia al tribunal de
Schleswig-Holstein para examinar el fondo de si concurre o no delito de
rebelión, y lo califica de “jurídicamente
grave, seguramente nulo de pleno derecho, cuya explicación no es fácil de
hallar”, lo cual es cierto si por grave se quiere decir importante, pero no
si se entiende en su sentido negativo de error o de falta de explicación, porque
la sentencia da las razones en que se funda; y son bastantes.
Deja clara su propia competencia
y conocimiento de la legislación alemana cuando nos explica que “busca tal explicación, a tan singular
hecho, como jurista dedicado al derecho comparado y con experiencia en juicios
y como persona con conocimiento de la sociedad y del derecho de Alemania (ya
que hice allí un segundo doctorado en Derecho, con dedicación y esfuerzo por
cierto, en Dresden, así como exprofesor en Friburg o, y becario Humboldt, y
hasta asesor en una ocasión importante del Gobierno alemán, etc.). Por
supuesto, estoy hermanado con este derecho alemán y me mueve sobre todo afecto
hacia los colegas alemanes. Y hasta tengo familia tocando con SchleswigHolstein”,
que incluye su aprecio por el derecho alemán
Es curioso, sin
embargo, su siguiente descrédito de la justicia: “en esto del Derecho, te puede “tocar” un juez así, que sentencie un
disparate de tal magnitud, tanto en Holstein como en Sebastopol: pese a que el
Estado de derecho se presume racional, hay un componente de aleatoriedad e
imprevisibilidad bastante considerables (me permitiría remitirme, sobre esto, a
mi librito “Juicio a un abogado incrédulo”, editorial civitas)”. Es un
descrédito que, en buena lógica le alcanza a él como jurista. En él insiste con
su reproche de xenófobos y discriminadores: “sin que ello afecte obviamente a todos los juristas alemanes, es cierto
que hay en algunos un componente de soberbia cuando se trata de valorar el
derecho de los Estados del sur de Europa (los “Südländer”) que, aunque “no
afecte a todos”, deja malparados los alemanes.
Por último, convertir la anécdota de una divergencia de opinión en
categoría es excesivo “Y, como esta
historia de la extradición no se solucione bien finalmente[¿bien o como a
él le gusta?], presumo corta vida o
interés a la Unión Europea”. La UE ha “sobrevivido” a previas y monstruosas
sentencias jurídicas perpetradas en España bajo el mismo partido en el Gobierno:
la pretensión inconstitucional de la aplicación retroactiva de la doctrina Parot;
el asunto de la no irretroactividad de una nulidad contractual de las cláusulas
suelo, etc., que hubieran merecido el suspenso del examen de cualquier alumno
de derecho.
Su desprecio a la
justicia alemana se continúa con una anécdota: “un jurista alemán de especial prestigio actualmente realizó en su día
su estudio de “habilitación de cátedra” con el tema de “la degradación de la
calidad del derecho alemán ante la influencia (negativa) del derecho europeo”,
donde nada menos que se llegaba a postular que la uniformidad que provoca el
derecho europeo causa en el derecho alemán un efecto de degradación de su
calidad jurídica”. ¿Y por qué no puede tener razón? La “calidad jurídica” es
un término impreciso; depende del punto de vista subjetivo pero también del asunto a que se refiere: opciones
de recursos - en España hubo que ampliarlos; permiso a los acusados para mentir,
monstruosidad que acepta la jurisprudencia española malinterpretando su propia
CE78; convertir en delito los pecados, como el de odio, un delito; limitar el
derecho de opinión al convertir en delito quemar la fotografía de un dictador
monárquico fascista; financiar con recursos públicos la exaltación de la
memoria del último dictador militar fascistas y autor del último golpe de
estado triunfante, que algún día se verificará que detrás del 23-Festavb quien
todos pensamos, etc., son influencias “sudistas” perjudiciales para la justicia
por lo que temerlas no era insensata. Y no es que, como dice: “el Tribunal de Luxemburgo haya hecho caso
omiso” a esa tesis, sino que lo que ha hecho ha sido aplicar la ley que
correspondía.
Después de tanto
descrédito añade “Hagamos también
autocrítica, del lado nuestro, español: lo cierto es que el tribunal de
Schleswig-Holstein nos pide más información”, algo que le parece correcto y
deja en entredicho la ¿soberbia” de los tribunales españoles a los que les
molesta esta petición que sólo busca incrementar las garantías del acusado
cuando comenta “No he consultado la
defensa española, pero también en esto les puedo contar como experiencia
personal un contencioso en que el Tribunal de Luxemburgo siguió la tesis de un
dictamen de mi autoría, y creo que en general los profesores universitarios
(por tener más tiempo y más método que otros juristas) estamos más
acostumbrados a aportar estudios de fondo que otros funcionarios (jueces o
abogados del Estado) sobre quienes pesa más el rigor de la rutina procesal en
la que emplear tiempos.
Discrepo, sin embargo
con el argumento: Y es que no deberíamos
escatimar todos los medios posibles, en esta lucha donde está en juego la
unidad de España, porque estamos ante un contrincante bien entrenado (el
separatismo catalán lleva cuarenta años de rodaje), sutil, escurridizo (ahí
están, en Bélgica, Suiza, Escocia) y marrullero (dicho separatismo es capaz de
conseguir nada menos que violentar -como jamás en la Historia- los ejes
fundamentales del sistema constitucional y, al mismo tiempo, pasar por
pacifismo, cuando nada puede violentar más el orden jurídico que un golpe de
Estado).
En mi opinión, la razón
que justifica esa petición es otra, que me sorprende que no reivindique, y ya
la he anticipado: lo que procedería hacer sería “no escatimar todos los medios posibles para incrementar al máximo las
garantías del acusado a un juicio justo”, en abstracto, y sobre todo ante una
actitud agresiva del gobierno que impidió un referéndum que la constitución
permitía y judicializó un problema político por no saber o querer darle
solución política, que para eso se les paga.
Pero lo que sorprende es
que un jurista diga: “lo peor de todo es
que están difamando seriamente la imagen de España, día a día, con un gran
altavoz, hasta el punto de creerse ya algunos una tontería tan grande como que
España tiene menos derechos o garantías que otros Estados”. Quien difama a
España es un gobierno que politiza la justicia. Además es verdad que los
españoles tenemos menos derechos que los ciudadanos de países democráticos. Uno
de ellos es el de no poder elegir libre
y periódicamente al Jefe del Estado. De ese derechol nos privó Franco al
crear, ex novo, esta dictadura monárquica fascista cuyo primer ejemplar, Juan
Carlos i, juro que seguiría atropellando nuestra libertad “cumpliendo y haciendo cumplir sus leyes fascistas”; y la CE78,
última ley fascista, pues se promulgó en virtud de la ley de transición
aprobada por las últimas cortes fascistas, consagró esa herencia ilegítima y
antidemocrática.
Son muchos los juristas
españoles que hemos declarado de modo público que no vemos la comisión de esos
delitos de rebelión y sedición. Vemos en ello sólo un alibí para encarcelar a
unos políticos electos no privados de sus derechos políticos; ¡todos son todavía inocentes! Esa decisión, aunque sea independiente, sólo
favorece la política del gobierno con el infinito rigor con que se aplica.
Fuera de España hay muchos más juristas que opinan lo mismo. Siempre he dicho
que todo juez, antes de empezar a ejercer, debería pasar una semana en la
cárcel en un módulo común. Así sabría, aunque fuera de modo light, qué
significa perder la libertad.
En su última
conclusión cae en una total incoherencia lógica: “Por acabar con esto último: lo que no tiene lógica es que, por haber
otorgado España a sus regiones muchas más facultades (en lo político o
lingüístico) que la propia Alemania a sus Länder, resulte ahora que, encima,
nosotros no seamos una auténtica democracia, y sí lo sea Alemania en cambio,
por haber otorgado menos derechos políticos (que es lo que cuenta) a sus
regiones. Esto, por favor, que me lo explique alguien. Danke”. Con gusto me
tomo la libertad de explicárselo.
En primer lugar, la política ejerce el poder; la ley protege al ciudadano de su abuso.
En segundo lugar, invierta su razonamiento: si en los “Länder” que tienen menos facultades
que nuestras autonomías eso no se considera un delito de sedición, ni de rebelión
y ni siquiera está claro que haya habido malversación, Montoro dixit y el
Gobierno le respalda, no se puede entender que esos delitos se hayan cometido
en España.
En tercer lugar, esto no es una democracia; es una dictadura monárquica fascista creada
por un dictador militar fascistas y heredada por el hijo del primer titular de
esa saga inaugurada tras un golpe de Estado triunfante, ése sí que fue un golpe de estado terrorista, me refiero al de
1936 contra la democracia, ésa sí que
era una democracia, me refiero a la de la Ii República.
Espero que la explicación
le resulte convincente. Bitte!
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