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21 abr 2018

Deutshland,úber alles!


Interesante el artículo: Deutschland über alles! de S. González-Varas, Catedrático de Derecho Administrativo (LA RAZÓN, 17.04.2018)
Empecemos por aclarar que la traducción al castellano del título no es “Alemania sobre todos” como cree casi todo el mundo, en parte por la desgraciada historia del III Reich, sino Alemania antes que todo. Fue un slogan para lograr la unificación en un Estado de todos los principados centroeuropeos del S XIX con el fin de crear una gran nación, como hiciera Italia.
El autor niega su competencia al tribunal de Schleswig-Holstein para examinar el fondo de si concurre o no delito de rebelión, y lo califica de “jurídicamente grave, seguramente nulo de pleno derecho, cuya explicación no es fácil de hallar”, lo cual es cierto si por grave se quiere decir importante, pero no si se entiende en su sentido negativo de error o de falta de explicación, porque la sentencia da las razones en que se funda; y son bastantes.
Deja clara su propia competencia y conocimiento de la legislación alemana cuando nos explica que “busca tal explicación, a tan singular hecho, como jurista dedicado al derecho comparado y con experiencia en juicios y como persona con conocimiento de la sociedad y del derecho de Alemania (ya que hice allí un segundo doctorado en Derecho, con dedicación y esfuerzo por cierto, en Dresden, así como exprofesor en Friburg o, y becario Humboldt, y hasta asesor en una ocasión importante del Gobierno alemán, etc.). Por supuesto, estoy hermanado con este derecho alemán y me mueve sobre todo afecto hacia los colegas alemanes. Y hasta tengo familia tocando con SchleswigHolstein”, que incluye su aprecio por el derecho alemán
Es curioso, sin embargo, su siguiente descrédito de la justicia: “en esto del Derecho, te puede “tocar” un juez así, que sentencie un disparate de tal magnitud, tanto en Holstein como en Sebastopol: pese a que el Estado de derecho se presume racional, hay un componente de aleatoriedad e imprevisibilidad bastante considerables (me permitiría remitirme, sobre esto, a mi librito “Juicio a un abogado incrédulo”, editorial civitas)”. Es un descrédito que, en buena lógica le alcanza a él como jurista. En él insiste con su reproche de xenófobos y discriminadores: “sin que ello afecte obviamente a todos los juristas alemanes, es cierto que hay en algunos un componente de soberbia cuando se trata de valorar el derecho de los Estados del sur de Europa (los “Südländer”) que, aunque “no afecte a todos”, deja malparados los alemanes.
Por último, convertir la anécdota de una divergencia de opinión en categoría es excesivo “Y, como esta historia de la extradición no se solucione bien finalmente[¿bien o como a él le gusta?], presumo corta vida o interés a la Unión Europea”. La UE ha “sobrevivido” a previas y monstruosas sentencias jurídicas perpetradas en España bajo el mismo partido en el Gobierno: la pretensión inconstitucional de la aplicación retroactiva de la doctrina Parot; el asunto de la no irretroactividad de una nulidad contractual de las cláusulas suelo, etc., que hubieran merecido el suspenso del examen de cualquier alumno de derecho.
Su desprecio a la justicia alemana se continúa con una anécdota: “un jurista alemán de especial prestigio actualmente realizó en su día su estudio de “habilitación de cátedra” con el tema de “la degradación de la calidad del derecho alemán ante la influencia (negativa) del derecho europeo”, donde nada menos que se llegaba a postular que la uniformidad que provoca el derecho europeo causa en el derecho alemán un efecto de degradación de su calidad jurídica”. ¿Y por qué no puede tener razón? La “calidad jurídica” es un término impreciso; depende del punto de vista subjetivo  pero también del asunto a que se refiere: opciones de recursos - en España hubo que ampliarlos; permiso a los acusados para mentir, monstruosidad que acepta la jurisprudencia española malinterpretando su propia CE78; convertir en delito los pecados, como el de odio, un delito; limitar el derecho de opinión al convertir en delito quemar la fotografía de un dictador monárquico fascista; financiar con recursos públicos la exaltación de la memoria del último dictador militar fascistas y autor del último golpe de estado triunfante, que algún día se verificará que detrás del 23-Festavb quien todos pensamos, etc., son influencias “sudistas” perjudiciales para la justicia por lo que temerlas no era insensata. Y no es que, como dice: “el Tribunal de Luxemburgo haya hecho caso omiso” a esa tesis, sino que lo que ha hecho ha sido aplicar la ley que correspondía.
Después de tanto descrédito añade “Hagamos también autocrítica, del lado nuestro, español: lo cierto es que el tribunal de Schleswig-Holstein nos pide más información”, algo que le parece correcto y deja en entredicho la ¿soberbia” de los tribunales españoles a los que les molesta esta petición que sólo busca incrementar las garantías del acusado cuando comenta “No he consultado la defensa española, pero también en esto les puedo contar como experiencia personal un contencioso en que el Tribunal de Luxemburgo siguió la tesis de un dictamen de mi autoría, y creo que en general los profesores universitarios (por tener más tiempo y más método que otros juristas) estamos más acostumbrados a aportar estudios de fondo que otros funcionarios (jueces o abogados del Estado) sobre quienes pesa más el rigor de la rutina procesal en la que emplear tiempos.
Discrepo, sin embargo con el argumento: Y es que no deberíamos escatimar todos los medios posibles, en esta lucha donde está en juego la unidad de España, porque estamos ante un contrincante bien entrenado (el separatismo catalán lleva cuarenta años de rodaje), sutil, escurridizo (ahí están, en Bélgica, Suiza, Escocia) y marrullero (dicho separatismo es capaz de conseguir nada menos que violentar -como jamás en la Historia- los ejes fundamentales del sistema constitucional y, al mismo tiempo, pasar por pacifismo, cuando nada puede violentar más el orden jurídico que un golpe de Estado).
En mi opinión, la razón que justifica esa petición es otra, que me sorprende que no reivindique, y ya la he anticipado: lo que procedería hacer sería “no escatimar todos los medios posibles para incrementar al máximo las garantías del acusado a un juicio justo”, en abstracto, y sobre todo ante una actitud agresiva del gobierno que impidió un referéndum que la constitución permitía y judicializó un problema político por no saber o querer darle solución política, que para eso se les paga.
Pero lo que sorprende es que un jurista diga: “lo peor de todo es que están difamando seriamente la imagen de España, día a día, con un gran altavoz, hasta el punto de creerse ya algunos una tontería tan grande como que España tiene menos derechos o garantías que otros Estados”. Quien difama a España es un gobierno que politiza la justicia. Además es verdad que los españoles tenemos menos derechos que los ciudadanos de países democráticos. Uno de ellos es el de no poder elegir libre y periódicamente al Jefe del Estado. De ese derechol nos privó Franco al crear, ex novo, esta dictadura monárquica fascista cuyo primer ejemplar, Juan Carlos i, juro que seguiría atropellando nuestra libertad “cumpliendo y haciendo cumplir sus leyes fascistas”; y la CE78, última ley fascista, pues se promulgó en virtud de la ley de transición aprobada por las últimas cortes fascistas, consagró esa herencia ilegítima y antidemocrática.
Son muchos los juristas españoles que hemos declarado de modo público que no vemos la comisión de esos delitos de rebelión y sedición. Vemos en ello sólo un alibí para encarcelar a unos políticos electos no privados de sus derechos políticos; ¡todos son todavía inocentes!  Esa decisión, aunque sea independiente, sólo favorece la política del gobierno con el infinito rigor con que se aplica. Fuera de España hay muchos más juristas que opinan lo mismo. Siempre he dicho que todo juez, antes de empezar a ejercer, debería pasar una semana en la cárcel en un módulo común. Así sabría, aunque fuera de modo light, qué significa perder la libertad.
En su última conclusión cae en una total incoherencia lógica: “Por acabar con esto último: lo que no tiene lógica es que, por haber otorgado España a sus regiones muchas más facultades (en lo político o lingüístico) que la propia Alemania a sus Länder, resulte ahora que, encima, nosotros no seamos una auténtica democracia, y sí lo sea Alemania en cambio, por haber otorgado menos derechos políticos (que es lo que cuenta) a sus regiones. Esto, por favor, que me lo explique alguien. Danke”. Con gusto me tomo la libertad de explicárselo.
En primer lugar, la política ejerce el poder; la ley protege al ciudadano de su abuso.
En segundo lugar, invierta su razonamiento: si en los “Länder” que tienen menos facultades que nuestras autonomías eso no se considera un delito de sedición, ni de rebelión y ni siquiera está claro que haya habido malversación, Montoro dixit y el Gobierno le respalda, no se puede entender que esos delitos se hayan cometido en España.
En tercer lugar, esto no es una democracia; es una dictadura monárquica fascista creada por un dictador militar fascistas y heredada por el hijo del primer titular de esa saga inaugurada tras un golpe de Estado triunfante, ése sí que fue un golpe de estado terrorista, me refiero al de 1936 contra la democracia, ésa sí que era una democracia, me refiero a la de la Ii República.
Espero que la explicación le resulte convincente. Bitte!

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