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24 abr 2018

La anécdot puigdemont


Interesante el artículo “La anécdota Puigdemont” de D. García-Pita Pemán, jurista (ABC, 23-04.2018)
Señala el autor la paradoja de que “las grandes doctrinas revolucionarias se han escrito a la luz de una vela en una mesa camilla, en una silla de la British Library, o en un confortable despacho universitario”. Así la máxima violencia intelectual nace en un ambiente pacífico mientras que “el acto de rebelión contra el orden establecido, ya sea por razón de la justicia, ya por causa menos virtuosa como la ambición de poder” exige “alzarse”, dejar de estar sentado.
Añade que “en los últimos siglos la nación española ha generado anticuerpos suficientes para hacer frente a cualquier alzamiento, levantamiento, pronunciamiento o revolución”  pues “los ha sufrido en gran número y de muy diversa condición” y señala que “los ha habido silenciosos y arteros como los de Fernando VII contra la Constitución de 1812; con ocupación militar del Congreso como los de Pavía y Tejero; con algaradas y motines populares; con manifiestos de lenguaje barroco en las salas de banderas o en una campa al frente de la tropas; con eficacia sutil y pacífica como en la transición a la democracia desde el régimen franquista; y otros, por fin, lamentablemente resueltos en cruentas guerras civiles” metiendo en el mismo saco los que procuraban la libertad con los que procuraban su atropello entre los que faltan la guerra de los 2100.000 hijos de San Luis, primera vez en que un borbón trajo a un ejército extranjero para luchar contra los españoles, ejemplo que seguiría Franco, el golpe de Estado de Martínez Campos para imponer a unos borbones rechazados por el pueblo, el autogolpe de Primo de Rivera apoyado por Alfonso XIII que sería condenado por traidor a la patria, traición reiterada al financiar el golpe de Estado de Franco y enviar a su hijo Juan a luchar en su ejército fascista.
Entre ellos no cabe “el último alzamiento contra el orden constitucional español lo han protagonizado los independentistas catalanes”. Aunque hubiera ganas, tal golpe no ha existido legalmente por varias causas: nunca se promulgó oficialmente la República en ningún Boletín Oficial; no hubo la violencia que exige el tipo del delito de rebelión, como el propio autor reconoce:
Su referencia a la carta de Tarradellas (LA VANGUARDIA, 16-04.1981) es oportuna. Describe la actitud de Pujol, el nacionalismo siempre ha sido una coartada para la corrupción, que ignoró Aznar que se vendió a él para lograr ser Presidente sin olvidar que a González le faltó cuajo para poner en manos de la justicia todos los delitos de Banca Catalana, convirtiéndose así en cómplice o coautor. Todos los gobiernos fueron cómplices de CiU al permitir esa corrupción a cambio del recíproco silencio, Eso ha sido más grave que la actuación de Zapatero con un Estatut del que la denuncia ante el TC sólo fue el introito de la necia oposición del PP a toda solución política con un referendum constitucional que hubiera acabado como el de Quebecq o el de Escocia.
La nulidad jurídica de “la declaración de inconstitucionalidad de algunos artículos del Estatut!” bastaba para reducir todo a la nada jurídica y reconducir la situación a su nivel político. La aplicación inconstitucional del art. 155, que no permite substituir al gobierno electo sino imponerle que cumpla las órdenes que se le dicten desde el gobernó, fue otra albarda sobre el error anterior.
Constituye un oximorón afirmar: “Un alzamiento de esta naturaleza constituye delito de rebelión, si bien, desde 1995, nuestro código penal exige que vaya acompañado de violencia”, con lo que reconoce, que hubo delito de rebelión y que “en Alemania, el delito equivalente es la alta traición y también requiere violencia” cuando añade que “El tribunal de Schleswig-Holstein ha denegado la extradición de Puigdemont por delito de rebelión -uno de los varios que se le imputan- al no apreciar un suficiente grado de violencia por parte de los alzados”; pero no dice que sólo el de malversación es uno de los 32 delitos que exigen la entrega; sobre él se ha pedido más información;  sobre los demás debe rechazarlos por no cumplir con el tipo de ninguno similar en Alemania.
Claro que las decisiones judiciales se deben criticar; pero eso sólo lo hacen los hipócritas cuando no les favorecen como revela el alborozo del gobierno con la opinión de la fiscalía alemana y su rechinar de dientes tras la resolución judicial.  No es cierto que “el tribunal local alemán, en contra de la fiscalía y en instancia única para mayor desastre- ha invadido la competencia jurisdiccional española, distorsionando los límites del proceso de extradición, que es juicio sumario de alcance superficial y limitado, y entrando, de hecho, en el fondo del asunto, sin las garantías procedimentales de prueba y contradicción propias del juicio principal que corresponde seguir en España. Inconcebible”. Aquí hay una confusión de conceptos: el Tribunal no ha juzgado; ha rechazado la entrega por delitos no incluidos en los 32; en el único incluido ha pedido más información; algo juicioso a la vista de las declaraciones del Sr. Motoro que respalda unánimemente por el Gobierno y el PP. Por otra parte es un error afirmar que la decisión judicial “avala tesis nacionalista de que estamos ante una cuestión política y no judicial” porque esa tesis la mantenemos muchos juristas no nacionalistas.
Dice el autor que “nada impide propugnar, siguiendo el procedimiento previsto en la Constitución, la modificación de la estructura territorial del Estado para instaurar un federalismo (del que tanto se habla sin concretar nada), e incluso aprobar el eufemístico derecho a decidir” pero so exigía no mentir a la ciudadanía, como hizo M. Rajoy, diciendo que prohíbe el referéndum porque la CE78 n lo permite, porque sí lo permite. Al prohibirlo, el Presidente del Gobierno comete un fraude de ley incumpliendo el art. 9.2CE78 al abusar de sus facultades formales. Revela su claro espíritu de dictador, es la esencia de su partido, que supera al de la dictadura monárquica hereditaria. Ésta impone la elección de su sucesor a sus forzados súbditos mediante reglas fijas. En su partido su absolutismo es total. Su unico límite es “su” voluntad cuando impone “su” sucesor a “sus” afiliados, voluntarios súbditos. De ese atropello de la propia CE78 nació una reacción que no por su formal ilegalidad cabe e convertir en delito; fue una manifestación de rechazo al abuso y no, eso cree el autor “una vulneración consumada del orden constitucional español con independencia de lo que diga el tribunal alemán”; primero porque no fue consumada y segundo porque sólo fue un ejercicio de la libertad de opinión aunque disfrazada torpemente de una formalidad legal que nunca tuvo.
El error de su conclusión es total: “en este momento la política debe ceder su lugar a los tribunales y al ejercicio de la legítima coacción estatal …  [porque]… es la continuación natural de la política en el seno de un Estado democrático de derecho” y no sólo porque “esto” no es un Estado de Derecho; el Título II atropella la igualdad de derechos que declara el art. 14 CE78 sino porque siendo el origen un problema político y no jurídico, la solución jurídica, aun si fuera correcta, no resuelve el problema como proponer el autor al señalar cuando dice “volver al curso ordinario de la política y negociar cambios constitucionales antes de haber completado esta tarea es volver a cerrar en falso el problema”. El rechazo al Servicio Militar Obligatorio, una decisión política convertida en problema jurídico, se resolvió de modo político. El rechazo al control del Estado sobre el propio cuerpo, una decisión política convertida en problema jurídico, se resolvió de modo político. El rechazo a la solubilidad del contrato de matrimonio, una decisión política convertida en problema jurídico, se resolvió de modo político. El rechazo al derecho de los ciudadanos a elegir al jefe del Estado, que proclama pero se incumple, en el art. 1.2 y en el art. 14, que sí que es un problema jurídico que no cabe resolver jurídicamente porque ningún tribunal se atrevería a hacerlo, ¿es independiente la justicia?, habrá que resolverlo políticamente.
 Sin duda Tarradellas demostró su calidad política en la cita que se da de su carta: “España unos dicen que bosteza y otros que está dormida pero me parece que en el país existe todavía suficiente savia nueva para despertarlo, sacudirlo y darle nobles ambiciones tocando pies en el suelo para poder ir hacia delante sin vacilaciones. porque nuestro país es demasiado pequeño para que se desprecie a ninguno de sus hijos y suficientemente grande para que quepamos todos”. Ahor, faltos de políticos de su nivel, sólo hay torpezas por todas partes. Menos mal que los tribunales alemanes nos ayudan a “tocar pies en el suelo”; Aprovechemos esa oportunidad y resolvamos políticamente lo que un empecinamiento jurídico ha metido a los tribunales en un “cul de sac” jurídico. Cuando antes llegue la solución política menos se desprestigiará la justicia.

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