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1 mar 2017

Un problema mal planteado: (6) España la definen los Estatutos de Autonomía

                Puede parecer una paradoja; no lo es. Es el fruto de la realidad. Se les coló entre los dedos de los padres tramposos de la CE78. Tramposos porque ya he comentado el engaño a que nos sometieron y en el que creen la mayor parte de los españoles poco reflexivos: que nosotros elegimos la monarquía y que quisimos que fuera hereditaria y que además fuera machista. Pero no quisimos nada de eso: fue un fraude de ley como se ha demostrado y resulta indiscutible después de la publicación de las confesiones del Presidente Lic. Suárez.
                Es en los Estatutos de Autonomía, únicos donde constan los límites territoriales donde consta también la referencia a su subordinación a la CE78. En este querer hacer y no hacer, decir y no decir se ha generado, inconstitucionalmente en opinión de un constitucionalista estricto, una estructura Federal de España. La que quiso la primera república y otro golpe de estado militar - ¿qué les pasa a los borbones que sólo saben convertirse en dictadores a golpe de golpe militar? - lo impidió con la primera dictadura del General Serrano y la segunda, tras el otro golpe del rey Alfonso XII que tuvo la buena educación de morirse pronto y la mala fortuna, para nosotros, claro está, de dejar embarazada a su esposa.
                Esta circunstancia de la identificación de los límites de las Autonomías plantea una cuestión no trivial. ¿Tendría derecho una provincia, o una región o un municipio el derecho a secesionarse de su autonomía e incluso de España? El texto de la CE78 no lo prohíbe. La única referencia sobre este particular que existe se refiere a la anexión entre autonomías que está prohibida en el art. 145.1 CE78: “En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas” prohibición tan definitiva que excede el derecho de las autonomías del art. 137 CE78: “El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses”. ¿Y qué pasa si como parte de sus respectivos intereses consideran que lo más favorable es la secesión?
                De nuevo un constitucionalista a la vieja usanza, es decir, uno esclerótico, diría que no cabe admitir la secesión. Los demócratas consideramos lo contrario. Pero hoy no hay estados ni patrias, ni unidades de destino en lo universal, ni religiones  sagradas y por cuya sagrada defensa los poderosos puedan ordenar a personas libres a morir matando para que ellos puedan hacer negocio, que en eso consisten las guerras patrióticas y religiosas. Eso ya sólo existe en las dictaduras, sean monárquicas religiosas o militares. Los demócratas consideramos que lo único sagrado es la libertad individual, como signo de la soberanía de cada ciudadano, que porque lo es libremente elige serlo de un país o de otro si en el otro le admiten porque, ¿desgraciadamente? no se reconoce el derecho universal a la nacionalidad que uno quiera sino a la del país donde uno ha nacido y la opción a serlo de otro si te aceptan.
                Sobre esta base la cuestión de la adhesión y de la secesión se reduce a un problema de intereses como ocurre con cualquier actividad humana. Se forman sociedades libremente y libremente se deshacen por una sola razón, porque les interesa a los socios. Y las reglas que hay que aplicar a las herencias son las mismas que hay que aplicar a los países que no son otra cosa que parte de la herencia común donde nuestros padres dejan un bien indiviso: el Estado.
                Pero a este bien indiviso, que excita a los “patrioteros”, se le debe aplicar el art. 1051: Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia, a menos que el testador prohíba expresamente la división. Pero, aun cuando la prohíba, la división tendrá siempre lugar mediante alguna de las causas por las cuales se extingue la sociedad. Y una de esas causas es la voluntad de cualquier coheredero a no compartir la herencia compensando a los demás por el perjuicio de la división si tal fuera el caso.

¿Cuál es la unidad indivisible? La que los ciudadanos residan. Para los patriotas es el Estado, para los nacionalistas es la nación; para los regionalistas la región, para los municipalistas es el municipio. Y hay Estados de todas esas dimensiones. La flecha de la libertad apunta al mayor tamaño a entidades como la UE que debería acabar en unos USA. Un perjuicio para ello es la existencia de dictaduras monárquicas que como los caciques saben que cuanto más pequeña es la aldea mayor es el beneficio del cacique. La libertad nació en la ciudad. En las más grandes nació la democracia. El tamaño sí que importa. ¡Pero en libertad!

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