Señala Jorge de Esteban, catedrático el Derecho constitucional (“No es país para leyes”, EL MUNDO
17.03.2017) que “Artur
Mas, tras conocer la sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Cataluña
(TSJC), ha afirmado con toda rotundidad que “la ley no es igual para todos”.
Reprocha luego esa desigualdad a “la clase
gobernante” de Cataluña que cree “que la obligatoriedad de las normas, incluso
las que aprueba el propio Parlament, no les concierne”.
Puede tener
razón el “grupo de juristas demócratas
catalanes [que] presentaron un
manifiesto titulado El Derecho, al servicio de las libertades, preocupados por
el cariz que está adquiriendo la vida pública en Cataluña”, pero no les oímos
manifestarse cuando se indultó a los mossos
que en octubre de 2013 mataron a palos al Sr. Benítez en la comisaría ni por
calificar el homicidio de “imprudencia
grave profesional”. ¿Es parte de la actuación profesional el apalear a los
detenidos en la comisaria para poder hablar de imprudencia? Que la Justicia es desigual no es una
conclusión; es un punto de partido; basta comparar el trato que reciben los homicidas
y los corruptos, antes y después de su condena, y el que robagallinas para
subsistir.
Sorprende
que un catedrático diga que “no hay
auténtica democracia fuera del Estado de Derecho y del imperio de la ley”. Donde
no hay democracia es bajo una monarquía,
al margen de que ésta se la inventara el dictador que acabó con la democracia manu
militari. Sobre todo si tiene pretensiones de serlo per
saecula seculorum”. La respuesta es “nada
de amén”; es decir “nada de que así
sea”. Los demócratas exigimos un Estado de derecho donde haya democracia electiva y no la
hay bajo el actual régimen nacido del de Franco, que nos devolvió al medievo
con reyes hereditarios y cortes. ¡Sin
democracia no hay justicia!
Censura el
autor la evolución del jurista catalán, Carles Viver, recordando que fue
vicepresidente del Constitucional y que decía en un trabajo de 1993: “Tanto la argumentación doctrinal
mayoritaria, como la del Tribunal Constitucional que le sirve de base, se
construyen a partir de la proclamación de la soberanía de los órganos centrales
o generales del Estado, derivada de su condición de garantes de un interés
general superior al de las Comunidades Autónomas. Éstas, en consecuencia, no
serían titulares de la soberanía, sino de una autonomía política que sólo
hallaría sentido en el marco de la unidad estatal”.
S. Pablo
también cayó del caballo. Además no hay contradicción. La CE exige respetar al máximo
la autonomía política permitiendo lo que la CE78 admite, un referendum
no vinculante. La prohibición atropella el art. 9.2 CE78: “Corresponde a los poderes
públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del
individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover
los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la
participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural
y social” y el art. 9.3.CE78 que prohíbe “la arbitrariedad de los
poderes públicos” aunque
se justifique con “razones”. Las “razones” sólo exigen tener imaginación.
La judicialización
de un problema político es un error hijo de la intolerancia. Las leyes
están al servicio de los ciudadanos que no son sus esclavos como cree todo
dictador. Recuerda el autor que “el
artículo 149.1.32 de la CE indica que se necesita autorización del Estado para
la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum”, pero se
equivoca al afirmar que “ese referéndum
violaba claramente el artículo 2, que establece que “la Constitución se
fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española”. Esa
indisolubilidad ya constaba en la constitución de 1812. Aquella nación española
indisoluble” tiene hoy dimensiones mucho más reducidas, pero sigue siendo
indisoluble: el que se segrega deja de
ser miembro de la nación española. Por tanto la secesión no contradice el
art. 2. Además estamos hablando de un referendum no vinculante cuyo resultado sólo
indica un deseo a favor o en contra.
Es pues falso afirmar que “el Gobierno de Madrid no tuvo más remedio
que recurrir ante el TC la Ley del Parlamento de Cataluña de 26.09.2014 sobre
consultas populares”. Esa decisión del gobierno fue una decisión arbitraria
fruto de su propia negativa al diálogo político. La judicialización es el recurso
del cobarde que no se atreve a afrontar el problema político y que busca con
este enlodamiento aparecer como víctima de los polvos que no quiso limpiar.
La provocación política, en no pocos casos recíproca,
es el triunfo de la irracionalidad. Substituye el diálogo por la chulería. Cuando
los ciudadanos preferían un diálogo racional sus “adalides” les meten en una pendencia torpe que les arrastra a una
solidaridad “patriótica” dicho sea
en el sentido más despreciativo que quepa atribuir este calificativo, que es grande.
Analizar los errores y tontadas procesales son peccata
minuta, es perder el tiempo. Todo es un “error, un gran error” de inmensa necedad política pugnando por ser
el más necio.
Consdiera
el autor correcta la pena a “Mas y a dos de sus colaboradoras” por ”dolo
desobediente” pero reprocha al tribunal que no haya condena por “malversación de caudales públicos”. Su
argumento “para
rechazarlo es confusa, profusa y difusa” al
aplicar el principio non bis in ídem, “porque en este caso hay un concurso ideal
de delitos, desobediencia y prevaricación, y en supuestos semejantes se impone
ciertamente el delito más grave, en su mitad superior”. Luego añade: “Artur Mas tenía razón: en España la ley no
es igual para todos”. Eso es lo grave. Que se lo pregunten al Sr. Benítez ;
murió palos por los mossos. Sólo recibieron
una sanción administrativa. No fue el primero; no será el último. Eso es lo grave.
El
autor, rasga sus vestiduras y alarga sus filacterias y dice: ”insisto en que la situación de
arbitrariedad jurídica que reina hoy en Cataluña no puede continuar”. De la
arbitrariedad jurídica en España bajo
una monarquía antidemocrática, perdón por la redundancia, en cuyo seno todo
el monte es orégano donde ante la corrupción nadie en las altas magistraturas
del Estado pueda decir nada sin arriesgarse a oír “y tú más” ¿qué otra cosa cabe esperar?
Sobra
señalar “que la diputada Irene Rigau,
aunque es condenada a 1 año y 9 meses de inhabilitación, ha dicho que piensa
seguir en su puesto” porque como reconoce su autor “en cualquier caso, hay que esperar también a
la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso de Francesc Homs, que se
enfrenta a 9 años de inhabilitación por haber mantenido los preparativos de la
consulta del 9-N, pese a haber sido suspendida por el TC.
Supongamos,
espero que pese a la necedad del
gobierno no ocurra, que Cataluña se independice. La última frase “sin el cumplimiento de las leyes,
especialmente en Cataluña, no hay democracia posible, ni independencia que
valga” es un estrambote que salvando las naturales distancias es tan
ridículo como si se le hubiera dirigido a San Martín o a Bolívar.
Hasta
los más necios pueden ser capaces de ser razonables. Sosiego y diálogo bastaría.
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