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18 mar 2017

No es país para leyes

Señala Jorge de Esteban, catedrático el Derecho constitucional (“No es país para leyes”, EL MUNDO 17.03.2017) que “Artur Mas, tras conocer la sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Cataluña (TSJC), ha afirmado con toda rotundidad que “la ley no es igual para todos”. Reprocha luego esa desigualdad a “la clase gobernante” de Cataluña que cree “que la obligatoriedad de las normas, incluso las que aprueba el propio Parlament, no les concierne”.
Puede tener razón el “grupo de juristas demócratas catalanes [que] presentaron un manifiesto titulado El Derecho, al servicio de las libertades, preocupados por el cariz que está adquiriendo la vida pública en Cataluña”, pero no les oímos manifestarse  cuando se indultó a los mossos que en octubre de 2013 mataron a palos al Sr. Benítez en la comisaría ni por calificar el homicidio de “imprudencia grave profesional”. ¿Es parte de la actuación profesional el apalear a los detenidos en la comisaria para poder hablar de imprudencia?  Que la Justicia es desigual no es una conclusión; es un punto de partido; basta comparar el trato que reciben los homicidas y los corruptos, antes y después de su condena, y el que robagallinas para subsistir.
Sorprende que un catedrático diga que “no hay auténtica democracia fuera del Estado de Derecho y del imperio de la ley”. Donde no hay democracia es bajo una  monarquía, al margen de que ésta se la inventara el dictador que acabó con la democracia manu militari. Sobre todo si tiene pretensiones de serlo per saecula seculorum”. La respuesta es  “nada de amén”; es decir “nada de que así sea”. Los demócratas exigimos un Estado de derecho  donde haya democracia electiva y no la hay bajo el actual régimen nacido del de Franco, que nos devolvió al medievo con reyes hereditarios y cortes. ¡Sin democracia no hay justicia!
Censura el autor la evolución del jurista catalán, Carles Viver, recordando que fue vicepresidente del Constitucional y que decía en un trabajo de 1993: “Tanto la argumentación doctrinal mayoritaria, como la del Tribunal Constitucional que le sirve de base, se construyen a partir de la proclamación de la soberanía de los órganos centrales o generales del Estado, derivada de su condición de garantes de un interés general superior al de las Comunidades Autónomas. Éstas, en consecuencia, no serían titulares de la soberanía, sino de una autonomía política que sólo hallaría sentido en el marco de la unidad estatal”.
S. Pablo también cayó del caballo. Además no hay contradicción. La CE exige respetar al máximo la autonomía política permitiendo lo que la CE78 admite, un referendum no vinculante. La prohibición atropella el art. 9.2 CE78: “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social” y el art. 9.3.CE78 que prohíbe “la arbitrariedad de los poderes públicos” aunque se justifique con “razones”. Las “razones” sólo exigen tener imaginación.
                La judicialización de un problema político es un error hijo de la intolerancia. Las leyes están al servicio de los ciudadanos que no son sus esclavos como cree todo dictador. Recuerda el autor que “el artículo 149.1.32 de la CE indica que se necesita autorización del Estado para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum”, pero se equivoca al afirmar que “ese referéndum violaba claramente el artículo 2, que establece que “la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española”. Esa indisolubilidad ya constaba en la constitución de 1812. Aquella nación española indisoluble” tiene hoy dimensiones mucho más reducidas, pero sigue siendo indisoluble: el que se segrega deja de ser miembro de la nación española. Por tanto la secesión no contradice el art. 2. Además estamos hablando de un referendum no vinculante cuyo resultado sólo indica un deseo a favor o en contra.
                Es pues falso afirmar que “el Gobierno de Madrid no tuvo más remedio que recurrir ante el TC la Ley del Parlamento de Cataluña de 26.09.2014 sobre consultas populares”. Esa decisión del gobierno fue una decisión arbitraria fruto de su propia negativa al diálogo político. La judicialización es el recurso del cobarde que no se atreve a afrontar el problema político y que busca con este enlodamiento aparecer como víctima de los polvos que no quiso limpiar.
                La provocación política, en no pocos casos recíproca, es el triunfo de la irracionalidad. Substituye el diálogo por la chulería. Cuando los ciudadanos preferían un diálogo racional sus “adalides” les meten en una pendencia torpe que les arrastra a una solidaridad “patriótica” dicho sea en el sentido más despreciativo que quepa atribuir  este calificativo, que es grande.
                Analizar los errores y tontadas procesales son peccata minuta, es perder el tiempo. Todo es un “error, un gran error” de inmensa necedad política pugnando por ser el más necio.
                Consdiera el autor correcta la pena a “Mas y a dos de sus colaboradoras” por ”dolo desobediente” pero reprocha al tribunal que no haya condena por “malversación de caudales públicos”. Su argumento “para rechazarlo es confusa, profusa y difusa” al aplicar el principio non bis in ídem, “porque en este caso hay un concurso ideal de delitos, desobediencia y prevaricación, y en supuestos semejantes se impone ciertamente el delito más grave, en su mitad superior”. Luego añade: “Artur Mas tenía razón: en España la ley no es igual para todos”. Eso es lo grave. Que se lo pregunten al Sr. Benítez ; murió  palos por los mossos. Sólo recibieron una sanción administrativa. No fue el primero; no será el último. Eso es lo grave.
El autor, rasga sus vestiduras y alarga sus filacterias y dice: ”insisto en que la situación de arbitrariedad jurídica que reina hoy en Cataluña no puede continuar”. De la arbitrariedad jurídica en España bajo una monarquía antidemocrática, perdón por la redundancia, en cuyo seno todo el monte es orégano donde ante la corrupción nadie en las altas magistraturas del Estado pueda decir nada sin arriesgarse a oír “y tú más” ¿qué otra cosa cabe esperar?
Sobra señalar “que la diputada Irene Rigau, aunque es condenada a 1 año y 9 meses de inhabilitación, ha dicho que piensa seguir en su puesto” porque como reconoce su autor “en cualquier caso, hay que esperar también a la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso de Francesc Homs, que se enfrenta a 9 años de inhabilitación por haber mantenido los preparativos de la consulta del 9-N, pese a haber sido suspendida por el TC.
Supongamos, espero que pese a la necedad del gobierno no ocurra, que Cataluña se independice. La última frase “sin el cumplimiento de las leyes, especialmente en Cataluña, no hay democracia posible, ni independencia que valga” es un estrambote que salvando las naturales distancias es tan ridículo como si se le hubiera dirigido a San Martín o a Bolívar.

Hasta los más necios pueden ser capaces de ser razonables. Sosiego y diálogo bastaría.

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