Interesante el artículo “Contra la pena emocional” de B. del Rosal Blasco, catedrático de
Derecho Penal (EL PAIS, 08.02.2018)
Denuncia el autor que el debate de la prisión
permanente revisable ignore realidades incontestables. La primera, que, a los efectos de proteger debidamente a la sociedad de
gravísimos delitos, la vigencia de la prisión permanente revisable es
absolutamente irrelevante. Lo que hace inútil la segunda. Afirma el autor
que “no está en absoluto demostrado que
las penas de prisión que se les imponían a estos delincuentes, antes de la
reforma del Código Penal de 2015, que la introdujo, fueran de menor eficacia
intimidante” y la prueba más evidente es la realidad experimental: “su entrada en vigor no ha tenido la menor
incidencia en la reducción del número de estos delitos”.
Se sorprende el autor de la ignorancia que
tiene el ciudadano respecto a lo que significa la pérdida de libertad. “Quienes así piensan nunca han pisado una
cárcel”, dice y eso le lleva a plantear que “el debate sobre la prisión permanente revisable nos está distrayendo de
poner sobre la mesa los verdaderos problemas que padece nuestro sistema penal”
cuya ineficacia e ineficiencia denuncia, algo tan público y notorio, como su
desatención por el gobierno quizá, como dice el autor “porque las medidas a adoptar para solucionar esos problemas son
complejas, de largo plazo y, seguramente, muy caras”. Dicho de otro modo,
se pone un precio al respeto a la dignidad de las personas encarceladas.
Considera que “los argumentos que suelen utilizar los partidarios de una u otra
postura, o bien se fundamentan sobre bases estrictamente emocionales, o bien
tienen un marcado carácter ideológico. Ello hace que sus razonamientos sean
difíciles de validar o de compartir” pero, claro está, solo por quienes argumentan
con razones.
Su argumento, sin embargo, se vuelve contra él
al decir: “A los partidarios les diría
que, en un Estado democrático de derecho, las penas se justifican racionalmente
por sus legítimos fines (inhibición del futuro delincuente, reinserción del que
ya lo ha hecho) y por la idoneidad de su diseño (proporcionalidad, humanidad)
para lograr esos fines. Por tanto, no se pueden adoptar decisiones basadas en
las emociones de las familias de las víctimas, o en las emociones de ocho de
cada diez ciudadanos”. El problema es que este no es un Estado democrático
de derecho sino una dictadura monárquica que arrastra el cuño fascista de su
fundador. El dictador militar Franco.
Señala la incongruencia de que “en otros ámbitos de nuestra vida social y
económica, se critica severamente -y con razón- cómo la prevalencia de las
emociones, en la toma de determinadas decisiones, está llevando a la
irracionalidad. Y la irracionalidad conduce al fracaso, la discordia social y
al empobrecimiento económico de una sociedad” mientras que en materia
penal, “el discurso emocional, que se
suele mover en términos estrictamente vengativos, está más libre de críticas”.
Razonar exige reflexionar. Por eso cuando señala que “la venganza, en sí misma, no es un fin legítimo de la pena en un Estado
democrático” pone sin darse cuenta el dedo en la llaga. Éste no es un
sistema democrático, es una dictadura monárquica parlamentaria heredera del espíritu
de venganza propio del fascismo que la engendro. Al eliminar del curriculum
escolar la asignatura de “educación para
la ciudadanía” como base racional de convivencia, se potencia la primitiva
venganza como base de convivencia.
Recuerda
el autor la ausencia de “la menor
evidencia empírica [de] que cuanto
más larga y severa es la pena, más delitos se van a evitar, y si la pena es de
prisión por vida, mejor, porque así se tiene la certeza de que el delincuente
nunca reincidirá”. Quienes ignora esa realidad deberían proponer recuperar
la pena de muerte, única medida que garantiza
que no haya reincidencia. El progreso social, frente a este asesinato
legalizado, se basa en la “confianza en
el ser humano” pues, como dice el autor, “al extirparle de la vida social, jamás podremos comprobar si alguna vez
pudo cambiar o redimirse” algo conforme con creer que “el único factor delincuencial admitido por tal esquema es la genética
de un delincuente irredimible” ignorando que en los países donde hay
bienestar social y no pobreza y miseria y ¡sobre todo! donde desde la infancia se educa razonadamente en la convivencia se
cometen menos delitos.
La pena revisable es un fraude a la CE78; sucesivas
revisiones negativas equivalen a una cadena perpetua que es inconstitucional. Al
final del artículo dice el autor: “Es llamativo que los detractores de esta
clase de pena sean incapaces de esgrimir abiertamente estos argumentos y estén
cómodamente escondidos tras el expediente de la inconstitucionalidad” confundiendo
la naturaleza del argumento. No es procesal sino basado en el respeto a la dignidad del ser humano. Si
una dictadura no lo reconoce en su “constitución” el argumento es el mismo: es un derecho fundamental. Porque la
nuestra lo reconoce se reclama que la ley es inconstitucional.
Cuando
añade que “los estándares internacionales solo exigen, para que esta pena no sea
inhumana y degradante, que no suprima el “derecho a la esperanza”; es decir,
que, en algún momento, se valore si persisten motivos para mantener la prisión”
ignora la parte de responsabilidad de la institución que no logra la
rehabilitación. Al decir: ”este
requerimiento lo cumple nuestra Ley penal” al olvidar del nulo control de
calidad de la rehabilitación impartida por la institución castiga al penado por
un defecto del que es víctima.
Por último, es incongruencia que el autor diga “si su ejecución se atiene a los criterios
penitenciarios generales, ni es inhumana ni degradante. Al menos, no lo es más
que otras penas de prisión de larga duración” cuando antes ha denunciado
que “las medidas a adoptar para
solucionar esos problemas son complejas, de largo plazo y, seguramente, muy
caras”.
Esa falta de medidas correctas, responsabilidad
del gobierno, genera un gasto quizá mayor que lo que cuesta una rehabilitación más
eficaz. En todo caso es un atropello a la dignidad del penado, que sigue
teniendo derecho a que se respete y proteja su dignidad.
Que el PP abandere esta petición tras el
desastre electoral en Cataluña es de un populismo vomitivo propio de los
partidos de ideología fascista que no respetan al ciudadano.
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