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25 oct 2017

Las elecciones no son la solución

Interesante el artículo "Las elecciones no son la solucion" (EL PAIS, 25.10.2017) del abogado D. Alejandro Molina, porque diciendo numerosas sensateces sin embargo no creo que sus conclusiones sean correctas porque algunos de los presupuestos en los que se basan son, en mi opinión, erróneos.
Es discutible, como casi todo, que la acción exterior, atribuyéndole a España la condición de Estado “autoritario” o “represor” sea un daño al interés general o una defensa de las libertades porque la ley mordaza es el epítome de la represión "legal"; los incumplimientos de sentencias en materia lingüística en la educación tienen que resolverse con las sanciones que las leyes prevén si se incumplen sus sentencias; la desobediencia de celebrar el referéndum del 9-N deben valorarse considerando que se pudo celebrar dentro de la ley porque la CE78 lo permite pero no fue posible  porque el Presidente del Gobierno tiene la potestad de prohibirlo; otra cosa es que se financie con recursos públicos una actividad que  aunque no sea ilegítima es ilegal, lo cual no se puede admitir y para eso están los tribunales de justicia castigando la prevaricación.
Otra cosa es la huída de las empresas por una presunta inseguridad jurídica que no existe; si han perjudicado la inversión en la economía española se debe a una decisión empresarial ¡que es su derecho!
En cuanto al espectáculo de los días 6 y 7 del Parlament se puede considerar que atentó contra el interés común pero también se puede considerar que sólo fue un espectáculo; lamentable, pero no más que otros muchos habidos en el Congreso de los Diputados.
Junto a esta realidad hay que valorar la sistemática corrupción de comunidades como la de Baleares, Valencia, Madrid, incluido el PP central según reciente demostración en sede judicial por la Fiscal del caso Gürtel que no han provocado ni de lejos el más mínimo interés en aplicar el art. 155; tampoco en el caso de Andalucía donde los ERE han producido más daño social y más perjuicio al Estado dando una imagen mundial de que en "en esta España de Franco el que no roba es porque es manco" que podría parafrasearse diciendo “en esta España de los borbones el que no roba es porque le faltan ...”
Que no se proclamó la independencia es un hecho. Que hubo un mandato, aunque objetivamente inválido, lo cual es más importante a que fuera ilegal, que también lo fue, es otro hecho; que se asumió y no se puso en marcha es el tercer hecho. Que el Parlamento no puede declarar la independencia "de acuerdo con sus leyes ilegales" porque la contabilidad de los votos no ha sido correctamente refrendadas es un hecho más. Que el Gobierno no quiere enterarse de los hechos pues busca un "casus belli" es el hecho que cierra todos: la traca final
Por todo eso y más no se puede aplicar el art. 155; además  el art. 155  no permite suspender en sus funciones a nadie. El texto sólo permite: tomar "todas las medidas necesarias para obligar a aquélla [la Comunidad] al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general"; obligar a alguien a tomar unas medidas implica que ese alguien sigue en su cargo y si desobedece una orden directa se le aplica la Ley de Procedimiento Administrativo, la laboral o el Código penal antes de que pueda ser substituido. Para poder hacer lo que el Gobierno pretende el art,. 155 debió decir "todas las medidas necesarias para QUE EN aquélla [la Comunidad] SE CUMPLAN las obligaciones o para la protección del mencionado interés general". Con esta redacción una de las medidas podría ser el cese de los cargos electos que sin esta redacción sólo pueden determinar los jueces como medidas cautelares tras una querella donde se soliciten.

El Gobierno que ha judicializado la política por no haber ejercido la política debería tener cuidado con no acabar como el "alguacil alguacilado" siendo objeto de una querella por usurpar unas funciones que ni retorciendo el texto del art. 155 CE78 éste no le concede.

19 oct 2017

Pendencieros nazionalistas

Un elemental silogismo explica cuál es la situación en la que nos encontramos.
Las personas muy inteligentes resuelven sus problemas mediante un dialogo.
Los nacionalistas no son personas muy inteligentes.
Los nacionalistas no resuelven sus problemas mediante un diálogo.
                De todos modos no todo está perdido. Ser nacionalista no implica ser absolutamente zoquete por lo tanto es posible que los dos nacionalistas, Rajoy y Puigdemont lleguen a ser capaces de dialogar salvo que sigan empeñados en seguir representando el papel que hasta ahora han demostrado que saben hacer mejor: el de gallitos de sus respectivos gallineros. Pero es poco inteligente empeñarse en seguir con su papel: a sus fieles ya los  tiene convencidos, de lo que se trata es de conseguir el aprecio de las que no les son fieles porque razonan a su aire.
                Es cierto que los que no somos nazionalistas porque a fuer de republicamos somos internacionalistas y demócratas, por cuya razón no podemos apoyar las necedades de ninguno de los dos somos una minoría a la que ambos desprecian. A lo que no pestan ellos atención es que en el resto de la UE la mayoría somos republicanos y por ello demócratas y en la UE son minoría los nazionalistas segregacionistas.
                La nula voluntad a dialogar revela dos características de una actitud que es irracional; temen el diálogo porque todo diálogo puede enfrentarles a la sinrazón de sus “razones” y eso es algo que ningún nacionalista soporta; cuando eso les ocurre pasan a la agresión, es lo suyo.
                Pero hay que reconocer que el ánimo dialogal del Sr. Puigdemont fue, al menos aparentemente, superior al del Sr. Rajoy que, ensoberbecido quizá recordando a su mentor y educador Fraga se creyó que “España es mía” y sucumbió a las tentaciones que le ofrece esta dictadura monárquica parlamentaria: esconderse tras la ley en vez de ofrecer sus razones.
                Lo que hubiera podido ser un referéndum no vinculante legalmente pactado, porque la CE78 lo permitía,  se fue agriando hasta acabar convirtiéndose en un  referendum planteado como vinculante aunque ilegal que su principal tacha es que no fue sociológicamente valido porque la falta de garantías bajo las cuales logró Rajoy que se celebraran lo invalida.
                Tras las declaraciones del Sr. Puigdemont, entre las que no se encontraba la declaración de independencia sino sólo el respeto a un resultado que el sabe inválido el Sr. Rajoy demostró no ser inteligente. Debió aceptar que la evasiva de la declaración del Sr. Puigdemont era una clara no declaración de independencia, haberse sentido satisfecho por el triunfo de su torpeza y haber declarado que aceptaba iniciar el diálogo con Puigdemont en vista de que expresamente no había declarado la CE78. Con ello le dejaba una salida airosa al Sr. Puigdemont que aunque podía decir siempre que nunca dijo que no hubiera declarado la independencia, aceptaría esa solución con lo que los dos salvaban el tipo e iniciaban el diálogo de modo inteligente. Claro que eso es incompatible con ser nacionalistas.
                El requerimiento a  Puigdemont reveló la actitud nazionalistamente pendenciera de Rajoy. Como los chulos de los pueblos le reto a soplarle la paja sobre el hombro: “di íi o no, si te agreves”. Dos niños de preescolar que se quieren pegar y ninguno quiere empezar la pelea.
Naturalmente Puigdemont no le sopló la paja en el hombro pero Rajoy, creciéndose, no aceptó la carta como un segundo reconocimiento de que no había declarado la independencia. Él quería no la concordia sino la derota. Y volvió e enviar otro requerimiento ante el cual Puigdemont le contestó que no había declarado la independencia pero que eso no implicaba que no pudiera declararla en el futuro. No digo que estuviera bien, pero una persona inteligente nunca pretende humillar al contrario y tiene que saber darle una salida airosa y Rajoy no se la quiso dar.
                Pero la respuesta de Puidemont esta vez era clara “el Parlamento podrá votar la declaración formal de la independencia que NO VOTÓ EL DÍA 10 DE OCTUBRE. Ergo nadie ha incumplido la Constitución por la que se rige esta dictadura monárquica parlamentaria. En estas condiciones ¿con que burdo torpe y pendenciero argumento pretende el Sr. Rajoy enviar a la acorazada disfrazada de art 155? Decir que no le satisface no es argumento. Nadie tiene por qué contestar para agradar al Gobierno, basta declarar que NO VOTO EL DIA 10 de OCTUBRE. ¿Qué es lo que no entiende de NO VOTO EL DIA 10 DE OCTUBRE? ¿Qu´ñe es lo que no entiende de que SIN DECLARACIÓN NO HA HABIDO DELITO CONTRA LA CONSTITUCIÓN? Respecto a la advertencia sobre posibles actitudes ni siquiera merece el carácter de amenaza porque tiene el mismo carácter de advertencia. Y la advertencia no es aún delito.
         Recordemos el consejo de Cristo: “dejad que los muertos entierren a sus muertos” que en este caso es “dejad que los nacionalistas se enfrenten a los nacionalistas”. Eso hacen los del PNV, demostrando ser inteligentes; eso hará los de Podemos, demostrando esta vez ser inteligentes. ¿Qué hará el PSOE? ¿Demostrará ser inteligente o  se dejará llevar por el ronzal de los nazionalistas?
         Si Puigdemont fuera un poco inteligente, muy inteligente no puede ser porque es nacionalistas, o simplemente astuto, dejará que Rajoy se fría en su propia salsa haciendo el ridículo a nivel internacional dejando que Rajoy se cueza en su  propio nacionalismo perdiendo la pelea jurídica perdida si después de que envíe a la acorazada disfrazada de 155 no cae en la trampa nazionalista de declarar la independencia como represaría a la acorazada.
Lo elementalmente racional, eso es mucho menos que ser muy inteligente, sería que en la primera reunión del Parlamento de Cataluña se someta a votación una petición de diálogo  entre ambos gobiernos. Sólo el PP y Ciudadanos se opondrán; hay nazionalistas que además de no ser muy inteligente ni siquiera son un poco inteligentes.  Es de sup0onoer que los demás parlamentarios votaran SI.
Rajoy tendría la batalla jurídica perdida por recurrir al art. 155 cuando no hubo ningún delito de secesión; sólo hubo una manifestación, ilegal sí, pero sólo manifestación reprimida como es habitual por la FCSE siguiendo órdenes del Ministro del Interior del que dependen por la que sólo, incluso con la represiva ley mordaza de esta dictadura monárquica, sólo se pueden poner sanciones monetarias.

Pero me temo que ambos actuarán como lo que son: nacionalistas; es decir, poco inteligentes. Ahora bien ¿qué podemos decir acerca de la inteligencia de sus votantes? NADA

18 oct 2017

Los dos minotauros y su laberinto

Interesante el artículo del profesor de Derecho internacional del Prof. Jorge de Esteban “Puigdemont en su propio laberinto” (EL MUNDO, 14.10.2017) pero en la misma deriva general de muchos de sus colegas. Parte de una afirmación inconcrecta “Las cosas están así: una verdadera, pero falsa, Declaración Unilateral de Independencia que se halla en estado latente y una engañosa aplicación del artículo 155 de la Constitución”. No hubo DUI, pero si hay aplicación aunque incorrecta del art. 155 DCE78 que no está para preguntar si se dijo lo que claramente dice. Quien no quiere entender lo claro no puede endosar a nadie la responsabilidad de la falta de ánimo de entender lo evidente. Tiene razón al decir que “es absurdo preguntar a Puigdemont si realmente declaró la independencia”. Tras la respuesta de Puigdemont la pregunta el Sr. Rajoy sólo revela una vez más su infinita torpeza política.
Quizá es marxiana la firma en paralelo de una declaración de intenciones, algo legal incluso dentro de esta CE78 que dice respetar la libertad de opinión,  eso es todo lo que significa eso jurídicamente;  políticamente su valor es mayor y su sanción será objeto  del castigo propio de toda dictadura. Esperemos que no acabe trágicamente que, cabe presumir,  resulta de  todos los comportamientos ultranacionalistas, de los de ambas partes cada uno con su propia “legalidad” pero ambos carentes de “legitimidad” que es un valor moral.
Dice del Sr. Puigdemont que  “lo más grave de su actividad como político es que es un incompetente” y que es “irresponsable, por haber metido a Cataluña en un imbroglio de tamaño colosal”.  ¿Qué decir de millones de catalanes que lo apoyan? ¿Se dejan llevar por el ronzal porque son tontos que se dejan manipular? Sin descartarlo es grave acusación. Acto seguido justifica el autor que quiere la independencia de Cataluña “de forma ingenua e ilegal”.
                Que es una ingenuidad que “ un país de 500 años de existencia - una de las primeras potencias mundiales durante un siglo - quiere apoyarse únicamente en la mitad de los electores catalanes, ya que al menos la otra mitad quiere seguir siendo española, está negando el concepto de democracia, en la que no vale el empate como en el fútbol”. Los 500 años se refieren a la España actual, salvo la pérdida de la Cataluña hoy francesa y de las posesiones extrapeninsulares de Europa en Italia, Francia Holanda y Alemania que tenía Carlos i, pero España como heredera de la Hispania romana, tras la secesión de la Hispania tingitania y de parte de la Lusitania y la Narboniensis existe desde hace dos siglos no 500 años.
No cabe confundir que Corea del Norte se entere de lo que ocurre en Cataluña; es su obligación. Pero no ha apoyado su petición y tampoco el resto de la comunidad internacional; y no lo hará la UE donde nadie quiere substituir la Europa de los Estados por la de las regiones. El Califato de Córdoba fue una luz que deslumbró el medievo europeo. Desapareció cuando lo substituyeron las taifas. Además el ingreso en la UE exige la unanimidad. Previendo un  rencor ¿de medio siglo? esa sería la tardanza de Cataluña en conseguirlo.
Lo que no cabe reprochar el Sr. Puigdemont, le llega bastante con sus propias culpas,  es la “ilegalidad del pseudoreferéndum del 1 de octubre” que no “confirma aún más la incompetencia de Puigdemont y sus adláteres, especialmente su vicepresidente” sino la torpeza política del Sr. Rajoy. Pudo autorizar un referendum no vinculante pactando la pregunta, la campaña y el porcentaje para el SI. Pero lo declaró ilegal aunque era algo “legalmente constitucional” porque fue un cobarde que no supo afrontar un reto político..
La referencia al “pacto político del que nació el Estado de derecho” es falaz. Cualquier contrato firmado con la misma falta de libertad sería nulo de pleno derecho. Eso es la CE78. La convivencia en paz sólo existe a partir de acuerdos libres entre todos. Eso no justifica “romper el pacto fundacional político y situarse fuera de la ley” pero sí exige declarar el fin de lo transitorio y la necesidad de recuperar la libertad de elegir al Jefe del Estado sin cuyo requisito no hay democracia. Tener parlamento es algo que tienen también todas las dictaduras. En cuanto al primer mandamiento del Derecho no es “garantizar la seguridad jurídica legal” sino garantizar la seguridad jurídica legítima: eso exige la igualdad de derechos de todas las personas lo que es incompatible con toda dictadura sea regia militar o teocrática. Afirmar  que “la seguridad jurídica garantiza el mercado y sin mercado no hay progreso económico” es también valido para las dictaduras. La afirmación de López Burniol, “a medio y largo plazo, el incumplimiento de la ley cuesta muy caro”; que se lo digan a los asesinados por Franco durante los 3 años de incumplimiento de la ley y durante los 40 de cumplimiento de sus leyes.
Pero sí es correcto decir que “los incompetentes que quieren empobrecer Cataluña se habrán dado cuenta ya, ante la huida de los grandes bancos y empresas”. Sea o no legal el dinero apoya a la “patria” si btiene beneficios. Que se lo digan a March y a tantos otros que apoyaron a Franco. Si no apoya “el  referéndum declarado ilegal por el Tribunal Constitucional y la Junta Electoral Central” es porque ahora no ven en ello beneficios.
Reprocha el autor al Sr Rajoy su responsabilidad porque “no hizo muchos esfuerzos para evitar todo esto”, lo del 6y 7 de septiembre en el Parlament pero luego destaca el buen discurso que pronunció el pasado miércoles en el Congreso y que debía haber realizado antes del 1 de octubre, con lo que hubiese abierto los ojos a muchos”. Fue un discurso de un político cobarde escondido tras los jueces, los fiscales y las FCSE. Su eterno camino.
No vale la pena insistir en la invalidez del referéndum. Nadie lo discute salvo los independentistas y a los mesiánicos no les valen las razones; obran por sentimientos. Pero si fue ilegal y sin garantías fue porque el Sr. Rajoy lo pudo legalizar y acobardado lo ilegalizó. Quien provoca algo no pude reprochar a nadie las consecuencias de su decisión; eso es otr cobardía. Tampoco vale la pena argumentar la falsedad del derecho a la autodeterminación de los pueblos a la independencia. Nadie lo discute salvo los independentistas y a los mesiánicos no les valen las razones; obran por sentimientos.
Es cierto que “la CAMPAÑA previa al referéndum ilegal fue abusivamente a favor del sí”. Fue otra de las consecuencias de Rajoy; al ilegalizar el referéndum impidió toda oposición que hubiera podido ser acusados de “co-autores legalizadores” de un referéndum ilegal (art. 28CP). La “libertad de voto” no existió sobre todo tras la violencia de las FCSE siguiendo las órdenes de los jueces forzados por un político acobardado y matón; la denominada “traición de la policía autonómica” es una opinión que no comparten millones de catalanes. Y que conste el ánimo de hacer trampa dadas las declaraciones que constan l de que “habría que inflar los resultados para que se llegase por lo menos a los tres millones de votantes” no cabe sorprenderse. Llevamos 80 años de nacionalismo tramposo “con ánimo de perdurar”.
Es una obviedad afirmar que “proclamar la independencia de Cataluña basándose en un referéndum ilegal, según una ley suspendida por el Tribunal Constitucional y con unos resultados fraudulentos, es una broma de mal gusto”. Pero eso aunque sirva para justificar que “el Gobierno no aplique el artículo 155” es más culpable quien pudo evitar la “farsa de una vez, los dos Gobiernos, el de Madrid y el de Barcelona, estarían a la misma altura y nadie puede predecir lo que sucederá en España ante tanta incompetencia”.

En el fondo el Sr. Rajoy y el Sr. Puigdemont son tal para cual: unos manipuladores de su mismo sentimiento nazionalista, cada uno el de su parroquia, para los cuales las demás personas que a fuer de racionales no somos nacionalistas no valemos el más mínimo respeto.

12 oct 2017

Informe PISA. 2: Comprension lectora jurídica

Se cuenta una anécdota de un abogado que se propuso abrir su bufete en un pueblo pero sus amigos intentaron disuadirle diciéndole que en allí la gente se llevaba muy bien entre ellos. No les hizo caso. Al poco tiempo comprobó que sus amigos tenían razón; nadie pleiteara contra sus vecinos. Cuando llegó su cumpleaños invitó a un número nutrido de los más ricos para celebrarlo y les obsequió con un  ejemplar del código penal y otro del código civil. Pocos meses después los clientes se agolpaban a la puerta de su oficina.
Eso parece ocurrir en España. La inmensa mayoría de la población nunca leyó ha Constitución y sigue sin hacerlo pero ya todos son expertos en el art. 155 CE78. Todos, aun sin haberlo leído, proponen su uso como una cachiporra prehistórica para arremeter contra el Sr Puigdemont al que el Gobierno ha demonizado como Lucifer de ese infierno que es Cataluña.
¿Es eso legal, que es otra de las palabras que todos usan incorrectamente? Dice el art. 155: 1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
Para poder aplicar ese artículo al Sr. Puigdemont, ¿o es para poder atizarle con ese artículo?, es necesario cumplir con muchas condiciones.
Primera: el gobierno tiene que apreciar que una comunidad autónoma no cumple con las obligaciones que la constitución u otras leyes le imponen.
Ese artículo no autoriza legalmente al Gobierno a requerir al Sr. Puigdemont que diga que significa lo que diga. Ya lo decían los romanos “verba volanta scripta manent”. El art. 155 sólo le autoriza, si aprecia que se ha cometido algo ilegal a informarle que aprecia que se está cometiendo algo ilegal y a requerirle que atienda su requerimiento, es decir, que le conteste.
También puede seguir haciendo lo que ha hecho hasta ahora, denunciarlo ante los tribunales y que estos, previas las diligencias oportunas decidan lo que proceda.
Segunda. el gobierno tiene que hacer un requerimiento al Presidente de la Comunidad.
El texto no dice expresamente qué requerimiento tiene que hacerle pero dad la condición primera tendrá que requerirle que:
1.- deje de incumplir las obligaciones que el gobierno ha apreciado que no cumple, lo que exigirá que el Gobierno precise qué obligaciones aprecia que incumple;
a.- sean obligaciones establecidas por la CE78
b.- sean obligaciones impuestas por otras leyes
2.- deje de actuar de forma que atente gravemente al interés general de España, lo que exigirá que el Gobierno precise:
                a.- qué actuaciones atentan contra el interés general de España
b.- por qué esas actuaciones atentan de modo grave. Obsérvese que si ese atentado contra el interés general de España fuera leve, concepto jurídico gravemente indeterminado, no se podría aplicar el artículo 155 CE78.
3.- luego tiene ocurrir que el Presidente Puigdemont no atienda el requerimiento. Atender el requerimiento es una expresión confusa que permite dos interpretaciones:
                a.- contestar a lo requerido señalando:
.                              i.- que nadie incumple sus obligaciones 
ii.- que nadie atenta contra el interés general de España
iii.- que nadie atenta gravemente contra dicho interés general de España
                b.- contestar a lo requerido señalando
i.- que se ha verificado que es cierto que alguien ha incumplido o atentado gravemente,
ii.- que, naturalmente, se van a tomar medidas para que eso deje de ocurrir
                Tras esta previsible respuesta, cualquiera de ambas, se habría cumplido con la atención al requerimiento y por tanto tampoco se podría aplicar el art. 155.
En el peor de los casos, en el de la divergencia de pareceres, como se decía respecto al Gobierno de Franco, respecto a si hubo o no incumplimiento o atentado grave contra los intereses de España, se trata:
a.- en el primero de los casos de un punto de vista legal sobre el que los tribunales tienen competencia y que por tanto, acabaría judicializad esas divergencia de pareceres, una vez más al no dársele una solución política pactada,
b.- en el segundo de los casos de un punto de vista político-económico que, salvo ante evidencias objetivas inequívocas exige la aplicación del Principio General de Derecho in dubio pro reo.
                No obstante, en el caso más favorable para el Gobierno, para que pueda tomar determinadas medidas tendría que cumplir otros compromisos:
1.- exponer ante el Senado las medidas que propone
2.- justifica que son necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
3.- conseguir que el Senado las apruebe por mayoría absoluta, lo cual es lo único sencillo de todo el proceso.
Los requisitos para aplicar el art. 155, dejando aparte la cuestión de los plazos procesales, no termina ahí. Su apartado 2 exige: Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
Ahora bien cuando en el art. 155.1 se refiere a “aquella” se refiere a la Comunidad y cuando en el art. 155.2 se refiere a la ejecución de dichas medidas quienes las tienen que ejecutar son todas las autoridades de las Comunidades Autónomas. Claro que todo eso es sólo en el caso de que el Gobierno, tras cumplir todos los requisitos señalados más arriba,  les dé instrucciones; obsérvese que el texto constitucional dice podrá, por lo tanto no le obliga.
Ojalá, ya que no han entendido la traducción al castellano de lo que ayer dijo el Sr. Puigdemont, sepan entender lo que dice el art. 155 CE78. Sería “demasié para mi body”, que diría un castizo madrileño habiendo tantos licenciados en derecho como hay en su gobierno.
Por cierto, aquí estamos ante una situación contenciosa. En ella se está acusando de modo indirecto al Sr. Puigdemont de cometer ilegalidades; de hecho se han presentado denuncias, o se van a presentar querellas contra él acusándole de delitos gravísimos como el de sedición. En tal caso la pregunta del Gobierno pidiendo aclaraciones sobre el significado de lo declarado ayer en el Parlament el Sr. Puigdemont, confesando asi que no entiende el castellano - ¿no dice el art.  tiene todo el derecho porque todo el mundo tiene derecho “a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia” (art. 24.2 CE78).
El Gobierno intenta aparecer ante los ojos de los súbditos de Felipe VI como defensor de los pocos derechos que nos reconoce la CE78; debería procurar no violarla como ha hecho. . pregunta formulada al Sr. Puigdemont no pueden tener respuesta por dos principales razones:
1.- La primera es de naturaleza material: lo dicho es inequívocamente claro. ¿No obliga acaso al gobierno el art. 3.1CE78: Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
2.- La segunda  es de naturaleza procesal: el art. 155 no le permite a formular esa pregunta
3.- La tercera es de naturaleza de derecho humano: lo prohíbe el art. 24.2 CE78; sobre todo:
a.- a la vista de las amenazas que distintos miembros del Gobierno han proferido directa o veladamente contra él y
b.- a la vista de las veladas amenazas de muerte de que ha sido objeto por distintos y cualificados miembros del PP, aunque luego con la boca pequeña lo hayan negado. , Si esa negativa es verdad, y no una mentira para protegerse tras cometer un delito de amenazas, debería declararlo en sede judicial que es lo que debería exigir el Sr. Puigdemont presentando una querella contra esos “valentones”.
Sr. Rajoy, mi recomendación después de su decisión de ilegalizar el referéndum no vinculante cuya realización se le solicitó conforme establece la CE78 y que Vd. denegó, engañando luego a la mayoría de los españoles haciéndoles creer que lo denegaba porque la CE78 lo prohibía lo que es falso, es que sigan sin hacer nada y leyendo el MARCA.  
No dude que será lo mejor para los intereses de España. Bastante en ridículo ha quedado tras prohibir lo que la CE78 permitía y al mentir ante todo el mundo diciendo que los apaleamientos y violencias producidas el 1 de octubre, que todos vieron, fueron actos proporcionados y que no hubo votaciones en el referéndum tal y como habí

Informe PISA: 1 Comprensión lectora común

Según las últimas declaraciones contenidas en el informe PISA la posición de los estudiantes de españoles en cuanto a su comprensión lectora los arroja al pozo del 25º lugar en 2015 si bien se ha producido un claro incremento en su valoración en los últimos años. Sin duda los efectos de una política no son inmediatos sino que tiene un decalaje que podemos estimar en un par de años.
Es obligado considerar que con el Sr.  Aznar siendo Ministro de Educación el Sr. Rajoy se estaba en plena caída. Tras ganar las elecciones en 2004 el Sr. Zapatero el decalaje de los dos años nos llevó al fondo del pozo en 2006. Su cambio de política educativa empezó a producir sus efectos, la comprensión lectora mejora desde entonces año tras año e incluso lo hace pese a que el Sr. Rajoy volviera al poder.
En estas condiciones sorprende que se hable de confusión que los media y la reconozcan la inmensa mayoría de los políticos respecto a las recientes declaraciones del Sr. Puigdemont. Quizá si se lo preguntaran a sus hijos, a los que son objeto del informe PISA les podrían explicar lo que ellos no entienden, sin perjuicio de que no quepa descartar que no lo quieran entender.
Sólo un programa, el de humor del Intermedio parecen entender lo que se dijo, de ahí que lo explicaron con harto cachondeo, que es lo suyo.
Me permito explicarlo aunque más en serio. Dijo el Honorable President: “Asumo el mandato del pueblo de que Cataluñá se convierta en un Estado independiente en forma de República”. La acción tomada por el Sr. Puigdemont está condicionada por el significado de ambos verbos y por el tiempo verbal en que se usan.
Asumir, por si la falta de comprensión lectora deriva de ignorar el significado de esta palabra, significa tomar para sí, hacerse cargo, responsabilizarse de algo, en este caso del cumplimiento del mandato que considera que ha hecho válidamente el pueblo de Cataluña.
Asumo es verbo que está en presente de indicativo; me permito recordar a los que no dicen que no entienden el texto del Sr. Puigdemont, fruto de una previsible situación de deficiente comprensión lectora,  que ese tiempo de verbo indica que la acción ocurre en el mismo momento en el que se declara.
El verbo convertirse, empleado en forma reflexiva, significa que el sujeto al que se refiere muda de un estado o situación a otro de otra naturaleza, sea ésta la que sea. A título de ejemplo tomaremos el de la Srª Botella, inolvidable alcaldesa de Madrid: las peras cambian de estado de verdes a maduras y finalmente al estado de podridas, algo que les ocurre también a manzanas, que también mudan su estado de verdes a maduras y finalmente a podridas. Ello no impide, como recordó ella, que se pueden confundir las peras con las manzanas aunque ambas sean frutas. Se convierta, el sujeto es Cataluña, es verbo que también está en presente pero en este caso de subjuntivo; este tiempo de verbo indica una acción  que aunque en ocasiones puede tener valor imperativo en oraciones subordinadas después de ciertas expresiones indican una acción futura. Así, siguiendo con el mismo ejemplo se puede asumir que las manzanas están verdes y que se conviertan en maduras o incluso que se conviertan en manzanas podridas. Lo mismo cabría asumir de unas peras verdes y que se conviertan en maduras e incluso que se conviertan en peras podridas. Pese a ello como en el ejemplo anterior las peras en sus tres estados siguen siendo peras y las manzanas siguen siendo manzanas sin que puedan confundirse como didácticamente recordó la Srª Botella.
Para que no hubiera duda, porque Es cierto que muchas personas interpretaron mal esta frase, pero quedó perfectamente aclarada con la siguiente: Propongo que el Parlament suspenda los efectos de la declaración de independencia para que en las próximas semanas emprendamos el diálogo. Se trata de nuevo de una serie de acciones identificada por diversos verbos en diversos tiempos verbales con lo que todo está bien claro.
Propongo, no creo necesario  explicar que significa, al estar en presente de indicativo  quiere decir, como ya sabemos, que lo que propone lo está proponiendo en el mismo momento en que lo dice.
El siguiente verbo, suspenda, y tampoco creo necesario  explicar que significa, al estar en presente de subjuntivo; por tanto, como ya también sabemos tiene un efecto de futuro. Por eso no propuso que el parlamento lo suspendiera en ese momento sino que ni llegó ni a proponer que votaran si aceptaban o no su propuesta hecha en presente de indicativo.
Llegado a este momento todos los oyentes catalanes que había interpretado mal su primera frase se dieron cuenta de su error en la interpretación del significado de la primera frase; es frecuente confundir lo que se dice con lo que se desea oír. Pero para que no cupiese la más mínima duda - hay gente a la que hay que repetirle las cosas varias veces para que las entienda  - o bien como justificación de su propuesta el Sr. Puigdemont añadió para que en las próximas semanas - es pues evidente su sentido de futuro cuya proximidad estima que será de algunas semanas sin precisar cuántas - emprendamos el diálogo. Aquí emprendamos es homónimo del imperativo y del presente de subjuntivo lo que no es ninguna incongruencia.
Una vez más el Gobierno¡ nos sume en una inmensa vergüenza - y es que no logra terminar de acostumbrarnos - cuando hoy le envía una carta al Sr. Puigdemont preguntándole qué significa lo que ha dicho revelando así que su incomprensión lectora esta por debajo del nivel de la enseñanza obligatoria
Hay cursos acelerados de alfabetización de adultos para resolver estos problemas. Además se supone - mientras no se demuestre lo contrario - que al menos el Ministro de Educación sabrá entender el castellano; no estaría de más que también entendiera el catalán  - que tampoco es otra cosa más que un latín mal hablado pero de otro modo - pero en cualquier caso siempre puede pedir una traducción jurada. Más aun en la Real Academia de la Lengua seguro que cualquier académico, o los lingüistas que los asesorarán, podrán explicarles con más autoridad que lo he hecho yo el significado de esta frase que encuentran tan ambigua y cabalística no siéndolo.

Si yo fuera el Sr Puigdemont le mandaría como respuesta el texto cuatrilingüe en catalán en versión original subtitulada en vasco, gallego y castellano y también en inglés y francés que son idiomas que al menos el Ministro de Asuntos Exteriores conoce.

11 oct 2017

Vamos a contar mentiras. 7/7. La libertad, amigo Sancho, ...

“Llaneza, muchacho, no te encumbres, que toda afectación es mala”, dijo Cervantes. Hablaré de tú a tú como corresponde al laconismo democrático de nuestro estilo  republicano, 
Sigue el sermón diciendo: y así debemos seguir ese camino, con serenidad y con determinación. En ese camino, en esa España mejor que todos deseamos, estará también Cataluña. Espero el fracaso de este pronóstico. El mío es que con serenidad y con determinación seguiremos otro camino, el de la recuperación de la libertad y de la democracia dentro de la cual todos, salvo los amigos de la dictadura, nadie se sentirá incómodo ni maltratado, que es lo que ocurre bajo las dictaduras. Claramente lo dijo D. Quijote y siempre ese ha sido el ánimo que ha movido a los españoles decentes: "La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos, con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida y, por el contrario, el cautiverio es el mayor mal que puede venir a los hombres."
Por eso me apena el epílogo, no por previsible menos triste, de su sermón: Termino ya estas palabras, dirigidas a todo el pueblo español, para subrayar una vez más el firme compromiso de la Corona con la Constitución y con la democracia, mi entrega al entendimiento y la concordia entre españoles, y mi compromiso como Rey con la unidad y la permanencia de España. No cabe un epílogo más lleno de falsedades.
La "corona" sólo ha tenido un compromiso con la dictadura de Franco: negar el derecho a los españoles a elegir de modo libre, periódico y democrático al Jefe del Estado. Ése compromiso fue el que juró su papá, a él añadió el de seguir privándonos de todos los demás derechos de que la dictadura militar nos había privado durante años ahora disfrazada de monárquica como si cambiara así su naturaleza dictatorial. Al derogarse las leyes fascistas su papá siguió  fiel al juramento que mantiene la actual CE78 en su esencia: prohibir que los españoles podamos ejercer nuestro derecho de elegir libre y periódicamente de modo democrático al Jefe del Estado. 
Su juramento de la CE78 es más de lo mismo. Vd. al jurarla mantiene el “atado y bien atado” del compromiso heredado de su papá. Vd. sigue empeñado en prohibir que los españoles podamos ejercer nuestro derecho de elegir libre y periódicamente de modo democrático al Jefe del Estado. Con lo cual Vd. es tan culpable como su papá. Me creo que Vd. esta dispuesto subrayar una vez más el firme compromiso de la Corona con la Constitución. Solo así es Jefe del Estado lo cual  es un compromiso incompatible con la democracia. La "corona" gracias a la Constitución “atada y bien atada” mantiene el compromiso que su papá le juró a Franco y que Vd. mantiene: los españoles mientras exista la corona franco-borbónica jamás podremos  ejercer nuestro derecho de elegir libre y periódicamente de modo democrático al Jefe del Estado.
Algunos catalanes, bien que por un camino erróneo, en mi opinión, han reivindicado ese derecho legítimo porque emana de la libertad que es inherente al ser humano. De la libertad  nace la soberanía individual, a única legítima,. Una soberanía que se ejerce de modo instrumental desde las distintas colectividades de las que es parte cada persona libre. Cada vez es más urgente recuperar ese derecho que Vd. nos sigue negando. Es urgente que lo ejerzamos de modo conjunto, libre, periódico y democrático todos los españoles, no sólo los catalanes, que ese fue el error de su planteamiento. Ése fue  el camino que ya recorrimos una vez en paz y tranquilidad en 1931! hasta que lo interrumpió el golpe de Estado ilegal e ilegítimo y posterior genocidio del dictador militar que de modo también  ilegal, aunque legalizado, e ilegítimo previo juramente hizo a su papá su heredero de su dictadura .
         Vd., que no cometió ningún delito como hizo su bisabuelo, no tiene por qué irse de España huyendo de la acción de la justicia. Vd. tiene todavía una doble opción de ser Jefe del Estado:
1.- ser Jefe del Estado elegido por nosotros, el pueblo español en el que reside la soberanía de donde emanan todos los poderes del Estado (art. 1.2 CE78), por nuestra libre y democrática decisión de modo periódico o
2.-  ser Jefe del Estado en virtud del nombramiento ilegítimo por no democrático que hizo en favor de su padre el dictador y genocida del que Vd. mantiene la continuidad y su ilegitimidad dando así cumplimiento al juramento que le hizo su padre.
          Ojalá no se siga equivoque de nuevo y se aplíquese a llevarla a cabo porque  debemos seguir ese camino, con serenidad y con determinación. En ese camino, en esa España mejor que todos deseamos, estará también Cataluña. Cambie, pues y elija el camino democrático.

10 oct 2017

Presunción de inocencia

El delito de sedición lo  tipifica el art. 544 CP: Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
No creo que se pueda acusar de su comisión al Sr. Puigdemont aún si declarara la independencia unilateral de Cataluña. En el CP no cabe la interpretación analógica y extensiva válida en asuntos civiles (art. 4.1 CC). La interpretación debe ser rigurosa como dice el art. 3.1 CC: “Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras ...” y dicen el art. 4.1CP: Las leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas y el art. 4.2 CC: Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas. Y todo ello respetando el Principio General de Derecho “in dubio pro reo” respetando el valor de “ultima ratio” del Código Penal que de modo genial expresa el brocardo “es mejor cien culpables en la calle que un inocente en la cárcel”.
Alzamiento es sinónimo de sublevación, palabras ambas que tiene connotaciones militares y de violencia. Desde un punto de vista etimológico, como la mayoría,  procede del latín, la forman el prefijo sub (debajo) y el verbo levare (elevar). De modo genérico significa elevarse por encima de algo que esté presionando para impedirlo. En este sentido si se considera que la “legalidad” catalana estaba bajo la “legalidad” de la CE78 y que ésta la presionaba impidiéndole declararse independiente cabría calificar esa declaración de alzamiento. Ambas “legalidades” están bajo la “legitimidad” que eso es lo que exige el art. 7.1 CC: Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe. Sin ella la legalidad es una atropello del poder, sea éste el que sea.
La CE78 no prohíbe la secesión. Supongo que esa afirmación sorprenderá a muchos que creen que la prohíbe el art. 2CE78: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Este artículo es declarativo  y no prohibitivo y como tal hay que entenderlo vista la realidad experimental que nos ofrece la historia.
Desde que hay constituciones todas han sido violadas o modificadas en paz. Ello no ha impedido la permanencia de la patria común e indivisible de todos los españoles como su elemento identificador; aunque sean menos en número y sea más pequeño su territorio lo que queda sigue siendo España. Lo secesionado, territorios y personas, ha dejado de ser parte de la indisoluble unidad de la Nación española porque ésta no hay más que una.  España y los españoles, sin embargo, siguen existiendo. En algunas constituciones del S. XIX se indicaba expresamente qué territorios eran España; cuando dejaron de serlo y  se firmaron tratados de paz con los ex -españoles secesionados nadie se molestó ni en cambiar el texto.
Por referirnos sólo a los S. XIX y XX ahí tenemos el ejemplo de toda América, Filipinas, las islas Carolinas, las de Guam y demás del Océano Pacífico, la Guinea Ecuatorial Gibraltar y Menorca (devuelta por los ingleses la reconquistan en el verano en festivas noches bacanales) o la más reciente secesión la Provincia del Sahara como declaró ejerciendo las funciones de Jefe del Estado el heredero de Franco que luego sería Juan Carlos I de Borbón y Franco. Y ahí termina todo lo que declara el art. 2 que, por lo tanto, nunca podrá incumplirse.
Para que haya delito de sedición el alzamiento, si es que existe, debe cumplir muchos más requisitos que tampoco se dan entre ello producirse de modo público y tumultuario. Si el Sr. Puigdemont declara la república catalana independiente lo hará sin duda de modo público pero lo hará tranquilamente, al no cumplirse con el requisito de hacerlo de modo tumultuario no se le puede acusar de ese delito.
Tumulto (RAE) es un motín, confusión, alboroto producido por una multitud y el Sr. Puigdemont no es una multitud; es una persona individual aunque represente a todos los catalanes incluidos, mal que les pese, a los que están en total y absoluto desacuerdo con su política: Son unos ciudadanos que “legítimamente” pueden decir “no nos representa”, aunque “legalmente” sí los representa. Hace poco se dijo lo mismo ante el Parlamento español.
Para que ese “alzamiento” sea delito se tiene que hacer “por la fuerza” y hasta ahora nadie puede reprochar al Sr. Puigdemont el ejercicio de la violencia. Todas sus actuaciones se han planteado dentro de la “legalidad”, aunque no todos opinen lo mismo. Aunque el TC la haya suspendido preventivamente  tienen que pronunciarse los jueces únicos competentes para determinar si se respetó o no la “legalidad”. Hasta entonces el Sr. Puigdemont tiene la presunción de inocencia, como todos aunque muchos amigos de la ley de Lynch se la nieguen.
Queda la alternativa de que el presuntamente inexistente alzamiento se produzca “fuera de las vías legales, Como decimos hay interpretaciones distintas; el Sr. Puigdemont y quienes le apoyan reclaman la “legalidad” de su actuación aunque muchos reivindican su “ilegalidad”. Sobre este asunto cada uno puede tener su legítima opinión, pero la única opinión “legal” será la de los jueces; no la del Gobierno, ojalá también sea “legítima”..
Además una vez se acredite que hubo fuerza o ilegalidad, tiene que haberse aplicado a impedir la aplicación de las leyes. Eso está en discusión;  el Sr. Puigdemont reivindica que está aplicando las leyes, cierto que con el argumento de que está aplicando las leyes legítimas porque las leyes ilegítimas, por su propia definición, no son leyes son un atropello de los derechos. Sobre esto también hay discrepancia de pareceres, como se decía bajo Franco, sobre la que tendrán pronunciarse legalmente y legítimamente los jueces.
También, si se acreditara que hubo alzamiento y fuerza o ilegalidad, habría delito de sedición si impidiera a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones. Hasta ahora no se tiene noticia de que haya impedido nada a ninguno de esos sujetos el legítimo ejercicio de sus funciones. Y de nuevo hay que prestar atención a esta palabra. El delito de sedición exige impedir el  ejercicio legítimo de sus funciones, no el ejercicio legal; legitimidad y legalidad no son siempre conceptos coincidentes.
Claro que también habría delito si impidiera el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales. Hasta ahora, sin embargo no se ha impedido el cumplimiento de sus acuerdos. Cierto que se le puede reprochar que él no los ha cumplido pues ha ignorado la suspensión temporal por el TC de las leyes pro independencia, pero eso no es un delito de sedición sino que sería un delito de desobediencia, que es otra cosa.
El encizañamiento que unos pocos desde los ámbitos de poder enfrentados han ido creando un ánimo de linchamiento en parte de la población atropellando la presunción de inocencia. Eso se manifestó en la pacífica manifestación del domingo donde hubo gritos de Puigdemont a la prisión que a algunos, mutatis mutandis, nos recodaron aquella misma rima vulgar de Tarancón al paredón, quizá pronunciadas ambas por los mismos ciudadanos. Las circunstancias¡, sin embargo, han cambiado. El propio Sr. Borrell hizo callar a los linchadores con la autoridad moral que ostentaba y contó con el apoyo general de los manifestantes porque los españoles, en nuestra inmensa mayoría, somos gentes pacífica; ¡muchísimo!
Al Sr Puigdemont se le puede acusar e interponer una querella acusándole de haber cometido un delito de sedición. Si tal cosa ocurre el juez debería desestimarlo. Yo no soy juez pero hay razones para desestimar la denuncia o la querella. Vd., que tampoco es juez, puede estar de acuerdo o no; en este último caso le agradecería me explicara sus razones; no descarto, ¿quién puede hacerlo?, que yo me haya equivocado.

Otra cosa sería si la acusación fuera por haber cometido un delito de desobediencia. En ese caso yo, recordemos que no soy juez, sí vería elementos que justificarían su admisión y la práctica de diligencias preliminares antes de tomar la decisión de admitirla teniendo en cuenta el art. 6.4 CC: Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir en relación con el art. 7.1 CC: 

Vamos a contar mentiras. 6/7 Sobran las grandilcuencias

Y al conjunto de los españoles, que viven con desasosiego y tristeza estos acontecimientos, les transmito un mensaje de tranquilidad, de confianza y, también, de esperanza. ¡Pues vaya! Con mensajes así no hace falta que nadie venga a desasosegarnos ni a entristecernos, ya estamos servidos. Si alguien esperaba quedar tranquilizado se habrá sentido frustrando, en cuanto a la confianza la tenemos en los políticos electos más que en los no electos, en los políticos inteligentes más que en los torpes, en los políticos demócratas más que en los herederos y continuadores de la dictadura militar. Es cómico que estos acusen a nadie de ser autores de un golpe de Estado cuando sólo han provocado un golpe a nuestras conciencias democráticas a la vista de cómo va el país sobre todo tras la promulgación de la ley mordaza. Su aplicación en Cataluña fue sin duda “legal”; sus impulsores dicen que fue “moderada y proporcionada”. Me imagino la violencia  interna que habrán sufrido los  miembros de las FCSE que sean demócratas y por ello decentes. A nadie bien nacido le puede   gustar apalear a los ciudadanos que son los soberanos que le pagan para proteger sus derechos no para apalearles cuando los ejercen bien o mal que para eso está el juez.
Son momentos difíciles, pero los superaremos. Son momentos muy complejos, pero saldremos adelante. ¿Se puede ser más vulgar y decir más naderías como cualquier diputado del PP? Claro que se saldrá adelante, el problema es cómo se sale y qué precio se paga. En 1936 se salió adelante, pero el precio todavía lo estamos pagando. ¿O es que no sabe que el tiempo es la única magnitud física que no tiene valores negativos?
Porque creemos en nuestro país y nos sentimos orgullosos de lo que somos. Yo en cambio no creo en los países, ese tipo de creencias son asquerosamente nacionalistas y acaban, si no nacen, de ideologías fascistas y totalitarias por lo que mi rechazo es total contra lo que ellas han engendrado. Yo creo en la sensatez del ser humano que rechaza el mal ejemplo de quienes se dedican a la política de modo no democrático, que defienden la desigualdad de los derechos de las personas, que no aceptan ser elegidos por los ciudadanos a los que, en consecuencia, convierten en súbditos. Yo me siento orgulloso de ser demócrata pero no me siento satisfecho de vivir en una dictadura monárquica parlamentaria de la que, eso sí, saldremos adelante.
Porque nuestros principios democráticos son fuertes, son sólidos. Sus principios podrán ser democráticos pero su realidad no lo es. Su Jefatura del Estado no procede como falsamente dice el art. 1.2CE78 de la soberanía del pueblo de la que emanan todos los poderes del Estado, porque su poder como Jefe del Estado, que es un poder del Estado, no emana de los ciudadanos as los que se nos sigue prohibiendo elegir al Jefe del Estado libre, democrático y periódicamente que es lo que ocurre en la democracias. Su poder no es democrático; emana de su papá, que emano de un dictador militar y golpista, que ya no se puede caer más bajo.
El Título II de la CE78 franquista es un “contradiós” de todo el Título I que es donde están los Principios Fundamentales que están CE78 no respeta. El art. 14 CE78 prohíbe toda discriminación por razón de nacimiento y por cualquier otra causa personal o  social .Sui él es Jefe del Estado es por una discriminación frente a 47 millones de personas inventada por el dictador militar que dio un golpe de Estado al que siguió un genocidio contra la última constitución democrática que tuvimos y logramos en paz y armonía: la de 1931

Y lo son porque están basados en el deseo de millones y millones de españoles de convivir en paz y en libertad. Así hemos ido construyendo la España de las últimas décadas. La primera afirmación es cierta; el deseo mayoritario de los españoles es convivir en paz y en libertad, pero para eso necesitamos recuperar la libertad de la que se privó a nuestros padres, abuelos o ya bisabuelos y se nos sigue privando porque no se nos permite elegir al Jefe del Estado de modo libre periódico y democrático. Pero no es cierto la segunda, porque la paz en la que vivimos está pagada con la falta de libertad y democracia que se nos impuso cuando el dictador que inventó un reino y designó un rey lo dejo todo “atado y bien atado”.