Recordaba el expresidente
González en su defensa de los inicuas acusaciones de que había sido objeto
Serrat que ambos habían estado juntos en Barcelona en una manifestación
gritando LIBERTAD, AMNISTÍA Y ESTATUTO
DE AUTONOMÍA. Fue un recordatorio digno.
Me gustaría volverlo a ver manifestándose
de nuevo en Barcelona volviendo a gritar: a LIBERTAD, AMNISTÍA Y ESTATUTO DE AUTONOMÍA. Mutatis mutandis, desde la promulgación de la ley mordaza es
necesario volver a reclamar LIBERTAD y
no sólo a la vista de las cargas brutales
por su desmesura que en la línea de Fraga
“la calle es mía” practicaron por orden de sus superiores políticos las FCSE el
1-O sino a todas las que en Valencia y Madrid revistieron igual talante franquista
porque la fruición no era en nada distinta a la delos grises.
El grito de ANMINSTÍA es
igualmente oportuno porque la desmesura judicial tras la que se oculta un
gobierno incapaz de gobernar y dar satisfacción a los españoles, ¡a todos!,
exige que determinadas prisiones y querellas desaparezcan cuanto antes puedan,
lo que desgraciadamente no puede ocurrir hasta que sean “condenados” quienes no
lo hubieran sido en otra parte, p. ej. en el Reino Unido, por citar otra dictadura
monárquica pero tampoco en un país democrático como Canadá y ello sin olvidar a
Francia que acaba de autorizar la celebración de un referéndum para la secesión
en Nueva Caledonia.
También procede el grito de ESTATUTO DE AUTONOMÍA porque el “Estatut”
aprobado por el “Parlament” y luego por el Congreso fue cercenado por actuación
del PP en el TC.
El Prof. Pérez Royo (Este país
apesta a franquismo, eldiario.es) nos recuerda la incompetencia de la Audiencia Nacional para
instruir y juzgar unas conductas presuntas de delitos de rebelión tras la
tajante decisión del Pleno de los Magistrados de la Audiencia Nacional (Auto
34/2008, de 02.12 “el delito de rebelión nunca ha sido competencia de
esta Audiencia Nacional”. ¿A qué jugamos?
El Prof. Pérez Royo ve semejanza entre las
actuaciones de la Audiencia Nacional y el Tribunal de Orden Público, dicho con
todo respeto a quienes sufrieron sus “ilegítimas” pero “legales” sentencias
ahora que todos manipulan ambos conceptos con claro fraude de ley.
Tomo como referencia la opinión
del Fiscal Jefe que al hilo de la discusión sobre la Ley de Amnistía de 1977
dijo “No debe olvidarse, por último,
para quienes cuestionan la vigencia de la ley de Amnistía - mediante su
equiparación a las leyes de “Punto Final” y “Obediencia Debida” promulgadas en
la República Argentina en 1986 y 1987 durante el Gobierno “Alfonsín”, o a otras
normas de similar naturaleza adoptadas en otros países como Chile o Perú,
claramente ilegales a juicio de la Corte Interamericana de Derechos Humano que
mientras éstas últimas pueden ser calificadas abiertamente como “leyes de
impunidad”, al haber sido dictadas –y en gran medida impuestas bajo la amenaza
de golpe militar- con la finalidad de evitar la persecución penal por los
gravísimos crímenes perpetrados por los aparatos del Estado durante la
Dictadura militar del período 1976-1983 y eximir de responsabilidad a sus
partícipes, la ley de Amnistía fue, en todo su proceso de gestación y
aprobación, una exigencia de las fuerzas políticas democráticas, ampliamente
respaldada por la sociedad española, y aprobada por las Cortes nacidas de las
primeras elecciones democráticas celebradas el 15 de Junio de 1977, las mismas
Cámaras parlamentarias que redactaron y aprobaron la Constitución de 1978.
Resultaría, pues, un absoluto disparate jurídico cuestionar la legitimidad de
origen de esa norma y, lo que es peor, atribuirle el estigma de “ley de
impunidad”. Que la situación era parecida lo demostró el 23-F de 1981. Los
golpistas amnistiados pretendieron otro golpe de Estado ahora contra la CE78
franquista que había engendrado la ley de Amnistía, por ser una constitución
insuficientemente franquista.
Entonces no sólo la Plataforma
por las Víctimas de las Desapariciones Forzadas del Franquismo manifestó su “desacuerdo absoluto con (la decisión de la
Sala de lo Penal de la Audiencia) y con el posicionamiento de la Fiscalía que
en lugar de perseguir a los criminales lo hace con las víctimas, que con estas
decisiones, vuelven a ser agredidas
una vez más” sino que instituciones como Amnistía Internacional llegaron a
manifestar que “difícilmente podrá el
Ministerio Fiscal ejercer el rol de garante de los derechos de los ciudadanos
-a obtener justicia y reparación- y a satisfacer los interés de la sociedad
-que no queden impunes los responsables de delitos graves de derecho
internacional- si no sólo no actúa de oficio sino que, en sus actuaciones,
promueve interpretaciones de las leyes que impiden investigar los delitos que
se denuncian y que llevan a perpetuar mecanismos de impunidad, obviando y
quebrantando el derecho internacional”.
Lo correcto sería una ley de amnistía promovida
por todas las fuerzas políticas, con la previsible excepción de los partidos
franquistas, para salir del berenjenal en el que nos ha metido un Gobierno que
tuvo miedo a autorizar un referendum que la CE78 permite y, más aúin, encarga a
los poderes públicos que fomenten su existencia (art. 9.2 CE78. Aquí si que
serían válidos los argumentos del Fiscal Jefe porque no hay ningún ejército golpista
que presione al Gobierno para que los indulte por el genocidio llevado a cabo y
tampoco hay ningún riesgo de que los amnistiados intenten un golpe similar al
del 23-F.
La Constitución española no hace
referencia expresa alguna a la amnistía pero no es menos cierto que no existe
precepto alguno que prohíba su concesión e acuerdo con el Principio General de
Derecho todo lo que no está prohibido
está permitido.
Por ello, y para dejar de ser un
escándalo internacional, sería conveniente que los partidos más progresistas
del Congreso ¿existe alguno? Apadrinaran esta idea y consiguieran que los
demás, aunque sólo sean ligeramente progresistas lo apoyara. Cabe esperar la oposición delos partidos
pro-franquistas pero están en franca minoría.
Sería una fórmula que permitiría
compensar el disparate cometido por el Senado. Se trata de la cámara que
gracias a una ley electoral fraudulenta, no
respeta el principio una persona un voto,;
el voto de un canario de la isla de Hierro vale nada menos que 64 veces más
que el voto de un madrileño. Gracias a este fraude el Senado no representa el pueblo español sino al PP que teniendo
menos votos tiene la mayoría de senadores.
El Congreso, aunque víctima también des ese mismo fraude
de Ley electoral, sufre menos el atropello al principio una persona un voto.
Aquí el voto de un soriano “solo” vale 6 veces más que el de un
madrileño. . El Congreso ofrece una opción para dejar claro que, pese a este
fraude, la mayoría del pueblo español,
cuya soberanía ellos administran, está
por el convenio, la concertación y el acuerdo y no por la violencia. Así darían
a los catalanes la de cal tras la de arena dada al apoyar la aplicación inconstitucional del art.
155CE78. Corregir es propio de sabios.
También de la gente que es decente.
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