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31 may 2015

Comandante Cantera: valor demostrado en combate

                Hoy los medios de comunicación nos dan la noticia de que la Comandante Cantera (Dª Zaida) ha sido dada de baja en el ejército. Deberían de poner las banderas a media asta en todas las instalaciones militares del país.
                En la hoja militar de cualquier soldado pone, o ponía al menos cuando yo hice el servicio militar en el epígrafe: Valor: se le supone. Esta hipótesis se modificaba por la nota: demostrado en combate, en el mejor de los casos o su ausencia si no se demostró.
                A la hora de establecer la magnitud o la ausencia de valor se tiene en cuenta si las fuerzas a las que se enfrentó el militar en cuestión eran o no superiores a las fuerzas que estaban bajo el mando del militar. Es evidente que la desproporción existente entre la magnitud y potencia de fuego de sus adversarios y la de la comandante la desproporción era claramente desmesurada en su contra.
                Otro de los elementos de valoración de su calidad en defensa de lo que son los valores que estaban en juego, la comandante ha defendido los valores constitucionales de la honradez, la decencia, el respeto a la autoridad y la persecución del abuso que son propias de la sociedad y no pueden ser ajenas a las fuerzas armadas que protegen a esa sociedad.
                Otro de los elementos de valoración de su calidad militar lo es si el enfrentamiento se produjo en campo abierto o si la defensa se produjo en situaciones donde hay sospechas de traiciones por parte de quienes tendrían que haber sido sus colaboradores en la defensa. También sobre este particular la Comandante ha demostrado su calidad.
                Otro elemento digno de valoración es el del mantenimiento de la firmeza y estabilidad mental mientras duró el enfrentamiento sin perder en ningún momento el control de su capacidad. Y eso fue lo que demostró durante la batalla sin perjuicio de que finalizado el combate haya sufrido un stress post-traumático como consecuencia del mal trato recibido durante el tiempo que duró el combate.
                Es larga la lista de personas que han de mostrado su absoluta indignidad moral, la falta de ética, la ruindad social desde todos los puntos de vista que uno pueda imaginarse. Muchos siguen en sus puestos, otros han ascendidos pero no haremos la lista sino que exponemos que el paradigma de su comportamiento ha quedado públicamente demostrado con las declaraciones del Ministro de Defensa que si tuviera vergüenza debería haber presentado su dimisión antes de que el sol del día siguiente pudiera ver lo que pasó.
                La laureada de San Fernando es una distinción  militar que se otorga para "honrar el reconocido valor heroico y el muy distinguido, como virtudes que, con abnegación, inducen a acometer acciones excepcionales o extraordinarias, individuales o colectivas, siempre en servicio y beneficio de España".
                El valor heroico ha quedado acreditado por la inmensa superioridad de las fuerzas a las que se enfrentó con valentía y sin disminuir en la defensa de la dignidad propia de un militar.
La abnegación quedó demostrada viendo como resistió sin ceder a las presiones del enemigo y mantuvo el honor militar por encima de toda corruptela a costa de su propia vida.
La inducción a acometer acciones excepcionales o extraordinarias, allí donde otros militares habían fracasado convirtiéndose con su acción individual a promover un ejemplo a seguir por otros militares siempre en servicio y beneficio de España”.
No cabe esperar que este ministro ni este Gobierno que lo ha seguido manteniendo como miembro sea capaz de promover esta concesión; es dudoso que siguiendo los procedimientos endógenos de la concesión se le llegue a conceder, pero todos los españoles pensaríamos que algo está empezando a cambiar en España - desapareciendo el olor de corrupción que Hamlet percibía en Dinamarca - si el próximo ministro de defensa propone que se estudie la concesión de esta dignidad a la Comandante Cantera.

Es una deuda que tenemos todos los españoles con la mejor comandante que ha tenido el ejército y que, para su desdoro, ha perdido para el futuro.

30 may 2015

Del Tamayazo al Esperanzazo

                Sólo hay que prestar un poco de atención a lo que cada uno dice y a lo que cada uno hace y de ese modo las posibilidades de cometer errores son menores. Si a ello añadimos una pequeña atención a lo que se llama “el lenguaje gestual” podríamos garantizar que no nos equivocaríamos nunca. De todos modos hay gente muy astuta y siempre lograr engañarnos.
                No podemos olvidar lo que dijo Arzallus para justificar los comportamientos irracionales de los etarras recordando el comportamiento del escorpión de la fábula que se atribuye a Esopo. Cuenta la fábula la historia de un escorpión que le pide a una rana que le ayude a cruzar el río. La rana se  niega pero el escorpión le promete que no le hará nada. La rana se fía pero cuando van por la mitad el escorpión le clava su aguijón y le inyecta su veneno a la rana. Ésta sorprendida le pregunta “¿por qué lo has hecho?, ahora vamos a morir los dos”. El escorpión se justificó: “está en mi naturaleza”, lo cual no deja de ser una explicación. La moraleja es evidente.
                Todos seguimos recordando el ”tamayazo”. Aquel comienzo corrupto de lo que luego sería una forma generalizada de gobernar en la Comunidad de Madrid que acabó extendiéndose a todo el partido ¿o fue al revés? La relativa comunidad de proyecto político entre Izquierda Unida y el PSOE hizo que de forma natural ambas fuerzas acordaran sumar sus votos para gobernar la Comunidad de Madrid en la que la Srª Aguirre no había logrado mayoría absoluta.
                Ese proyecto se frustró cuando dos concejales presentados en las listas del PSOE, el Sr Tamayo y la Srª Sáez, abandonaron la sala poco antes de que se iniciara la votación. La Srª Aguirre que se suele presentar como el epítome de la lealtad no tuvo el más mínimo escrúpulo moral en conseguirlo ni en ser Presidente de esa forma. Sin duda estaba en su naturaleza.
                Fue imposible iniciar una investigación judicial porque en la votación el tribunal se opuso tres a uno “porque no vieron delito alguno”. La que se hizo en el Parlamento no llevó a ningún lado porque no fue posible acceder a toda la información solicitada.
                ¿Por qué no ha intentado esta vez la Srª Aguirre esta maniobra? ¿O tendremos todavía que esperar hasta el día de la votación “a ver qué pasa”? ¿Sería aceptado eso por el PP en el nombre del derecho a la libertad individual de los electos? Su portavoz parece estar por la labor. Tampoco el Ministro del Interior parece que le haría ascos a ese resultado. ¿Qué hace, mientras tanto la Srª Cifuentes? Aunque ella parezca de otra naturaleza ¿triunfaría la naturaleza del PP?
De momento el proyecto de la Srª Aguirre es hacer el “contratamayazo”. En el PSOE le han dicho que ni hablar del asunto; que ellos no están dispuestos a alcanzar la Alcaldía con sus votos aunque ella se ofrece a darle todos sus votos al PSOE para que no salga la Srª Carmena.
¿Es su forma de disculparse por todas las infamias que vertió sobre ella durante la campaña electoral? Si es así hay que reconocer que es harto original.
¿Es su forma de seguir ocupando primeras planas en las noticias mediáticas?
¿Es su forma de “vender a sus electores su amor por la patria madrileña - “su Madrid” - inmolándose antes de dejar que caiga ”bajo las hordas bolcheviques y juedomasónicas” como se decía bajo la dictadura militar a todo lo que olía a democracia y justicia social?
¿Es una jugada de billar a cuatro bandas, su forma de demostrar que ella es la que debería encabezar las listas electorales en las próximas elecciones al Parlamento porque “nadie ama más a la patria que ella? 

No sé cuál es la verdadera naturaleza de la Srª Aguirre; a mí me parece verde y viscosa.

28 may 2015

¿Justicia-ficción o Ficción de justicia?

El Tribunal Supremo de la República de España ha hecho pública este lunes la sentencia por la que, por la diferencia de un voto, se confirma el archivo por parte de la Audiencia Nacional de la causa que se seguía contra Alemania por genocidio en diversos campos de trabajo repartidos por Alemania y países de su órbita nazi. Afirma que este tipo de procedimientos han demostrado "escasa efectividad" en nuestro país y que las limitaciones de la última reforma de 1944 no van en contra de la Constitución.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Inocente Paisano, aborda por primera vez el cierre de causas amparadas por el principio de la justicia universal, después de que el Congreso en la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) estableciera nuevos requisitos y límites para las instrucciones.
El Supremo se había limitado, por el momento, a pronunciarse sobre la puesta en libertad de tripulantes de barcos con armamento a bordo con destino a países beligerantes pero detenidos en aguas internacionales de acuerdo con las decisiones de la Sociedad de Naciones.
La sentencia señala que "la lucha contra la impunidad en el Derecho Internacional Penal no puede hacerse "a costa de las garantías esenciales del Estado de Derecho" y que la doctrina constitucional no se opone a la posibilidad de incorporar por vía legislativa "criterios limitadores para el ejercicio de la Jurisdicción Universal", tal y como, de facto, se ha hecho.
De hecho, añade que dichas limitaciones no deben considerarse arbitrarias "porque encuentran su fundamentación tanto en la práctica de los países de nuestro entorno como en la escasa efectividad que la experiencia ha demostrado" que alcanzan los procedimientos cuando las personas contra las que se dirigen no se encuentran en nuestro país (investigaciones 'in absentia').
El Supremo recuerda que la Convención de la Sociedad de Naciones, a diferencia de otros tratados, establece un sistema obligatorio de Jurisdicción Universal, si bien este sistema "no se extiende a la obligación de iniciar investigaciones 'in absentia' ni buscar a los responsables fuera de su territorio y reclamarlos en cualquier caso fruto del derecho al respeto que tienen los países soberanos incluso aunque se encuentren en un conflicto internacional militar legítimamente declarado.
Por ello, concluye que la última reforma "no es inconstitucional, pues no vulnera el principio de igualdad, ni la interdicción de la arbitrariedad, ni el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva".
La Audiencia Nacional archivó este caso en junio de 1933 argumentando que la causa se dirigía contra personas que no tienen la nacionalidad española, que no residen habitualmente en España y a los que se denegó su extradición por parte de las autoridades nacionales.
En el procedimiento sobre Alemania, el juez Abraham Rubio que investigaba el genocidio, las torturas y los delitos de lesa humanidad que se habrían producido en la región de Baviera y en otras localidades situadas dentro y fuera de los límites de la primitiva frontera de Alemania antes de iniciarse el conflicto, en la que habrían muerto un gran número de personas aunque las cifras que se dan son de difícil confirmación. Las estimaciones de muertos en el campo de Auschwitz, cercano a Cracovia, arrojan cifras superiores al millón de personas; en Dachau, cerca de Munich del orden de 200.000 de 1940 a 1944.
Las víctimas del genocidio corresponde  distintos colectivos por razones religiosas (testigos de Jehová), raciales (judíos y gitanos), de salud (disminuidos físicos y psíquicos), de preferencias sexuales (homosexuales), de opinión política (demócratas) aunque en todos los casos con independencia de su nacionalidad.
En febrero de 1944 el juez ordenó la detención del Sr. Hitler, del Sr. Göring, Sr. Himmler, Sr.Heydrich. En esa misma causa también estaba imputados diversos cargos de menos relieve político como el Sr. Globocnick y el Sr. Eichmann entre otros.
La orden de busca y captura dictada por el juez generó un conflicto diplomático con Alemania que llamó a consultas al embajador español en Berlín y ha ordenado al embajador alemán en España que regrese a Berlín para informar de la situación. Las autoridades nazis expresaron, además, abiertamente "su firme rechazo" a la decisión.

No parece, sin embargo, que ello afecte a las relaciones comerciales que España mantienen con las dos partes en conflicto en virtud de su “status” de neutralidad que les permite vender alimentos y wolframio a ambos beligerantes, pero no armamento.

27 may 2015

La Unión Europea acaba de sancionar a España por haber falseado las cuentas. El Gobierno dice que él no piensa pagarla porque el falseamiento no lo ha hecho el Gobierno sino la Comunidad Valenciana. En la Comunidad Valenciana dicen que el multado ha sido el Reino de España y que por tanto lo tiene que pagar el Gobierno de España.
El razonamiento parece lógico pero de seguirlo  hasta sus últimas consecuencias si la trampa la hizo el Reino de España tendría que pagarlo el Rey de España. ¿Por qué nosotros que sólo somos súbditos si él es el “soberano”? Bromas aparte, ¿Vd. cree que es una broma?, quien debe pagar es quien la hizo.
La trampa no la hacen las instituciones sino las personas que se aprovechan de que están dirigiendo esas instituciones; unas personas a las que los demás, Vd. y yo, les pagábamos un sueldo para que gestionaran bien la institución, no para que hicieran trampas, no para que nombraran a corruptos; no para que no vieran sus corrupciones ¡porque confiaban en ellos!; ¿o es que todavía vamos a tener que compadecerlos por el “disgusto que se han llevado” al haber sido víctimas de un abuso de “su buena fe”?
Va siendo hora de que aunque las instituciones y las empresas sean responsables civiles subsidiarios, esas empresas e instituciones repitan la exigencia de pago al autor del fraude, del engaño, ¡como exige la ley!; de lo contrario la situación es la de una “patente de corso para delinquir” porque al final pagamos las mismas víctimas del delito o falta cometido como ha pasado con el rescate a los bancos.
La persona política autora del fraude, los asesores corruptos que lo llevaron a cabo y, en su caso, los funcionarios que teniendo la obligación de oponerse a ello colaboraron activa o pasivamente permitiendo que se llevara a cabo sin oponerse o sin denunciarlo ante la autoridad competente - eso está tipificado como un delito de co-autoria -  deberán ser los últimos paganos con su propio patrimonio. Sólo en lo que por exceder su patrimonio no puedan pagar  lo pagarán la institución pero repercutirá sobre ellos como deuda lo que la ley permite imponer sobre su salario.
Cuando esto, que es lo que marca la ley, empezara a ser realidad la corrupción empezaría a disminuir hasta casi desaparecer.  Para eso sólo es necesario:
1.-  que cada vez haya más jueces que no admitan las auto-confesiones de las esposas reconociendo que son tontas - lo cual es una actitud sexista - y que no se enteran de todo lo que está pasando a su alrededor en su casa porque viven rendidas de amor al seductor marido con el que se han casado en el cual confían tan plenamente que firman todos los papeles que les pongan a la firma.
2.- que cada vez haya más jueces que no admitan las auto-confesiones de las secretarias y demás trabajadoras de una empresa que reconocen también que son tontas - lo cual es una actitud sexista - y que no se enteran de cuál es la naturaleza de su trabajo, es decir, que no saben si están trabajando para un proxeneta, para un traficante de droga o de armas,
3.- que cada vez haya más jueces que no admitan las exculpaciones del personal sanitario que cuando muere una persona por un error médico dicen que ellos lo que han hecho ha sido aplicar el protocolo en lugar de decir que el protocolo está mal hecho y que ellos no saben pensar y que, si hay que pagar algo por el error que lo pague la seguridad social, donde estamos todas sus víctimas, y no ellos.
4.- Que cada vez haya más jueces que no admitan las exculpaciones del personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que digan que ellos lo que hacen es cumplir las órdenes y que si les mandan aporrear aporrean en lugar de cumplir con el art. 9 CE78 y de rechazar la “obediencia debida” como se hacía bajo la dictadura militar y que hoy prohíbe la ley.
5.- Que cada vez haya más jueces que no admitan las disculpas de las autoridades, porque tampoco se las admiten a los ciudadanos que no lo son, de que si han cometido un delito de tráfico ha sido porque eran sexagenarias y débiles mujeres - de nuevo una actitud sexista - aunque sean unas políticas poderosas
Cada vez aparecen más jueces “que tampoco son tontos, ni sexistas”; que no aplican el protocolo y piensan; que “no ejercen la obediencia debida al poder ejecutivo” propio de la dictadura militar, como esa interina que se negó a ser cómplice en la corrupción y ha sido despedida o esos otros quizá menos heroicos pero igualmente valiosos que han filtrado documentos que pasaron por sus manos. ¿A qué esperamos para crear un movimiento ciudadano que defienda su integridad?

Eso nos lleva a la conclusión que gracias a los funcionarios que conocen y ejercen sus derechos incluso aunque sufran represalias Algunos dicen que es un delito filtrar documentos públicos pero no es cierto; eran documentos privados donde constaban delitos. Por definición un documento público no puede constar un delito porque los delitos son los ajeno que cabe concebir como parte de la función pública; es un documento privado escrito en papeles con membrete público, ¡que eso es otra cosa!

26 may 2015

La ley mordaza (III): La importancia de la jerarquía

La constitución franquista póstuma de 1978 dice: ”Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico” (art. 9.1). Esto puede parecer una tontería porque es de Pero Grullo que si las leyes se hacen para que las cumplan todos los españoles obliga a todos.
Por eso es necesario reflexionar sobre lo que dicen las leyes. Ésta dice lo que dice para que quede claro que todos los ciudadanos y también los ciudadanos que acceden a ser “poderes públicos”, o “agentes de la autoridad”  - muchos en su delirio de grandes se creen que son la autoridad - o son funcionarios de cuerpos civiles o militares incluidas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”, ejército incluido, siguen estando sujetos a las mismas leyes.
No sé por qué no se ha querido que esta información llegara a todos los súbditos escolares que así cuando fueran adultos podrían llegar a ser ciudadanos, aunque me temo que ésa es precisamente la razón. Si se convencieran a los escolares que son ciudadanos les resultaría fácil darse cuenta de que en ellos reside la soberanía y que tienen derecho a exigir que se cumpla lo que dice el art. 1.2 de esta vergonzosa constitución póstuma franquista que dice: “la soberanía reside en el pueblo de donde emanan todos los podres del Estado”, exigirían que se cumpliera hasta sus últimas circunstancias. Entonces el Jefe del Estado, tenga el título de Rey o de Presidente de la República, tendría que ser electivo. El actual Jefe del Estado ha llegado al puesto de la mano de un dictador; pese a que dicen que está muy bien formado hasta él lo duda; por eso no está seguro que convencería a los ciudadanos libres para que lo eligiera; él, dado sus ilegales orígenes, prefiere seguir teniendo súbditos y vivir a costa de ellos ¡porque lo dijo Franco!
Pero sigamos centrándonos en lo que dice esta constitución sobre la ley mordaza, aunque lo que hemos comentado no es ajeno a dicho asunto, fijándonos en lo que dice el art.9.2: “ Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”. ¡Casi nada!, hacer que nuestra libertad sea “real y efectiva” dentro delos grupos en los que nos integremos y por si fuera poco “remover todos los obstáculos” lo cual quiere decir “todos” y no solo unos cuantos.
Tras este preámbulo llegamos al núcleo de nuestra reflexión de hoy que consta en el art.9,3: “ La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”, garantía que, como diría un castizo, no es “moco de pavo”.
La primera consecuencia de esa garantía es que nosotros podemos exigir que se cumpla a las autoridades y que si éstas no la garantizan incurrirían en “responsabilidad” porque esa actuación sería arbitraria y hay una “interdicción” es decir, una prohibición de la arbitrariedad” de los poderes públicos.
Siendo todo importante quiero destacar en esta reflexión lo relativo a la garantía del “principio de legalidad y la jerarquía normativa y la publicidad de las normas que significa que no son exigibles las normas que no sean públicas, que determinadas normas tienen que ser leyes y que éstas tienen que respetar la jerarquía normativa, es decir, que los Reglamentos no pueden restringir los derechos concedidos por las leyes y éstas no pueden restringir los derechos establecidos por la constitución.
Por tanto no cabe exigirnos que cumplamos lo que conste en la ley mordaza o en los reglamentos o normas que la desarrollen si contradice la Constitución. Si no lo hacemos no podremos ser sancionados porque la Constitución nos protege pues como dice el art. 62.2 de la Ley 30/92: “También serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas [las órdenes de apalear a los manifestantes o las sanciones por haber sido apaleados] que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior, las que regulen materias reservadas a la Ley, y las que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales”.

Además cabría querellarse contra los agentes de la autoridad autores del delito de abuso de poder: “Ejecutar el hecho [violar un derecho constitucional] mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente”, art. 22,CP) o por de desviación de poder por ejercer las competencias o potestades públicas para fines u objetivos distintos de los encomendados - que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas política (art. 92,CE78) - amparándose en la legalidad formal de obedecer a la autoridad encargada del Orden Público.

25 may 2015

Pierde la corrupción

Siempre he dicho que quien no tiene una disculpa para justificar lo que ha hecho por mal que sea es por falta de imaginación. Fruto de esta realidad decía un amigo mío: “a mí de toda la actividad en torno a las elecciones lo que más me gusta es lo contentos que están todos los partidos porque todos saben encontrar un elemento para estar satisfechos, incluso los que objetivamente han sido derrotados porque siempre pueden decir, como suelen hacer, hemos ganando a los pronósticos que no auguraban peores resultados que los que hemos obtenido”.
Hemos seguido el excelente programa televisivo de la Sexta y oído las optimistas justificaciones desgranadas por los representantes década uno de los partidos. Merece especial respeto el paladino reconocimiento de su derrota por parte de Izquierda Unida. Reconoció su error por no haberse sabido sumar a otras fuerzas progresistas actuación que mereció el éxito allí donde lo consiguieron. También UPyD reconoció sin ambages su derrota aunque no señaló que su error fue el mismo: no haberse sabido sumar a Ciudadanos. De todos modos ambos partidos han sido víctimas de una antidemocrática ley electoral. Una ley que, como las hipotecas, establece un “suelo” abusivo al convertir en nulo el valor delos votos de los ciudadanos por el hecho de no constituir el 5 % del total del colectivo: una iniquidad que no porque exista también en otros países deja de ser inicua.
La renuencia del PP a reconocer el paladino desastre sufrido ¡mayor incluso que el de IU en términos porcentuales! fue clara. El argumento de que algunos pronósticos nos daban pero es resultados es una disculpa de mal perdedor. También se resiste a reconocer su derrota el PSOE que insiste en destacar que sigue siendo el partido político de izquierda más votado.
Argumentos similares pueden hacer los partidos nacionalistas que, salvo el PNV, pierden posiciones. Procede destacar el éxito de Compromís que, quizá de modo similar a UPyD, ha sido un verdadero perseguidor de la corrupción en Valencia y ha obtenido un buen resultado.
Haciendo un resumen de lo sucedido ¿cuál podría ser el titular de estas elecciones? Para mí sería: “jaque a la corrupción y al deterioro de los derechos sociales”, pero la partida sigue.
Estos dos han sido, en mi opinión, los motores que movilizadores del voto electoral.  Ahora se trata de ver qué estrategia sigue en la partida recién iniciada; qué clase de pactos son los que harán los recién electos representantes de los ciudadanos, sobre todo los emergentes que se han identificado éticamente como movidos por esos dos motores.
Sin duda el PP ofrecerá “el oro y el moro” a Ciudadanos, que es su única opción de recibir un apoyo, para poder seguir gobernando. ¿Pactará? Creo que sería la mima errónea estrategia que siguió UCD cuando a cambio de la alcaldía de Madrid pacto con el PP. UCD se partió en dos: en las siguientes elecciones la mitad de centro progresista votó al PSOE y la otra mitad de centro conservadora al PP.  Por eso, frente a quienes dan por seguro ese apoyo estoy seguro que Ciudadanos no se lo dará porque eso significaría su hundimiento en la selecciones generales que están a la vuelta dela esquina. El lastre la corrupción, la grosería, el cinismo y la soberbia del PP en estos cuatro años de gobierno constituye un “plomo” insoportable que hundirá todo lo que toque. Si Ciudadanos apoya al PP perderá los votos de la derecha ciudadana no corrupta. ¿Cómo explicaría a sus electores su apoyo al partido más corrupto de España desde que murió Franco y al que privó de más derechos sociales que el mismo Franco?
Los voceros de la derecha, el Sr. Inda en la Sexta lo repitió ya media docena de veces, usan ya su “slogan del miedo”: ¡se está formando un Frente Popular!; es la vieja forma de intoxicación franquista cuando amenazaba con el comunismo a los españoles que ya no sirve para proteger a la derecha heredera del franquismo: intentar que la gente crea que la guerra civil no la organizó la derecha ayudada por nazis y fascistas con su golpe militar contra la república democrática electa, sino su víctima: la democracia.
Se equivocan. Eso no asusta a una generación que no sabe nada del Frente Popular, ni del golpe fascista contra la república democrática y, si me apuras, de quien fue Franco pero sí saben quién logró darle un “jaque a la corrupción y a la desaparición de derechos fundamentales”; si saben que quieren terminar de ganar la partida. Ciudadanos y todos tienen esperándoles los votos de millones de ciudadanos que votan a favor de la corrupción y del atropello a los derechos fundamentales por increíble que sea.

Si Ciudadanos apoya al partido paradigma de la corrupción estará cavando su propia tumba. Los que votaron hoy al PP o lo siguen haciendo, mientras sigan engañados, o votarán a quien apoye el cambio.

Ley Mordaza: (IV) La primera en la frente

                En el catecismo de la doctrina cristiana se nos enseñaba a persignarnos haciendo tres cruces: “la primera en la frente para que nos libre Dios de malos pensamientos” el primero de los cuales es el de no mentir.
 Así se inicia la ley:” La seguridad ciudadana es la garantía de que los derechos y libertades reconocidos y amparados por las constituciones democráticas puedan ser ejercidos libremente por la ciudadanía y no meras declaraciones formales carentes de eficacia jurídica. En este sentido, la seguridad ciudadana se configura como uno de los elementos esenciales del Estado de Derecho”.
Hace así honor a las mentiras que hay en la constitución franquista póstuma que dice en su art. 1.2. “La soberanía reside en el pueblo de donde emanan todos los poderes del Estado” porque todos sabemos que la soberanía reside en Felipe VI, heredero del heredero del Jefe del Estado y continuador con esta dictadura monárquica de la dictadura militar de donde proceden los poderes del Estado que “él heredó” como continuador del dictador militar.
No hay que andarse con disimulos “¡sin complejos!” dijo Aznar. Empecemos mintiendo, Así, al menos, nadie podrá reprochar el disimulo en el engaño que será un engaño franco ¿o Franco?
La segunda cruz se hacía sobre la boca "para que dios nos librara de las malas palabras" como las siguientes: “La Constitución Española de 1978 asumió el concepto de seguridad ciudadana (artículo 104.1), así como el de seguridad pública (artículo 149.1.29.ª). Posteriormente, la doctrina y la jurisprudencia han venido interpretando, con matices, estos dos conceptos como sinónimos, entendiendo por tales la actividad dirigida a la protección de personas y bienes y al mantenimiento de la tranquilidad ciudadana”. Se trata de la segunda mentira, nuestra segunda "cruz", porque es precisamente en esos matices donde reside la diferencia de conceptos que quieren regresar al de la dictadura militar donde “derechos ciudadanos” era sinónimo de “palo y tente tieso”.
Hoy la seguridad ciudadana significa lo contrario a lo que esta ley declara. Significa “protección de los derechos ciudadanos”; se trata de un derecho fundamental reconocido en el Título I “De los derechos fundamentales” que comprende los art. 10 a 55, el último de los cuales establece las limitadas circunstancias en las que se puede restringir el ejercicio de los Derechos fundamentales.
La tercera cruz "se hacía sobre el pecho" para que dios nos librara de los malos deseos. No cabe uno peor que el de que sea “a la luz de estas consideraciones como se deben interpretar la idea de seguridad ciudadana y los conceptos afines a la misma, huyendo de definiciones genéricas que justifiquen una intervención expansiva sobre los ciudadanos en virtud de peligros indefinidos, y evitando una discrecionalidad administrativa y una potestad sancionadora genéricas”, con lo que queda declarado el regreso al “palo y tente tieso” franquista. Introduzcamos en la ley la interpretación expansiva y la potestad sancionadora desmesurada y así "¡todo será legal! ¿No lo era ya con Franco?
El “peligro indefinido” que también combatió Franco fue que el de querer ser libres y ejercer los derechos fundamentales. De Borbón a Borbón y tiro porque me toca volvamos al más infame de todos, Fernando VII, al que la catalana Universidad de Cervera prometió “alejemos de nosotros la funesta manía de pensar”. Felipe VI como Franco ¿cree que “no se nos puede dejar solos”?
Es revelador que diga luego que “Para garantizar la seguridad ciudadana, que es una de las prioridades de la acción de los poderes públicos, el modelo de Estado de Derecho instaurado por la Constitución dispone de tres mecanismos: un ordenamiento jurídico adecuado para dar respuesta a los diversos fenómenos ilícitos, un Poder Judicial que asegure su aplicación, y unas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad eficaces en la prevención y persecución de las infracciones”, lo que contradice la CE78.
            El primer mecanismo revela la mentalidad represivo: “dar respuesta a los diversos fenómenos ilícitos” cuando debería ser "dar protección a los diversos fenómenos lícitos". El segundo ya consta en el art. 21.1 CE78: “Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión” por lo que no hay más que aclarar, salvo para desvirtuarlo; y el tercero: “unas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad eficaces en la prevención y persecución de las infracciones” es algo completamente distinto, por el tono represivo de su redacción, a lo que dice el art. 104.1 CE78: “Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana”. ¡Y ahí es donde está el motivo de esta ley!: la represión. 
           Su objetivo de la “prevención y persecución de las infracciones” es inconstitucional en la medida en que no sea la consecuencia de “proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y [obtener como fruto de esa protección]  garantizar la seguridad ciudadana” que es ¡exactamente! el libre ejercicio de los derechos y libertades.
                ¿Cabe mejor declaración de la exposición de motivos represores de esta ley? NO

24 may 2015

El matrimonio homosexual no existe

                S. Pablo fue un misógino. Su misoginia aún sigue gozando de gran respaldo dentro de la iglesia católica y para desgracia de las mujeres seguirán “gozando” de ella muchos más años. La mujer católica puede ser sólo ayudante del cura. Si la han dejado ser diaconisa fue por falta de varones, no por respeto a su dignidad como ser humano igual en sus derechos al varón. A ella le siguen prohibiendo ser cura. Ésa es la (des)igualdad entre varones y mujeres que predica la Iglesia en nombre de su dios. ¿Es eso verdad o los misóginos vaticanos, manipulando su mensaje, dicen que su dios  quiere “la supremacía del varón”?
S. Pablo escribió una carta a los corintios (13:4-8) donde decía: "El amor es paciente, es servicial; el amor no es envidioso, no hace alarde, no se envanece, no procede con bajeza, no busca su propio interés, no se irrita, no tienen en cuenta el mal recibido, no se alegra de la injusticia, sino que se regocija con la verdad. El amor todo lo disculpa, todo lo cree, todo lo espera, todo lo soporta. El amor no pasará jamás." ¿Por qué la doctrina de la iglesia ilegaliza el amor entre personas del mismo sexo como otros hicieron también entre personas de distinto color de piel? Fruto de su obsesión sexual rechazan la realidad natural del sexo al que “sólo toleran” siguiendo la doctrina de S. Pablo a los corintios (7:8,9): “A los solteros y a las viudas les digo que es mejor que se queden como yo; pero si no pueden contenerse, que se casen: más vale casarse que abrasarse”. ¿Qué clase de amor tienen quienes minusvaloran el amor sexual?
La gente decente sigue el camino de la razón. La gente decente ama a los demás y por eso ama su libertad. Sólo la iglesia católica se opuso en este referendum a favor de la libertad continuando esa obsesa tradición sexual paulina. Se opuso a que dos varones o dos mujeres pudieran ser felices amándose. Quería que siguiera siendo un delito para poder meterlos en la cárcel ¡por amarse! Todo porque S. Pablo se refirió al matrimonio heterosexual en sus cartas (Cor. 7:2-7): “En cuanto a lo que escribíais, que es mejor que el hombre no tenga relaciones con la mujer, os digo que, para evitar la inmoralidad, cada hombre tenga su mujer y cada mujer su marido. Cumpla el marido su deber con la mujer y lo mismo la mujer con el marido. La mujer no es dueña de su cuerpo, sino el marido; lo mismo el marido no es dueño de su cuerpo, sino la mujer. No os privéis uno de otro, si no es de mutuo acuerdo y por un tiempo, para dedicaros a la oración. Después uníos de nuevo para que Satanás no os tiente aprovechándose de vuestra incontinencia. Lo digo como “concesión”, no como “obligación”, pues desearía que todos fueran como yo; sólo que cada uno recibe de Dios su carisma, unos uno y otros otro”. ¡Vaya obseso sexual!
Las elecciones han demostrado el triunfo de la razón. ¿Qué razón hay para prohibir que dos personas que quieren ser felices puedan ser felices?: ninguna. ¿Existe un dios puede prohibir que dos personas que se quieren amar se puedan amar?: no existe. ¿Qué clase de gente pretende gobernar los sentimientos ajenos prohibiéndoles hacer lo que quieren?: despreciable. Los directivos de la iglesia católica deberían de ser consecuentes con su lema: ¡Dios es amor!; ¿o no es  verdad?
Por dos decisiones se le pueden perdonar muchos de sus errores al Presidente Zapatero. La primera, por legalizar el matrimonio con independencia del sexo de sus miembros. La segunda, por no caer en el engaño de esa gente que no respeta la libertad. Esa gente que cuando ya no podía seguir atropellando la libertad ajena pretendió seguir haciéndolo negando al matrimonio el derecho a ser llamando matrimonio si ambas personas tenían el mismo sexo.
Ese intento de engaño ofreciéndole su falso apoyo en una votación en la que eran innecesarios si no lo llamaba matrimonio fue tan vil como su propia alma. Querían así negarle parte de sus derechos. Lo que se llama de distinto modo es porque no es lo mismo; si lo fuera, se llamaría del mismo modo. Leo en un periódico: el matrimonio homosexual no existe. Tienen razón; tampoco existe el matrimonio pelirrojo, ni el matrimonio negro: sólo existe el matrimonio formado por dos personas que se aman entre sí.
Es cierto que los irlandeses han tardado, pero su Parlamento ha sido un ejemplo de amor a la libertad: 226 de sus miembros declararon que votarían a favor, solo 5 declararon que se opondrían. El líder dela oposición David Quinn declaró por Twitter "Enhorabuena a los defensores del SI. ¡Bien hecho!”
Eso define a una oposición progresista!
Lo que aun sorprende es que casi un 40 % quieran impedir a los demás ser felices. ¿Por qué creen que eso es lo que quiere su dios?: el amor a la libertad individual - si no existe, no existe el hombre - exige defender la libertad individual de amar del hombre, sea éste varón o mujer: ser libre es poder elegir.

Todavía quedan demasiados países, ¡uno sólo es demasiado!, donde la libertad está “legalmente” prohibida. Uno tras otro irán cayendo. De eso no hay duda. ¡No obstante la tardanza es insoportable!