Los politicastros son los trileros de la política.
Engañan al pueblo “soberano” como los trileros al “respetable”. No con tres
vasos sino con las leyes llenas de equívocos, incumpliendo el art. 7.1 CC: “Los derechos deberán ejercitarse conforme a
las exigencias de la buena fe”.
La constitución está sembrada de minas con
términos que desbordan mala fe; no dicen lo que le parecen a la gente decente, al
ciudadano de buena fe que habla roman paladino con su vecino. Tras siglos de
abusos, la presión aumenta y acaba en legítima defensa tomando la Bastilla. Analicemos
como un ejercicio didáctico sólo el Título Preliminar de la CE78.
Art. 1.1CE78: España se constituye en un Estado social y
democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Es
una declaración que no coincide con la realidad; ni hay libertad para elegir al
Jefe del Estado, ni igualdad de derechos con los suyos hereditarios; de hecho
en las elecciones al primer Parlamento no se autorizó ningún partido cuyo título
incluyera la palabra república. Se legalizaron acabado el plazo para
presentarse a las elecciones.
Art. 1.2CE78: La soberanía reside en el pueblo español de donde emanan todos los poderes del Estado”. Se afirman dos
falsedades: primera: el ciudadano no es el sujeto soberano de sus derechos: lo
es “el pueblo”: segunda: el poder del Jefe del Estado, esta sobre el
Estado, ¡es su Jefe! Su poder no procede del pueblo; nuca lo pudo elegir;
procedía de un poder anterior y
superior. Somos súbditos; estamos “sub
dictum eius”; del que heredó al que nombró Franco.
Art.
1.3CE78: La forma política del Estado
español es la Monarquía parlamentaria. No se dice que es democrática y se
oculta que es hereditaria. Tiene parlamento como las dictaduras. Lo tuvo la de
Franco, lo tiene la de corea del Norte. La lista es inmensamente larga.
Art.
2CE78: La Constitución se fundamenta en
la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de
todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las
nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Las constituciones democráticas declaran que su origen es la voluntad del
ciudadano, lo correcto es decirlo así pues es el asiento de la soberanía, o con
la metáfora de citar el todo por la parte, diciendo el pueblo; pero éste no es
el soberano, sino todos y cada uno de ellos. Es una diferencia esencial. En el
fascismo, y demás totalitarismos, el pueblo es el sujeto de derechos; en una
democracia el sujeto de derechos es el ciudadano.
La
declaración de la indisoluble unidad de
la Nación española es una mentira. La indisoluble unidad fue creciendo de
1492 hasta 1812 y reduciéndose de 1812 a 1975. Fue Juan Carlos, actuando como
Jefe del Estado, quien traicionó a los españoles de la provincia del Sahara.
Les privó de su nacionalidad y los convirtió en marroquíes contra su voluntad. Eso
fue mucho más indecente que lo que hizo Fernando VII, un “angelito de Dios”
como todo el mundo sabe.
La Nación española, patria común e
indivisible de todos los españoles, es la misma mentira. Alemania se
convirtió en dos Estados; se reunificaron porque los alemanes quisieron. Corea son
dos; se reunificarán si quieren cuando les dejen. En Europa del Este durante
los S: XIX y XX, hubo personas que sin salir de su aldea tuvieron doce
nacionalidades distintas todas ellas igualmente indisolubles y patria común de los que luego, sin contar con ellos,
ellos no existían, no sólo dejaron de ser compatriotas, sino que incluso se
convirtieron en su enemigo ¡secular!
Garantiza
el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, es otra
mentira porque garantizado no significa
garantizado, ni autonomía significa
autonomía. Ese error lo respalda la RAE, también politizada, que oculta su
real significado etimológico: auto,
por sí mismo, nomos, norma; es decir,
quien se rige por sus propias normas. Dice el
diccionario: condición de quien, para ciertas cosas, no
depende de nadie. Eso es una falsa autonomía. Es la misma falsedad que la
de los falsos autónomos. Se trata de engañar ¡con la ley en la mano!
“Y la
solidaridad entre todas ellas”; aquí se vuelve a negar la soberanía
del ciudadano. Nadie quiere la solidaridad
entre las autonomías, ciertas o falsas, sino entre ciudadanos. El ciudadano sabe
que él es el soberano; también sabe que bajo este régimen nunca lo será.
Art. 6CE78: Los
partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y
manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la
participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres
dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y
funcionamiento deberán ser democráticos.
“Deberán ser” es una obligación moral. “Tendrán que
ser” es una obligación legal que permitiría disolver al partido que no lo fuera.
¿Qué pasa si no o lo son? Nada. Quizá
se vayan al infierno al morirse, pero mientras seguirán viviendo de los
Presupuestos Generales del Estado. Aunque sean partidos corruptos. No tiene la
responsabilidad que la ley impone al empresario respecto a sus empleados. Pueden
seguir en sus cargos directivos los corruptos hasta que la evidencia lo haga
imposible. Entonces se les expulsa y aquí no pasó nada. El Partido Político no indemniza ni devolviendo
lo que robaron, ni de lo que se benefició el Partido Político a título
lucrativo. ¿Qué indemnización deberían pagar por ganar las elecciones de modo
fraudulento y delictivo y luego seguir gestionado delictivamente el presupuesto
del Estado? Ninguna.
Art. 8CE78: Las
Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el
Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia
de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
¿De quien dependen las Fuerzas Armadas? Navegando por la CE78 llegamos al
art. 97CE:
El Gobierno dirige la política interior
y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce
la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución
y las leyes. Parece que las Fuerzas armadas están bajo el Gobierno. No es
así. Lo aclara el art. 60CE8: Corresponde
al Rey, h) El mando supremo de
las Fuerzas Armadas. Al mismo Jefe del Estado que no eligió el pueblo donde,
como ya vimos, no reside la soberanía. Si hay conflicto entre el Gobierno y el
Jefe del Estado, las Fuerzas Armadas obedecerán al Jefe del Estado que eligió
Franco. Es su Jefe.
Art. 9.1CE78: Los ciudadanos y los poderes públicos están
sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”, pero si el
Gobierno está en funciones, con competencias reducidas declara que no responde
ante el Congreso electo. ¡Y no pasa nada!
Art. 9.2CE78:
Corresponde a los poderes públicos
promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de
los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos
que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los
ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social; pero un
individuo, obsérvese que no se habla de ciudadanos, atropella esa igualdad. Él
tiene derechos de los que carece el 99,999 % de los ciudadanos. No lo son; tampoco
soberanos; son súbditos del Jefe del Estado que nombró Franco; hoy lo son de su
heredero, él ha heredado la falta de legitimidad de su padre.
Art. 9.3
CE78: La Constitución garantiza el
principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la
irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o
restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la
responsabilidad, interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Algo
que no se debe a las sentencias del TS y el TC sino a las del TJUE y el TEDH que
casi siempre las revoca. ¡Y nadie es
responsable!
Nada de esto
se explica en las clases de Derecho Constitucional, sino todo lo contrario,
salvo tan honrosas como escasas excepciones. Todavía sólo se ha analizado el Título
Preliminar. De todos modos, es un buen anticipo de lo que luego se encontrará
en el resto de la CE78. La inscripción Preliminar de entrada al infierno decía: Lasciate ogni speranza voi ch’entrate.
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