Ahora todo
el mundo está encantado de la vida al descubrir el fraude de ley que cometió el
Presidente Suárez. ¿Contento de verificar que te engañaron? ¿Qué hará la
Fiscalía General del Estado ante esta evidencia? Quizá como bajo todas las
dictaduras comer y callar.
¿Habrá
algún justo en el Congreso de los Diputados que denuncie este fraude de ley
ante la Justicia - ¿o debo escribir justicia? - aunque sólo sea para verificar
hasta qué punto no existe separación de poderes porque no se admitirá esa
denuncia a trámite? No lo creo.
Sólo puedo
esperar que ese Congreso y con él la monarquía fraudulenta para la que trabaja
sufran el mismo castigo divino que sufrió Nínive.
Si Franco
fue Caudillo de España por la “gracia” de Dios, su heredero nombrado por él tiene
su mismo origen dictatorial y hereda la Jefatura dictatorial que juró con los
derechos hereditarios que le otorgó el dictador después de haberse arrogado el
derecho a inventar un reino ha sido otra
“gracieta” divina. Ahora con derechos eternos de herencia. Más que Franco.
Como el
dictador “su” heredero de “su” dictadura, aunque ahora no sea militar sino
monárquica, nos sigue negando a los españoles el derecho a elegir al Jefe del Estado.
La única
esperanza de volver a recuperar la democracia, no existe si no hay derecho a
elegir al Jefe del Estado descansa en manos de Dios. El Dios de la “gracia” y
de la “gracieta”.
Lo que
sobraba era la burla del artículo 1,2 CE78: “La soberanía nacional reside en
el pueblo español del que proceden todos los poderes del Estado, excepto la Jefatura del Estado que procede
del poder dictatorial del genocida Francisco Franco que ha heredado”.
Era evidente
el fraude de ley; lo he explicado varias veces; pero no le importa a nadie bajo
esta dictadura monárquica. Demasiados beneficios para tanto corrupto; más quizá
que bajo el dictador precedente. Los españoles nunca hemos elegido al heredero de
la dictadura del dictador. Todo ha sido un fraude de ley premeditado “atado y
bien atado”. Un fraude para engañar a todo el pueblo español – a la mayoría si
se le pregunta se cree que lo eligió - por el que se hizo hacer aparecer como una elección,
disfrazada de ratificación, el de la Jefatura del Estado de la dictadura monárquica
inventada por el dictador que también inventara un reino.
Pero para
que haya una elección tiene que haber una opción disyuntiva y no la hubo:
1.- Si se
votaba a favor de la CE78 el Jefe del Estado sería Juan Carlos I de
Franco - de haber sido de Borbón al que le hubiera tocado era a Juan de Borbón,
conde de Barcelona - y la ley básica
sería la CE78.
2.- Si se
votaba en contra de la CE78
el Jefe del Estado sería Juan Carlos I de Franco, porque de haber sido de
Borbón al que le hubiera tocado era a Juan de Borbón, conde de Barcelona, y la ley básica serían las leyes
fundamentales del Movimiento.
Votáramos SI
o NO el dictador heredero de la dictadura seguiría siendo dictador. Sólo elegimos que la ley básica no fueran
las leyes fundamentales de Franco. El fraude de ley consiste en hacer aparecer
como una elección o una ratificación lo que nunca fue ni elegido ni ratificado.
Dice el art. 7.1 CC: “Los derechos deberán ejercitarse conforme a
las exigencias de la buena fe”. Por favor, no sonría; es un insulto. Dice
el art. 7.2 CC: “La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del
mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o
por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites
normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la
correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o
administrativas que impidan la persistencia en el abuso”. Por favor,
carcajadas no.
Su Señoría,
Srª o Sr. Procurador en Cortes, Vd. lo
sabe; y también que además de la corrupción económica - en el mejor de los
casos aún no está acusado su partido ni Vd. mismo, pero todo se andará - hay
otros tipos de corrupción. Se llama prevaricación y es un delito. Dice el art. 449 CP: 1. En
la misma pena [de prevaricación] señalada en el artículo anterior incurrirá
el Juez, Magistrado o Secretario Judicial culpable de retardo malicioso en la
Administración de Justicia. Se entenderá por malicioso el retardo provocado
para conseguir cualquier finalidad ilegítima. 2. Cuando
el retardo sea imputable a funcionario distinto de los mencionados en el
apartado anterior, se le impondrá la pena indicada, en su mitad inferior.
Prevaricar es promulgar leyes que ratifica un
Jefe del Estado que carece de legitimidad por no haber sido elegido por el
pueblo español que es donde reside la soberanía nacional.
¿Se puede
esperar algo de alguna o de alguno de Vds.? Visto su curriculum vitae, no.
Hace meses denuncié
ante Vds. que era un delito la negativa del Presidente - al que acaban de reelegir
ilegalmente - y de sus ministros muchos de los cuales han sido reelegidos por
ese Presidente del Gobierno ilegítimo. Tras la primera violación viene la
segunda, la del art. 9.1 CE78: “Los ciudadanos y los poderes públicos están
sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”. Quizá
por ello no les ha constado ningún esfuerzo la tercera la del art. 262 LECr: “Los
que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún
delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio
Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al
municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio, si se tratare de un
delito flagrante”. ¿Cuántas violaciones van?
¿Por qué tardas
tanto, Dios mío, en ser justo? ¿Tendría razón Nietzsche? Gott is todt.
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