Test Footer


27 nov 2014

IGUALDAD (II/III)

El mundo lleva a sus espaldas una historia lamentable de defensa del “hecho diferencial” reivindicando unos privilegios que si alguna vez tuvieron razón de ser - que lo dudo - hoy día son un atropello insoportable de los derechos fundamentales. Paradójicamente sus defensores reivindican la antigüedad de ese “privilegio” como argumento para su permanencia. Cegados por el privilegio ignoran que cuanta mayor sea la antigüedad en el ejercicio de esa falta de IGUALDAD más urgente es acabar con su abuso.
La palabra privilegio deriva de “privata lex”, ley particular que regían para los “privilegiados” pero que no se aplicaba al resto de los mortales carentes de ese privilegio. Resulta insólito que en pleno S. XXI haya gente dispuestas a reivindicar esos privilegios nacidos en una sociedad injusta y aun a aumentarlos después de que en 1789 se promulgara en París la “Declaración Universal de los derechos del hombre (mujer o varón) y el Ciudadano(mujer o varón)”.
Es una postura incompatible con la esencia del pensamiento político republicano que desde el primer artículo de esa declaración dice: “Artículo primero.- Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común.”
La IGUALDAD lo es en los derechos. Una IGUALDAD que no hay que imponer sino fomentar  porque es un sentimiento natural en el ser humano desde su más tierna infancia. La IGUALDAD surge en el niño que quiere el juguete de su hermano porque ¡tiene IGUAL derecho que él! La educación que educa en que compartir es la mejor forma de poseer en común es una forma de educación en la RE PÚBLICA aunque lo público en este caso tenga las fronteras del Estado doméstico.
Es mucha la responsabilidad paterna, también la de los abuelos, en la educación dada a nuestros hijos y la que, con respeto a sus padres, damos a nuestros nietos. Nada es inocuo; ni lo que decimos ni, mucho menos, lo que hacernos si nuestro comportamiento no es coherente con nuestra doctrina. Los que nos rodean sobre todo los más pequeños que están en situación de permanente aprendizaje, aprenden incluso lo que no les enseñamos.
El ejemplo de Austria es ejemplar. Se suprimieron los títulos nobiliarios. Con ellos desaparecieron los privilegios que llevaban anejos. En Austria no hay regiones donde sus ciudadanos -¡no las regiones! - tengan más derechos que los que residen en otras. Si todos los ciudadanos somos iguales ante la ley, ninguno puede tener derechos que no tenga otro. Los derechos medievales - se esencia es antidemocrática - no caben en una constitución republicana; es decir, democrática.
Pero sí tienen cabida en la CE78 porque ¡ésta no es una constitución democrática! Nace de la herencia de una dictadura militar que acabó con la democracia republicana a sangre y fuego; que inventó un privilegio que estaba extinguido. Los reivindicadores de la “diferencia privilegiada” en vez de reclamar su identidad como partidos republicanos deberían, como sustento de su privilegio no democrático, reivindicar la monarquía no democrática
Es duro renunciar al privilegio de la NO IGUALDAD. Exige niveles de ética que no son comunes. La única solución para la IGUALDAD REPUBLICANA es la eliminación “manu legis” de todo privilegio sin llegar a un acuerdo con los privilegiados. Se les explica lo imposible de su privilegio en una sociedad democrática y se establece su fin.
Cuando se estaba construyendo el tren de alta velocidad París-Londres el Ministro de Industria inglés comentaba as su colega francés sus dificultades para las expropiaciones de los terrenos necesarios ¡ni siquiera invocando la “utilidad pública”! porque tenían un complejo procedimiento debidos los distintos privilegios medievales de cada uno de los condados por donde tenía que pasar. “¿Cómo lo han hecho Vds. tan rápido?”, le preguntó a su colega francés. El francés le miro y dijo con sorna: “cuando se acuerda desecar una laguna no se le pide opinión a las ranas”.
Sin duda se puede sacar de contexto esa frase hasta hacerla aparecer como un atropello a los derechos del hombre y el ciudadano. No es así. Es una prueba de respeto al principio de la IGUALDAD de derechos del hombre y el ciudadano y a la utilidad común aneja a ese derecho tal y como reza como partes del mismo artículo primero de la Declaración Universal de Derechos del Hombre (mujer o varón) y el Ciudadano (mujer o varón).
No se trata de una IGUALDAD tipo lecho de Procusto donde se corten los miembros a los que son más largos que el propio Procusto o se estiren en el potro a los menos altos hasta dar la talla. Sea cada uno todo lo diferente que sea como persona, pero sea IGUAL a todos en su derecho.

0 comentarios:

Publicar un comentario