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4 may 2014

La estafa de las hipotecas

El contrato de la estafa de las hipotecas es un contrato de adhesión. El demandante del préstamo sólo tiene una opción: buscar otro banco; NUNCA cambiará ni una coma del contrato que le ofrece cada banco. Sólo por novación si las condiciones le favorecen.

Las cláusulas - al margen de las legalmente declaradas abusivas - son las que son:
a.- las ha redactado el banco y las acepta el notario,
b.- se ofrece la opción de elegir al notario, de facto el notario lo elige el banco, “lo paga el cliente”
c.- el notario incurre en conflicto de intereses porque al designarlo el banco no asesora al cliente de sus dos opciones: hipoteca según el art. 105 o según el art. 140,LH.
d.- Todos los notarios ante los que firmé un contrato hipotecario se limitaron a preguntar si nos lee el texto o lo leemos nosotros, si tenemos alguna duda, en vez de explicarnos los puntos clave como la referencia al art. 105,LH en relación con el art. 1911,CC pero también el art. 140,LH para que el firmante sepa a qué se obliga en lugar de ser víctima de una estafa por su buena fe que hace nulo el contrato por falta de consentimiento pues creía que sólo respondía con la vivienda hipotecada.
El banco es dueño y señor de la situación, lo que deja en entredicho el equilibrio entre las partes contratantes. El banco sobre o infravalorada la vivienda, a través de una empresa “del banco “ que paga el cliente, para “justificar” el préstamo que el banco quiere conceder. Las garantías que protegen al prestamista que compra cédulas hipotecarias - 60 a 80 % del valor del mercado, no protegen al cliente. A éste se le puede prestar más - ¡es el libre mercado! - de lo que, si las cosas empeoran algo, podrá pagar. Con una hipoteca universal y perenne el banco NO CORRE ningún riesgo. Sólo de ganar menos. El cliente corre el riesgo de perder todo. Si, además, se trata de su primera vivienda la responsabilidad del banco al generar riesgos altos de impago para su cliente es muy elevada. Los intereses que llama “disuasorios” en realidad son “abusivos”. En caso de mora por fuerza mayor ajena a la voluntad del deudor el banco aumenta unos intereses muy superiores a los del préstamo. Es la práctica de los prestamistas del S. XIX ¡que hoy es ilegal pero se sigue practicando por los bancos! Además, aunque el banco recupere todo lo correcto - el préstamo al interés dicho, el artificio del aumento contable de la deuda con intereses abusivos le permitirá desgravar de su cuenta de resultados unas “pérdidas virtuales” que nunca tuvo. La hacienda pública recibirá menos impuestos y el banco un adicional, enriquecimiento que si no es ilícito, merecía serlo. Por último el “interés suelo” con “techo libre” es otro abuso más. Pero los tribunales de (in)justicia en España favorecen la violación de la ley.
Al no poner en el mercado los pisos vacíos, en venta o alquiler, se altera su valor para perjuicio de los ciudadanos. Si los pusieran en el mercado, bajarían el precio del alquiler; al retenerlos alteran el precio del mercado, lo que es un delito que el Fiscal no persigue fomentando así la corrupción pues viola el art. 51,CE78 y las leyes que lo desarrollan: 1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.  
El Gobierno beneficia al banco que registra contablemente un precio por la vivienda artificialmente elevado ocultando sus pérdidas en términos contables - ¿un fraude a los accionistas? - y re-explotando a sus víctimas desahuciadas creando empresas intermedias que alquilan a precios de “alquiler social” a quienes acaban de privar de su propiedad. El robo es redondo.
Los poderes públicos si defendieran el interés del ciudadano aplicarían el art. 33.3,CE78: “3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las Leyes”. Pero el gobierno - ¿y la justicia? - trabajan para los bancos. Todas esas hipotecas son nulas de pleno derecho por falta de consentimiento. Por tanto el banco debe devolver - en vez de expropiar - lo cobrado, menos lo que valdría el alquiler por el tiempo de uso del piso y quedarse con el piso. Y el gobierno debería exigir que pusieran el piso en venta y, mientras tanto, pagaran impuestos por él.
Eso sólo será posible cuando gobierno una ALTERNATIVA REPUBLICANA que defienda los intereses de los trabajadores de todas las clases y no la de los especuladores y corruptos de todas las clases.

1 comentarios:

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