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9 sept 2018

Vayamos todos, pero todos juntos, por la senda constituciona de la democracia republicana


De sabios, también de políticos inteligentes, es rectificar. El otro día oí al Sr. Tardá "Si hay algún independentista ingenuo o estúpido que cree que puede imponer la independencia al 50% de catalanes que no lo son, es evidente que está equivocado". Es una forma de reconocer que se dejaron enredar por sus compañeros de viaje nada republicaos: unos partidos que representaban a los eternos caciques de Cataluña- con Franco, el Rey y lo que venga - en el seno de sus cuadros directivos y afines floreció la crema y la nata de la corrupción en Cataluña.
Muchos republicanos les reprochan que han unido la imagen de separatismo a la palabra República, una palabra que por su ideología universal no distingue, y se opone, al concepto de fronteras. El sujeto de derecho de toda República democrática, perdón por la redundancia, pero muchas republicas son sólo asquerosas dictaduras, somos las personas, no los colectivos.
En la persona, en cada uno de nosotros, reside la LIBERTAD con la que dejamos de ser súbditos de los dictadores, sean monárquicos, militares, del proletariado, teocráticos, etc.
Al ser ciudadanos libres vivimos en IGUALDAD con quienes son nuestros semejantes.
De esa unión ”mística” nace su fruto más excelso: la FRATERNIDAD universal
Ese fruto tan bien descrito por Emma Lazarus en los versos grabado a los pies de la otrora estatua de la libertad: “¡Guardaos, tierras antiguas vuestra pompa legendaria!, exclama ella./ Dadme a vuestros rendidos, a vuestros desdichados,/ a vuestras hacinadas muchedumbres que anhelan respirar en libertad./ Enviadme a éstos, los desamparados, los que por la tempestad son azotados./ ¡Yo alzo mi antorcha junto al puerto dorado!”.
Un mensaje cuyo atropello cabe reprochar al gobierno de los EE. UU. que preside ese nazionalista llamado Mr. Trump que siendo hijo de una inmigrante y nieto de dos revalida el refrán que dice: “no sirvas quien sirvió ni pida a quien pidió”. Un refrán que nos es aplicable también a nosotros, los europeos, principales beneficiados con ese ofrecimiento desde Suecia a Grecia y desde Irlanda a Rusia, por el actual comportamiento con los inmigrantes que con tanta justicia y generosa amabilidad nos reprochaba el expresidente José Mújica. Actitud más incomprensible en los Estado orientales donde de la dictadura de extrema izquierda han pasado a la de extrema derecha, es el camino más corto, sin haber conocido la democracia republicana.
Pese a su error, sobre todo si lo corrigen, les reitero el ofrecimiento que les hice, con mi reproche por su “aventura”. Encabecen desde el Congreso, son el único partido nominalmente republicano la solicitud de un referéndum no vinculante en toda España a favor de la democracia republicana, con la que dar fin a la monarquía fascista jurada por Juan Carlos I de Franco, que heredó disfrazada de democracia Felipe. A diario comprobamos, hasta en los juzgados, que “todos somos iguales ante la ley, pero algunos son más iguales que otros”.
Pueden, si vuelven a ser republicanos por encima de esa coyuntura geográfica y cultural de ser catalanes, en cuyo seno han surgido tan ilustres republicanos durante todo el S. XIX y XX y esperamos que sigan surgiendo en el XXI si tener que esperar al S. XXII, que para muchos está demasiado lejos. Están en las condiciones ideales, ya lo estaban antes, de crear una unión de partidos republicanos donde se vean representados todos los republicanos españoles más allá de nuestras eternas diferencias de opinión totalmente legítimas, pero menos importantes.
Se necesita que en este S. XXI surja cuanto antes un hombree de Estado que sepa tener visión de futuro; que sepa que esta reivindicación democrática de la República Española tiene cabida jurídica, tiene el respaldo de la ilusión nacional y tiene recorrido internacional. Y tiene garantizado el éxito si no repetimos las tonterías y evitamos las malas avenencias personales que arruinaron la I República en el S. XIX, ¿somos tan incapaces de aprender denuestos errores? Unos errores que hicieron que aquel insigne catalán y primer Presidente de la I República. D. Estanislao Figueras, cesara diciendo: "Estoy hasta los cojones de todos nosotros".
No queda mucho tiempo, pero sí el suficiente si hay voluntad republicana. Son miles los Ateneos, Clubes republicanos, Redes republicanas y Asociaciones republicanas que bajo mil y una denominaciones tienen desde apenas una docena a varios miles de asociados. Hay otro partido republicano, Unión Republicana, con sede en Segorbe, de quien me honro en ser miembro, que también existió en aquella II República cuya democracia nos robaron, ésa sí con un Golpe de Estado; también está el PNV.
Una marea de esperanza puede surgir en pocos meses antes de las elecciones europeas, nacionales, autonómicas y municipales que nos esperan si ERC, UR y PNV, como referentes histórico, crean una coalición de partidos republicanos. En ella IU, Podemos y sus confluencias, BNG y otros más tienen su lugar natural, si son capaces de tener visión de Estado.
Basta de decir “no es el momento”. No repitamos el error del PSOE votando en contra de reconocer el derecho al voto de la mujer en la II República. Cada instante “es el momento”. Ninguna derrota nos desanime. Tras ella, el siguiente instante “vuelve a ser el momento.
Hay una realidad: LIBERTAD; IGUALDAD Y FRATERNIDAD son derechos fundamentales. Lo son aunque no se respeten. Emergerán con el impulso de todos como emergió: 1º la LIBERTAD al ilegalizarse la esclavitud; 2º la IGUALDAD al legalizarse el derecho al voto de los pobres y las mujeres; 3º  la FRATERNIDAD, cuando sepamos convivir con el “molesto” vecino.
Pese al error en esta aventura, ¿quién no ha cometido nunca un error?, yo le doy gracias a ERC. Han conseguido que REPÚBLICA y DEMOCRACIA resuenen por toda España juntas en oposición a MONARQUÍA y DICTADURA, que, aunque la mona se vista de seda, mona se queda.
Parafraseando a aquel malnacido Borbón: “Vayamos todos, PERO TODOS JUNTOS, por la senda constitucional de la democracia republicana”.

8 sept 2018

¿Respetamos o no la ley?


La Real Comisión Australiana (RCA), organismo del Gobierno de Australia para perseguir los abusos sexuales a menores, ha propuesto reformar la legislación eliminando el derecho de los sacerdotes a no denunciar a quien, en confesión, le dijera que cometiera esos delitos. Esta ley, aprobada por el Parlamento, entrará en vigor el 31.03.2019 y la pena será de multa o prisión.
Sorprende que la Iglesia Católica se haya aprestado a declarar que violará la ley porque “su” Código de Derecho Canónico lo prohíbe. La ley positiva obliga a todos los ciudadanos, crean en lo que crean. Además, parece ignorar que Cristo dijo “mi reino no es de este mundo” (Jn. 18,36) y también: “dad al César lo que es de César y a Dios lo que es de Dios” (Mc. 12, 17).
La ley aplicada a esos delincuentes es mucho más suave que la divina: “Pero si alguien escandaliza a uno de estos pequeños que creen en mí, sería preferible para él que le ataran al cuello una piedra de moler y lo hundieran en el fondo del mar. (Mt., 18,6). La condena que se propone en Australia es más breve, aunque inmediata, ¡unos años en la cárcel, pero no como castigo, sino para que no tengan oportunidad de delinquir.
Es previsible que se reduzca el abuso y dada la indefensión de los menores es una medida prudente. Si se verificara su inutilidad, se puede derogar. No obstante, es posible que sólo disminuyan las confesiones. La ley plantea una disyuntivo al delincuente: al confesarse “tendrá el perdón de Dios, pero el castigo de los hombres” al ser denunciado. Si no se confiesa “no tendrá el perdón de Dios, ni el castigo de los hombres”. Si considera tan cierta la condena eterna por su “pecado” como la breve condena de cárcel por su “delito” debería confesarse por mero cálculo cuanti- y cualitativo. Sólo los que duden de esa condena eterna no se confesarán.
Que la Iglesia Católica se queje de que esa norma porque está legalizada y contradice “su” Código de Derecho Canónico implica que ignora si fue antes el huevo o la gallina. Está legalizada porque la ley positiva la legalizó. Lo hizo porque “su” Código de Derecho Canónico, respetaba la ley. Entonces no se consideraba violado el Orden Público si el cura no denunciaba la comisión del delito del que tuvo noticia en la confesión. Si ahora, que la ley lo exige, se declara dispuesta a atropellar el Orden Público incumpliendo la ley, ella misma fuerza su ilegalización.
Los delincuentes ahora sabrán que su confesor está legalmente obligado a denunciarlos y el confesor conoce también la ley. Ambos decidirán qué hacer. Supongo que en Australia hay algún precepto del código Penal parecido al art. 29 CP: Son cómplices los que, no hallándose comprendidos en el artículo anterior, cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos (art. 29 CP). No denunciar el delito confesado sería un acto anterior al siguiente delito, con lo que se cooperaría en su comisión al no permitir evitarlo. El confesor tiene su propia disyuntiva: si viola la ley será condenado como cómplice; si la cumple la asociación lo puede excomulgar.
 Si la Iglesia Católica exige a sus miembros violar la ley o los sanciona por cumplirla el Ministerio Fiscal debe promover su ilegalización. Supongo que en Australia su Código Penal hay algún artículo similar al art. 28 CP “También serán considerados autores: a) Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo [y lo hace quien los coacciona con sanciones] b) Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado [la sanción es una coacción que provoca la complicidad]
Esa ley de los australianos ya está en vigor en España aunque, como tantas otras, no se cumple. En los acuerdos con el Vaticano de 1979 sobre asuntos jurídicos las únicas referencias al Derecho Canónico están en el art. VI.1 “el Estado reconoce los efectos civiles al matrimonio celebrado según las normas del Derecho Canónico” y en la disposición transitoria 2: Las causas que estén pendientes ante los Tribunales Eclesiásticos al entrar en vigor en España el presente Acuerdo seguirán tramitándose ante ellos y las sentencias tendrán efectos civiles a tenor de lo dispuesto en el artículo XXIV del Concordato de 1953. En todo lo demás rige la ley positiva.
El art. 262 LECr obliga a todos: “Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio, si se tratare de un delito flagrante”. La confesión es una razón de su cargo, profesión u oficio incluida sin excepción. Sólo se exceptúan los impúberes (art. 260 LECr) y ciertos familiares (art, 261 LECr). A los médicos, farmacéuticos y empleados públicos se les agrava la pena (art. 262 LECr).
La iglesia católica debe revisar esta norma administrativa; Cristo fue bastante elocuente. Tras “pedir” a la víctima que perdonen 70 veces 7 (Mt, 18,22) y ser indulgente con pecados considerados nefandos, como el adulterio de la mujer o la prostitución, considera que es preferible ahogar al que escandalice a uno de sus pequeñuelos (Mt. 18,6). Este rigor extremo obligaría al Código Canónico a haber incluido esta excepción desde el principio. Sigue sin hacerlo.
En todo caso, en Australia sí se cumplirá la ley. Una ley ejemplar; una “patada a seguir”, como dicen en rugby, ante tanta complicidad como la que nos avergüenza cada día.

2 sept 2018

Ofensas a los creyentes


El derecho es el mundo de la razón. Las sentencias tienen que fundamentarse de modo racional. No hacerlo, y ocurre con más frecuencia de lo deseable, suelen revocarla en la siguiente instancia, aunque no siempre. Se inicia así una cuesta arriba, una cuesta dura, hasta el TJUE o el TEDDHH donde no es que resida la infalibilidad, hipótesis inadmisible por irracional, pero se admite, aunque no siempre ocurre, que reside una mayor sensatez y racionalidad.
A la razón se opone la creencia. Lo que se demuestra o verifica no se cree: se sabe. Lo que se cree ni se ha demostrado, ni verificado: sólo se afirma El creyente atribuye, se llama fe, en lo infalible de lo que alguien afirma, una creencia irracional porque, de modo objetivo, rechaza la lógica racional y la evidencia experimental. Declara más cierto lo que cree que lo que ve. Sólo unas pocas creencias reprochan a los que “teniendo ojos para ver no ven y oídos para oír y no oyen”. La mayoría exigen la renuncia a la razón ante “su revelación infalible”.
De esta actitud nace el desprecio por la razón. Su valor se pone con ostentación por debajo de la creencia irracional que rechaza la lógica racional y la evidencia experimental. Su irracionalidad la transmuta en suprarracionalidad que constituye una nueva irracional. Con ella se cierra un sistema perfectamente coherente en su irracionalidad: se cree algo que ha dicho un ser al que se atribuyen poderes sobrenaturales, el de la infalibilidad entre ellos, que procede de “otro mundo” en cuya existencia también se cree. Esa triple creencia convierte en falso todo lo que se deduzca con lógica racional y/o se verifique experimentalmente. ¡Redondo!
¿Qué puede hacer un creyente ante una sentencia correctamente razonada basada en hechos experimentalmente demostrados como ciertos si no coincide con lo que él cree? Declararla falsa y que, además, la propia sentencia es una ofensa y un atropello a su creencia. Si en vez de una sentencia alguien hace simples manifestaciones racionales o una mera opinión de desprecio en creencias irracionales, la metempsícosis, la existencia de paraísos con o sin huríes, que contradicen la lógica racional y la evidencia experimental siempre habrá alguien que se sentirá ofendido y atropellado porque se respeta la razón y no la irracionalidad, sea la que sea.
¿Qué haría un juez si alguien justificara el parricidio de su hijo porque se lo mandó matar el dios infalible en el que cree creador de este mundo y de todos nosotros a los que, por ello el creyente debe sumisa obediencia? Tras el informe de psiquiatras y psicólogos sólo tendría dos opciones: declararlo un perturbado y por ello irresponsable del parricidio u ponerlo bajo vigilancia médica, o declararlo un farsante y condenarlo por parricidio. Ahora bien, ¿Qué razón cabe alegar para otorgar a esta persona menos credibilidad que a Abraham a quienes todos esos creyentes ponen como ejemplo a seguir creyéndose a pies juntillas y que, en buena lógica, hubiera sido encerrado en la cárcel por tentativa de parricidio o enviado a un nosocomio?
Cabría poner muchos ejemplos qué demuestran que en el mundo racional actual, menos aún en el jurídico cuya esencia es la razón misma, no cabe respetar las “creencias “irracionales. Declarar parricida a Abraham no puede ser legalmente considerado una ofensa a judíos cristianos y musulmanes. Es lo racional y así lo establece el CP.
Calificar de patraña que una mujer fuera virgen antes del parto en el parto y después del parto tras ser embarazada por un espíritu no puede ser considerado una ofensa a la secta católica de los cristianos que lo defiende, que otras sectas cristianas tampoco se lo creen. Es lo racional y lo que establece la biología.
Y así hasta el infinito con las mil y una creencias, muchas irracionales; ¡y a mucha honra!, dicen sus creyentes! Pero hasta ellos se contradicen en que dice la revelación del mismo “dios”. Eso convierte en farsantes a todos menos a uno, sin saber quién podrís ser ese uno; o a todos.
Estamos ante dos universos incoherentes. Coinciden en la persona de cada creyente. Son miles de universos, los de los creyentes, incoherentes entre sí en sus creencias y todos ellos con el universo jurídico de la razón y de los hechos probados. No cabe dictar una sentencia razonada donde se declare ofensiva una manifestación racional de desprecio la irracionalidad de unas creencias que rechazan la lógica racional y a la verificación objetiva experimental. Éste sería un universo sin seguridad jurídica; en vez de hechos probados habría “creencias”. ¿Cuáles?
Viva cada ciudadano en el mundo de la razón y los hechos probados y el que, además, quiera vivir en otro, hágalo, pero sin molestar los que sólo quieren vivir en el primero
Por ello considero improcedente la petición de sanción administrativa, menos aún imponer una indemnización civil a las “Pussy Riots” (“manifestación de las gatitas/coños”) por ofender a los católicos. Eso pide el voto particular de una juez española miembro del TEDDHH en la sentencia de unánime condena al Gobierno de Rusia a indemnizarlas con 37.000 euros por atropellar su libertad de opinión.
La competencia de los jueces se limita a realidades mundanas y hechos probados. Las burlas a creencias irracionales podrán ser una falta de educación, pero nunca una falta administrativa ni menos aún permitir una sanción civil ¿para indemnizar a quien cree en irracionalidades? Más las merecería el creyente en irracionalidades que el que de mofa de ellas.
La libertad de opinión permite decir lo que se quiera. También el oyente tiene la misma libertad de opinión a favor o en contra de lo que se le dice, con aplausos o abucheos. Que quien tiene piel delicada se ponga crema; del grado 80 si hace falta. Sancionar al sol es sancionar la libertad. Cada uno elija libremente como quiere estar de moreno sin que ello ofenda a nadie.