El derecho es el mundo de la razón. Las
sentencias tienen que fundamentarse de modo racional. No hacerlo, y ocurre con
más frecuencia de lo deseable, suelen revocarla en la siguiente instancia,
aunque no siempre. Se inicia así una cuesta arriba, una cuesta dura, hasta el
TJUE o el TEDDHH donde no es que resida la infalibilidad, hipótesis inadmisible
por irracional, pero se admite, aunque no siempre ocurre, que reside una mayor
sensatez y racionalidad.
A la razón se opone la creencia. Lo que se
demuestra o verifica no se cree: se sabe. Lo que se cree ni se ha demostrado,
ni verificado: sólo se afirma El creyente atribuye, se llama fe, en lo
infalible de lo que alguien afirma, una creencia irracional porque, de modo
objetivo, rechaza la lógica racional y la evidencia experimental. Declara más
cierto lo que cree que lo que ve. Sólo unas pocas creencias reprochan a los que
“teniendo ojos para ver no ven y oídos para oír y no oyen”. La mayoría exigen
la renuncia a la razón ante “su revelación infalible”.
De esta actitud nace el desprecio por la razón.
Su valor se pone con ostentación por debajo de la creencia irracional que rechaza
la lógica racional y la evidencia experimental. Su irracionalidad la transmuta
en suprarracionalidad que constituye una nueva irracional. Con ella se cierra un
sistema perfectamente coherente en su irracionalidad: se cree algo que ha dicho
un ser al que se atribuyen poderes sobrenaturales, el de la infalibilidad entre
ellos, que procede de “otro mundo” en cuya existencia también se cree. Esa triple
creencia convierte en falso todo lo que se deduzca con lógica racional y/o se
verifique experimentalmente. ¡Redondo!
¿Qué puede hacer un creyente ante una sentencia
correctamente razonada basada en hechos experimentalmente demostrados como
ciertos si no coincide con lo que él cree? Declararla falsa y que, además, la
propia sentencia es una ofensa y un atropello a su creencia. Si en vez de una
sentencia alguien hace simples manifestaciones racionales o una mera opinión de
desprecio en creencias irracionales, la metempsícosis, la existencia de
paraísos con o sin huríes, que contradicen la lógica racional y la evidencia
experimental siempre habrá alguien que se sentirá ofendido y atropellado porque
se respeta la razón y no la irracionalidad, sea la que sea.
¿Qué haría un juez si alguien justificara el
parricidio de su hijo porque se lo mandó matar el dios infalible en el que cree
creador de este mundo y de todos nosotros a los que, por ello el creyente debe
sumisa obediencia? Tras el informe de psiquiatras y psicólogos sólo tendría dos
opciones: declararlo un perturbado y por ello irresponsable del parricidio u
ponerlo bajo vigilancia médica, o declararlo un farsante y condenarlo por
parricidio. Ahora bien, ¿Qué razón cabe alegar para otorgar a esta persona
menos credibilidad que a Abraham a quienes todos esos creyentes ponen como
ejemplo a seguir creyéndose a pies juntillas y que, en buena lógica, hubiera
sido encerrado en la cárcel por tentativa de parricidio o enviado a un
nosocomio?
Cabría poner muchos ejemplos qué demuestran que
en el mundo racional actual, menos aún en el jurídico cuya esencia es la razón
misma, no cabe respetar las “creencias “irracionales. Declarar parricida a
Abraham no puede ser legalmente considerado una ofensa a judíos cristianos y
musulmanes. Es lo racional y así lo establece el CP.
Calificar de patraña que una mujer fuera virgen
antes del parto en el parto y después del parto tras ser embarazada por un
espíritu no puede ser considerado una ofensa a la secta católica de los
cristianos que lo defiende, que otras sectas cristianas tampoco se lo creen. Es
lo racional y lo que establece la biología.
Y así hasta el infinito con las mil y una
creencias, muchas irracionales; ¡y a mucha honra!, dicen sus creyentes! Pero
hasta ellos se contradicen en que dice la revelación del mismo “dios”. Eso
convierte en farsantes a todos menos a uno, sin saber quién podrís ser ese uno;
o a todos.
Estamos ante dos universos incoherentes. Coinciden
en la persona de cada creyente. Son miles de universos, los de los creyentes,
incoherentes entre sí en sus creencias y todos ellos con el universo jurídico de
la razón y de los hechos probados. No cabe dictar una sentencia razonada donde
se declare ofensiva una manifestación racional de desprecio la irracionalidad
de unas creencias que rechazan la lógica racional y a la verificación objetiva
experimental. Éste sería un universo sin seguridad jurídica; en vez de hechos
probados habría “creencias”. ¿Cuáles?
Viva cada ciudadano en el mundo de la razón y los hechos probados y el que,
además, quiera vivir en otro, hágalo, pero sin molestar los que sólo quieren
vivir en el primero
Por ello considero improcedente la petición de
sanción administrativa, menos aún imponer una indemnización civil a las “Pussy
Riots” (“manifestación de las gatitas/coños”) por ofender a los católicos. Eso
pide el voto particular de una juez española miembro del TEDDHH en la sentencia
de unánime condena al Gobierno de Rusia a indemnizarlas con 37.000 euros por
atropellar su libertad de opinión.
La competencia de los jueces se limita a realidades
mundanas y hechos probados. Las burlas a creencias irracionales podrán ser una
falta de educación, pero nunca una falta administrativa ni menos aún permitir
una sanción civil ¿para indemnizar a quien cree en irracionalidades? Más las merecería
el creyente en irracionalidades que el que de mofa de ellas.
La libertad de opinión permite decir lo que se
quiera. También el oyente tiene la misma libertad de opinión a favor o en
contra de lo que se le dice, con aplausos o abucheos. Que quien tiene piel
delicada se ponga crema; del grado 80 si hace falta. Sancionar al sol es
sancionar la libertad. Cada uno elija libremente como quiere estar de moreno
sin que ello ofenda a nadie.
0 comentarios:
Publicar un comentario