Test Footer


13 ago 2018

¿Quién es el dueño de mi cuerpo?


Impedimenta es el “bagaje que lleva la tropa”, palabra bien descriptiva. Ahi terminaba el derecho de propiedad durante la trashumancia. La tierra y sus frutos era o un regalo de los dioses, sus únicos propietarios puesto que la crearan, o pura res derelicta o de dominio común: Dios, les dijo: Fructificad y multiplicaos; llenad la tierra, y sojuzgadla, y señoread en los peces del mar, en las aves de los cielos, y en todas las bestias que se mueven sobre la tierra” (Gen. 1,28). Con el sedentarismo se inventó el derecho de propiedad sobre un terreno que incluía todas las plantas ¡y los animales que vivían en él! y los frutos de unos y otros pero no de los que excedan el límite vertical de las lindes del terreno. Eso lo aprende todo niño rural según nace.
Hoy se ha recuperado parte del primigenio sentido de la propiedad, sin llegar a su inicial comunismo, aunque hay aún seculares bosques y pastos comunales municipales, tras el exceso del concepto romano: ius utendi, fruendi et abutendi. Hoy se acepta que el propietario de ciertas especies arbóreas no las pueda talar ad libitum; que sin previa autorización no se pueda cazar y que hay ciertas especies protegidas, y que se grave la propiedad y los beneficios con impuestos: “Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio (art. 31.1 CE78) y simultáneamente “1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes. 3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes. (art. 33 CE78).
Los padres ya no pueden explotar en su beneficio, a la familia, el trabajo de los hijos, y están obligados a darles una educación obligatoria prepagada con nuestros impuestos. En algunos países aún se reconoce el derecho de los padres a decidir el matrimonio de sus hijos, que son un elemento de compraventa en los negocios, para unir fincas o capitales. Antes así se unían reinos, o se separaban si no tenían hijos o si no eran varones, etc. Cada vez es más real el derecho de las personas a casarse y divorciarse, e iguales derechos de los hijos intra o extra-matrimoniales. Antes se les negaban porque sería premiar a los “hijos de pecado” -  el pueblo les llamaba “hijos del amor” - y se los consideraba ladrones del patrimonio de los hijos “del sacramento”. Hoy los derechos civiles del matrimonio se tienen sin casarse. Una convivencia continuada se considerado indicio de que quieren concedérselo; también es legal el matrimonio al margen del sexo de los cónyuges, hasta hace poco considerados delincuentes o pervertidos.
Hoy la mujer puede disponer de su patrimonio, antes lo gestionaba su marido y ya no está obligada al “sacramental débito conyugal”. Hoy día es delito la violación conyugal, (Convenio de Estambul), ratificado sólo por 9 de los 20 países firmantes, España entre ellos. Aunque no está tipificado como delito en el CP, se tipifica en el art. 1LO 1/2004 “la violencia … por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
Dentro de este contexto analicemos el derecho de la mujer a interrumpir un embarazo como otro paso en la recuperación de la propiedad de su cuerpo y de sus frutos por delante  de los varones coautores que carecen de derechos legales sobre ese particular.
Si el dueño de una fica lo es de sus frutos vegetales y de los animales que, salvajes o domésticos, viven en ella o en ella se reproducen, negarle el mismo derecho a una mujer respecto a su cuerpo y de sus frutos es un alarde de irracionalidad y exige determinar quién y con qué derecho puede decidir sobre el cuerpo de la mujer y sus frutos.
Cuando era legal la "servidumbre", los siervos no podían huir del territorio de sus "señores". La razon es que no tenian derecho a privarles de la "fuerza de su trabajo" sin autorización. Era la ley.
Cuando era legal la "esclavitud" los hijos de las esclavas pertenecían a su "amo". La razón era la misma razon porque eran suyos las crías de "sus" vacas, yeguas, gallinas, cerdos, etc. Era la ley.
¿Puede permitirse el Estado atribuirse ese derecho? Eso es lo que hace cuando impone a la mujer la "servidumbre" de llevar a término un embarazo que no desea. Cabe alegar, ¿mutatis mutandis?, la analogía de la servidumbre que la sociedad impone a las esclavas a los siervos o a los propietarios de ciertas especies vegetales, e. g. robles, castaños, o animales en peligro de extinción, que no pueden ser talados o cazados sin previa autorización administrativa. ¡Rechina esa pretensión!
Si alguien alegara el art. 33.3 CE78 por razón de “utilidad pública o interés social”, ¿lo hace alguien?, tal ¿irracional? argumento exigiría aplicar todo el artículo y proceder a “la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes” al privar a la madre de “sus bienes y derechos”. No indemnizar sería inconstitucional. Ahora bien: ¿tienen el mismo valor todos los hijos o la indemnización varía con el status social de su madre? ¿O sería el del padre la referencia indemnizatoria? A sensu contrario, ¿podrían ls madres ejercer su derecho sobre su propio cuerpo pagando una multa como en China, donde ahora ya no las multan?
Hace años, un compañero de trabajo me dijo, con orgullo, que siendo asesor de un Ministro de Trabajo, recién ganada la guerra, propuso “repoblar el país” creando un impuesto a las mujeres fértiles, casadas, por supuesto, que no tuvieran hijos varones, para compensar los muertos “para, así, defender la patria”. No daba crédito a mis oídos Felizmente no le hicieron caso. Hitler lo hiciera, sin fuerza de ley, con su apología de la “fecunda mujer germánica”. Himmler creo “granjas de mujeres de pura sangre aria” con su asociación Lebensborn, dedicada al embarazo de mujeres arias por sementales arios. Bajo el régimen de Franco no se veía bien a los matrimonios sin hijos o con solo uno, ¡sobre todo si su situación económica era buena! Los premios a la fecunda mujer hispánica, 21 creo que fue la marca olímpica, tenían un apartado especial de más hijos vivos.¡Qué tristes fotos!
Tres décadas después de prohibir tener más de un hijo, el PC Chino lo autorizó el 25.10.2015. Fue por razones económicas, no por respeto a la libertad. Malthus ya lo propusiera: “El hombre que nace en un mundo ya ocupado no tiene derecho alguno a reclamar una parte cualquiera de alimentación y está de más en el mundo. En el gran banquete de la naturaleza no hay cubierto para él. La naturaleza le exige que se vaya, y no tardará en ejecutar ella misma tal orden”.
En muchos países hacen lo mismo: exigen llevar el embarazo a término. Las razones no son de respeto  la libertad sino económicas. Se las "financia" para tener hijos para sostener un capitalismo depredador que expropia de sus derechos a las propias mujeres, a las que paga menos salarios por su trabajo, pero a las que quiere “poner a parir”.
Otra ¿razón? es impedir la islamización de Europa dada la fecundidad de la mujer islámica. Israel acaba de privar de sus derechos a los no judíos, sólo lo son los nacidos de judías. ¿Imitará al nazismo creando un Lebensborn o le bastan las ortodoxas generosas paridoras de judios?
La reciente decisión en Argentina es otro atropello más a la libertad.  
Lo grave de este atropello de la libertad individual es que, por la misma sinrazón que los chinos prohibieron tener más de un hijo, podría sancionarse a las mujeres que no quisieran tener hijos o que no fueran varones, como mi descerebrado compañero propuso en los años 40.

Hace pocos días Goldman-Sachs acaba de declarar “El éxito de su franquicia de hepatitis C ha agotado gradualmente el grupo disponible de pacientes tratables … también disminuye el número de portadores capaces de transmitir el virus a nuevos pacientes, por lo que el grupo de incidentes también disminuye”. ¿Inocularemos hepatitis para que las farmaceuticas no pierdan?
Dice el China Daily, periódico oficial chino (07.02.2018): “Existe la creciente preocupación de que el país pueda experimentar una bomba de tiempo demográfica, porque en las próximas décadas es probable que el número de personas jóvenes caiga por debajo del número requerido para mantener un nivel óptimo de empleo”. ¿Acabarán creando un Lebensborn chino?
¿Queremos que las mujeres vuelvan a ser un elemento social de produccion agropecuaria?
¿Por qué la libertad tiene tantísimos enemigos?

0 comentarios:

Publicar un comentario