Test Footer


14 oct 2015

Idea claras

Con profunda estupefacción leo una noticia referida al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que considera "un ataque directo y sin paliativos a la independencia judicial" las convocatorias ante el Palau de Justícia para apoyar a la exvicepresidenta Joana Ortega y a la consellera Irene Rigau, citadas a declarar este martes como imputadas por organizar el 9N”.
Quiero pensar que la noticia no responde a la realidad. Es decir, que el TSJ de Cataluña no se reunió y tomó ese acuerdo por mayoría y que se trata de una licencia periodística que busca la notica escandalizando a los lectores haciendo de una simple opinión la representativa de su mayoría o, sería todavía mucho más preocupante, de la unanimidad de sus componentes.
Al parecer se trata solo - ¡y ya nos parece excesivo! - de un comunicado de la Comisión Permanente de la Sala de Govern del TSJ. Los comunicados de prensa tienen el valor que tienen. Vaya Vd. a saber cuál fue la noticia que se dio, quién la dio y como de fiel fue la que emitió el encargado de comunicar la noticia a la prensa.
Es un vano intento de salvar la buena imagen que conviene que el ciudadano tenga de sus empleados en el TSJ de Cataluña tras leer la noticia entrecomillada: "Resulta todavía más inadmisible cuando responde a una estrategia favorecida, diseñada y encabezada por representantes públicos, algunos con funciones de Govern".
¿Sufrirá Alzheimer el autor del texto y ha olvidado qué dice el art. 21.2 CE78?: “En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes”. De nuevo establecemos esta hipótesis  para echarle un capote - aunque en Cataluña los toros son ilegales las personas pueden también desmandarse - e intentar salvar semejante alarde de ignorancia.
En este olvido se incluye el art. 14 CE78: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” porque no cabe entender por qué se “resulta todavía más inadmisible” la presencia representantes públicos entre los manifestantes.
¿Acaso se les puede discriminar por esa  “circunstancia personal o social”? El empleo que cada uno tenga no anula su condición de ciudadano; de ella nace el derecho a manifestarse a favor o en contra ¡de lo que a cada uno le dé la gana y por las razones que a él le parezcan suficientes! Es un derecho fundamental. Proteger su ejercicio es tarea del TSJ de Cataluña y no cuestionarlo con este penoso comunicado de la Comisión Permanente de la sala del Govern.
El texto cae en el ridículo, seamos de nuevo benevolentes, al añadir la Comisión que considera que "cuestionar de manera interesada que la actuación de los tribunales de justicia solo se debe a intereses políticos, promover la desconfianza social y pretender estrategias de presión constituyen una negación de las bases" de la convivencia política.
¡A  ver si se aclaran! La convivencia política es algo opinable. Cada ciudadano tiene su propia opinión sobre qué bases de una convivencia política le parecen adecuada y cuáles no. Por ello tiene derecho a manifestarse apoyando las que le gusta y rechazando las que le disgustan.
Si a la vista de ciertas actuaciones políticas se genera en él desconfianza social es de agradecer que lo manifieste. Sus autores conocerán así que han perdido la confianza ¡al menos de los manifestantes!; ello les da la oportunidad de reflexionar sobre si se han equivocado o no.
¿Es admisible que en pleno S XXI haya gente rasgándose los uniformes sean o no togas?
Es hora de que quede claro que lo único digno de absoluto respeto es el ser humano.
Todo lo que él cree o en lo que crea, ¡sin excepción!, no rebasa el nivel de una mera opción entre otras muchas. Todas merece mucho menos respeto lo que no quiere decir que no merezcan ninguno, que es el caso de alguna de esas creaciones y de esas creencias ¡se hayan ilegalizado o no! Entre esas creaciones están los Tribunales de Justicia, un parte del poder ejecutivo, cuyos miembros son meros empleados del ciudadano ¡tengan o no uniforme!
No es infrecuente, por desgracia, que a la gente menguada el uniforme le haga sentirse superior al ciudadano ¡a cuyo servicio está!, algo que deber resolverse por la vía de la educación.
Es impensable que los magistrados de ningún TSJ ignore que el uniforme sólo busca hacer más visible su carácter de empleado del ciudadano en el que “reside la soberanía de la que emanan todos los poderes del, Estado” (art. 1.2 CE78. Por eso ellos, sus empleados, deben proteger su derecho a manifestarse - absteniéndose de censurarlo - opinando lo que le dé la gana sobre todo lo que le parezca oportuno. Quizá procedería una nota rectificando lo dicho.

0 comentarios:

Publicar un comentario